Con la participación de 21 senadores, se llevó a cabo la 35° Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores de Salta. Durante la sesión, se dio sanción definitiva a varios proyectos de ley que ahora pasan al Poder Ejecutivo para su promulgación, luego de haber sido aprobados el día martes por los diputados. 

A continuación, los proyectos aprobados:

  1. Emergencia Sociosanitaria (Expte. N° 91-49.355/23): Se prorroga, por un plazo de ciento ochenta (180) días, la declaración de estado de emergencia sociosanitaria en los departamentos General San Martín, Orán y Rivadavia. Esta medida se enmarca en la Ley 8.185 y sucesivas prórrogas, considerando la situación en esos territorios.
  2. Prórroga del Presupuesto (Expte. N° 91-49.366/23): Se prorroga el Presupuesto General para el Ejercicio 2024, basado en la Ley Provincial 8.363. Esta extensión abarcará a la Administración Central, Organismos Descentralizados, Organismos Autárquicos, Sociedades y Empresas del Estado.
  3. Financiamiento del BID (Expte. N° 91-49.367/23): Se autoriza al Poder Ejecutivo a acceder a un financiamiento de hasta Dólares Estadounidenses Cincuenta Millones (US$ 50.000.000) con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Este financiamiento se destinará a la ejecución del Programa de Desarrollo Productivo y Exportador de la Provincia de Salta.
  4. Prórrogas de las Emergencias Económicas (Expte. N° 91-49.368/23): Se prorroga, por un año, la vigencia de las Leyes 7.125 y 6.583, junto con sus respectivas prórrogas. Asimismo, se introducen modificaciones a ciertos artículos de dichas leyes, estableciendo limitaciones en contrataciones, designaciones y políticas salariales durante el período de prórroga.

    El Poder Ejecutivo destaca en su mensaje la consideración oportuna de prorrogar la norma que decretó la Emergencia Económica y Administrativa. Esta última está vinculada a la Ley N° 7.125, que es, en esencia, una adhesión de la provincia de Salta a la Ley Nacional 25.344. Esta normativa establece condiciones de emergencia económica similares para la Nación. A través de estos marcos legales, se han implementado medidas excepcionales con el propósito de proteger los intereses que afectan al bien común.

    Las modificaciones introducidas en los artículos 16 y 19 de la Ley 6.583 son sustanciales y tienen implicaciones significativas en el ámbito de la administración pública. Durante el período de prórroga, se establece una prohibición de efectuar contrataciones o designaciones que aumenten el número de personal previsto en la planta ocupada al 31 de diciembre de 2023. Cualquier acto que vaya en contra de esta disposición será nulo y carecerá de efecto.

    Las vacantes solo podrán cubrirse por razones de estricta necesidad y deberán realizarse mediante acto administrativo expreso, individual para cada caso, fundamentado en una determinación objetiva de su necesidad. Este enfoque busca controlar y racionalizar el crecimiento del empleo público, limitando las contrataciones a situaciones críticas y esenciales.

    Adicionalmente, las políticas salariales relacionadas con el personal de la administración pública, ya sea en entidades centralizadas o descentralizadas, empresas del Estado, sociedades del Estado y otras formas societarias con participación estatal, deberán excluir expresamente la aplicación de fórmulas basadas en coeficientes, porcentajes o índices de precios de referencia. Esto se hace con el propósito de garantizar que las remuneraciones se determinen en función de criterios específicos y no en comparación con otras categorías o sectores.

    Se establece un límite en la remuneración total para diversos grupos de empleados, incluyendo personal fuera de escalafón, autoridades superiores, funcionarios, personal de apoyo, temporarios, agentes de planta permanente y transitoria, personal del Poder Ejecutivo y directivos de entidades de la administración centralizada, descentralizada y autárquica, así como en sociedades del Estado, entes reguladores y otras formas societarias con participación estatal.

  5. Acuerdo Interprovincial (Expte. N° 90-32.495/23): Se aprobó el Acuerdo Interprovincial para la Gestión Integral de la Cuenca Hídrica de Salinas Grandes, suscrito entre los Gobiernos de las provincias de Salta y Jujuy. El proyecto pasa a la Cámara de Diputados para su revisión.

La sesión concluyó con diversas manifestaciones.