El blanqueo de capitales incluye una amplia moratoria impositiva. Se permitirá regularizar las deudas de los principales impuestos nacionales, con un descuento del 15% si se hace al contado o en 60 cuotas.

El proyecto de blanqueo y pago a los jubilados enviado anoche al Congreso incluye también una amplia moratoria de los principales impuestos nacionales, que tiene un descuento del 15% sobre el capital si la deuda se paga al contado o de 60 cuotas con un tope de intereses anuales del 18% anual.

Así surge del texto de la iniciativa de 94 artículos de «Sinceramiento fiscal» que ingresó anoche a la cámara de Diputados y que permitirá blanquear a todas las personas no condenadas por delitos de evasión, incluidos algunos prominentes empresarios ligados al kirchnerismo, al macrismo (mencionados en los Panamá Papers) y las 4000 cuentas investigadas por la causa de fondos no declarados en Suiza.

La «regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras», o moratoria, permite pagar en términos favorables todos los impuestos no ingresados, desde la sanción de la ley al 31 de marzo del 2017. También, las obligaciones que estén en discusión administrativa o judicial, si el demandado renuncia a cualquier acción y paga las costas; también, las deudas prescriptas pero denunciadas judicialmente por la AFIP .

De hecho, el artículo 52 dice que el ingreso a la moratoria suspende las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción del curso de prescripción penal, mientras que la cancelación de la deuda «producirá la extinción de la acción penal», si no hay sentencia firme previamente.

Los que adhieran a esta iniciativa gozarán de la exención de las multas y sanciones previstas en la leyes 11.683, 17.250, 22.161 y 22.415 que no estuvieran firmes al momento del acogimiento; del 100% de los intereses resarcitorios y punitorios para los autónomos y, para el resto de los contribuyentes, de una cifra que disminuye a medida que se retrocede en el período fiscal considerado.

Las personas que ingresen a la moratoria podrán cancelar su deuda con un descuento del 15% sobre capital e intereses si lo hacen al contado, o en un plan con un pago a cuenta del 5% de la deuda y un saldo de 60 cuotas con un interés de financiación del 1,5% mensual. Estas cuotas se podrán cancelar en forma anticipada. También se permite regularizar las obligaciones fiscales vencidas al 31 de mayo del 2016 que hayan sido incluidas en anteriores planes de pago, con las nuevas condiciones vigentes a partir de esta ley.

No se pueden computar los impuestos ingresados por facturas apócrifas.

Por otro lado, el «régimen de sinceramiento» ratifica que el impuesto a los bienes personales pasará a ser pagado a partir de los $ 800.000 este año, $ 950.000 el próximo y $ 1.050.000 en 2018, mientras que se eliminará en 2019. En ese mismo año, también se derogará el impuesto a la ganancia mínima presunta.

Además, en el caso de bienes personales, se fija una alícuota decreciente del 0,75% para el actual ejercicio fiscal, del 0,50% para el próximo y del 0,25% para el 2018. Además, se pasará a pagar sobre el excedente de los mencionados pisos y no sobre el total de los bienes.

También se ratificó el «régimen para cumplidores», por el cual se los exime, si cumplieron con sus obligaciones en los dos períodos previos al 2016 -en forma completa, por lo cual no pueden haber adherido al anterior blanqueo ni a planes de pago previos- , del pago de bienes personales para 2016, 2017 y 2018. Los anticipos que se ingresen antes de la sanción de esta norma legislativa podrán ser computados luego como pago a cuenta de ganancias o del monotributo.

No se incluyó finalmente el premio para la reducción de los anticipos de Ganancias, como se había anunciado la semana pasada, para los cumplidores.

El abogado tributarista Diego Fraga señaló que «es inédito que en nuestro país se brinde un beneficio a los contribuyentes cumplidores; no obstante, tienen sabor a poco frente a los grandes beneficios que se pretenden dar a los que blanquean. Parecía más acertado incorporar otros beneficios que se barajaron, como la reducción en el pago de anticipos a las ganancias y la financiación en el pago de dicho impuesto para el próximo período».

También se ratifican las alícuotas que trascendieron para el blanqueo de capitales: del 0% hasta los $ 305.000; del 5% para la compra de inmuebles y capitales hasta $ 800.000; y del 10% para los montos mayores (suma que sube al 15% el 1ro de enero). En lugar de efectivo, esta última alícuota se puede pagar por medio de los títulos Bonar 17 o Global 17, pero en ese caso la tasa pasará a ser del 12 por ciento.

Podrán blanquearse existencias en pesos, divisas y bienes y no existirá la obligación de ingresarlos al país.

Los fondos derivados del blanqueo -que el Gobierno calculó en forma premeditada en US$ 20.000 millones, pero que en realidad, podrían llegar a US$ 40.000 millones según estimaciones de la city- serán derivados a la Anses para el pago de los juicios a los jubilados.

Se puede blanquear hasta US$ 500.000 en efectivo -que quedará inmovilizado por seis meses- o mediante la suscripción de dos bonos, en cuyo caso no se pagará ninguna alícuota. Los títulos en este caso serán intransferibles y con dos plazos: a 3 años sin pago de intereses; o a 6 años, sin pagar intereses los primeros 2 años y luego con una retribución del 5% anual.

Se excluye del proyecto a los funcionarios políticos hasta el rango de directores nacionales, embajadores, personal de las fuerzas armadas o de las fuerzas de seguridad y de inteligencia, rectores o decanos de universidades nacionales, funcionarios encargados de otorgar habilitaciones administrativas, aquellos que integren organismos de control de los servicios públicos privatizados, comisiones de adjudicación de licitaciones, o participen en decisiones de licitaciones o compra del Gobierno. Fraga consideró que se deberían haber agregado a estas exclusiones a los jueces y funcionarios de los gobiernos nacionales y municipales de todo el país.

También se excluyó a los declarados en quiebra, los condenados por evasión (pero solo si cumplieron su sentencia), los procesados por delitos contra el orden económico y financiero, estafa y otras defraudaciones, usura, contra la fe pública, falsificación de marcas, encubrimiento al adquirir u ocultar dinero, homicidio por precio o promesa remuneratoria, explotación sexual y secuestro extorsivo.

No se permite la regularización de dinero o títulos en países de alto riesgo o no Cooperantes para el GAFI.

Se ratifica el secreto fiscal de quienes acceden al blanqueo, con la correspondiente sanción económica para quienes lo violen, luego de las filtraciones registradas en el blanqueo 2013-2015.

Se crea una comisión para la reforma tributaría con la participación de 15 diputados y 15 senadores, que deberá realizar en un año un informe.

El proyecto comenzará a ser debatido mañana en un plenario de comisiones de la cámara Baja, con la presencia de varios funcionarios del equipo económico.

Fuente: La Nación