La Cámara Alta de la Nación sancionó ley para permitir el trabajo de mujeres en las minas. El proyecto establece un cupo mínimo de mujeres del 30% en un plazo de 8 años en empresas públicas y privadas del sector hidrocarburífero.
El proyecto sostiene que la incorporación de mujeres deberá ser gradual, a medida que se vayan produciendo vacantes, y progresiva de tal modo que se alcance un 10 % de mujeres durante los tres primeros años de vigencia de la ley, un 10 % más al cumplir el quinto año, y que se llegue al 30 % al cumplir el octavo año. Asimismo, se les exigirá a las empresas la presentación de un informe anual ante el Ministerio de Trabajo y ante las dos Cámaras del Congreso.
La Cámara alta aprobó un proyecto para derogar un artículo del Código de Minería, que también incluía el trabajo de menores. En el marco de la sesión de ayer, el Senado aprobó y giró a Diputados un proyecto que modifica el Código de Minería con el objetivo de permitir a las mujeres trabajar en ese rubro. Por medio de esta iniciativa, se derogó el artículo 239, que indicaba que “no debe emplearse en las minas niños menores de 10 años, ni ocuparse en los trabajos internos niños impúberes ni mujeres”.
La determinación también va en línea con la Ley de Contrato de Trabajo, que prohíbe ocupar a personas menores de 16 años “en cualquier tipo de actividad, persiga o no fines de lucro”.
El proyecto establece un cupo mínimo de mujeres del 30% -en un plazo de 8 años- en empresas públicas y privadas del sector hidrocarburífero. Al respecto, la representante salteña Sonia Escudero explicó que “es una medida de discriminación positiva que busca garantizar la igualdad de oportunidades, en particular en aquellos ámbitos en los que las mujeres han sido históricamente marginadas”.