Desde las 8 de la mañana rigen las restricciones tanto para electores como para candidatos.
Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral desde las 8 de la mañana de hoy (48 horas antes del acto electoral) está prohibido:
- Admitir reuniones de electores o depósito de armas a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 m alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial.
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 m de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 m del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.
La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de 80 m de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
Según el Artículo 130 del Capítulo II de delitos electorales del CEN, todo propietario de inmueble situado dentro del radio de 80 m del lugar de celebración del comicio, así como los locatarios u ocupantes, sean éstos habituales o circunstanciales, serán pasibles si el día del acto comicial y conociendo el hecho no dieren aviso inmediato a las autoridades:
- De prisión de 15 días a seis meses si admitieren reunión de electores
- De prisión de tres meses a dos años si tuvieran armas en depósito