Entrevista a la defensora de género, Liza Medrano, querellante en el juicio a Teruel. Por Andrea Sztychmasjter.

Luego de la sentencia a doce años de prisión efectiva para Lautaro Teruel por dos causas de abusos y de la absolución “por el beneficio de la duda” a sus dos amigos Gonzalo Farfán y Silvio Rodríguez, Cuarto poder dialogó con la defensora de Violencia Familiar y de Género, Liza Medrano, querellante de una de las víctimas y quien se constituyó como una pieza fundamental en el pedido de justicia.

Durante su alegato la defensora querellante por la niña de la primera causa, solicitó una pena de 15 años de prisión para Teruel y que se le revoque la prisión domiciliaria.  Aunque no formó parte de la querella de la segunda causa consideró en esta entrevista que las condenas hacia los otros dos imputados se hubiese convertido en un potente mensaje a la sociedad, sobre todo porque ella vivenció la tristeza en el relato de la víctima que denunció a los tres jóvenes, y ello hubiera aportado a que muchas mujeres más se animen a denunciar y se ayude a terminar con algunos estereotipos vigentes contra las mujeres.

«Me hubiese gustado la condena de todos los imputados a fines de ir contra estos estereotipos de cómo debe comportarse una mujer abusada, que no se le va a creer a una mujer que denuncia, o que la víctima no es elemento suficiente para creerle; que todos estos estereotipos hayan quedado sacados de una sentencia. Ahora al haberse absuelto a dos imputados y sobre todo teniendo en cuenta las construcciones defensivas de los dos defensores no sabría en que se fundamenta esa absolución», sostuvo Medrano.

Fue así que insistió en la importancia del testimonio de la víctima y las secuelas que persisten en la salud psíquica y física. En su alegato la abogada se refirió al antecedente de la sentencia conocida como Campo Algodonero para destacar que la impunidad y la falta de sanción envían un mensaje a la sociedad que la violencia hacia las mujeres es tolerada y generan una desconfianza de las víctimas en el sistema de justicia.

La sentencia citada es la primera en la que una Corte adopta la perspectiva de género y el fallo representa un hito en el acceso de las mujeres a la justicia en el ámbito latinoamericano además de un referente simbólico en la defensa de los derechos de las mujeres de México.

La letrada en su alegato contra Teruel fue contundente al citar la normativa jurídica en prevención de la violencia de género y apuntó a que no debe ser tomada como una “mera construcción teórica”. Se refirió a dos estereotipos comunes en casos de denuncias por abusos sexuales: el estereotipo de la mujer mendaz que busca que la responsabilidad recaiga sobre la propia denunciante porque incluso es quien debe buscar una prueba para ser creíble y el estereotipo de la mujer instrumental que es aquel que indica que sí una mujer se anima a realizar una denuncia es porque busca obtener algún otro fin como por ejemplo un resarcimiento económico.

Sobre el veredicto emitido por lxs jueces Carolina Sanguedolce, María Gabriela González y  Pablo Farah de la Sala III del Tribunal de Juicio la doctora Medrano consideró: «Hay que ver qué ha merituado el tribunal y ha llevado a que no aplique una condena más grave y en base a eso, en su momento interponer recurso de casación, quizás tuvo en cuenta el arrepentimiento porque hay una declaración que dio Teruel antes de la sentencia, pidió disculpas tanto a mi asistida, a la abuela, como a la otra víctima», señaló.

Medrano hizo hincapié en el valor de ambas mujeres que denunciaron a Teruel y exteriorizó que las dos atravesaron este proceso judicial para evitar que otras jóvenes padezcan lo que ellas sufrieron. Señaló que ambas se acompañaron procesalmente sin conocerse al radicar las denuncias «después se sumó una tercera víctima que también denunció hechos (de abuso sexual) y que dijo de manera clara ‘voy a denunciar para apoyar a las otras dos chicas’».

“Poder denunciar y tener a un agresor preso evita que otras mujeres sigan sufriendo lo que a ellas les hicieron. Máxime cuando nos encontramos con un imputado como Lautaro Teruel cuyo informe psicológico brindó como resultado que veía a una menor de edad como par sexual», señaló la letrada.

Sobre la revictimización que aun hoy sufren aquellas mujeres que se animan a denunciar Medrano consideró que su asistida: «Tuvo que ir frente a su agresor y grabarlo por más de una hora con todo el temor que puede significar para una víctima. Buscó una prueba, la logró obtener, aun así hasta el último momento tuvo que ser revictimizada en los alegatos del defensor técnico del imputado que no paraba de decir que eran incoherencias, que se contradecía, que eran falsas sus declaraciones”.

Teoría del dominio del hecho y coautorías

En su alegato el fiscal penal 1 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Sergio Federico Obeid, señaló que las pruebas evidenciaron que los imputados mintieron y quedó demostrado que hubo un acuerdo espontáneo y concomitante para acceder a la víctima: “Un cohecho que fue consensuado”, señaló “El consentimiento no se presume”, describió respecto a audios de Teruel donde asegura que la joven había aceptado el consentimiento aunque nunca le consultaron a la víctima.

Según los dichos de Teruel, se encontraban realizando “un trío re picante”, él, su amigo Rodríguez y la víctima. “Lo que intentaron de hacer es justificar y minimizar porque es su modus operandi cuando son descubiertos en hechos de este tipo”, señaló el fiscal.

“Si este hecho fue consentido por qué terminó de manera tan presurosa”, se preguntó el fiscal en referencia a que inmediatamente Farfán y Teruel decidieron esa noche llamar un remis para que se fuera de la casa.

Pese a diferentes pruebas presentadas sobre los sucesos de esa noche el Tribunal de juicio decidió absolver a los otros dos imputados aunque condenar a Teruel.

Medrano ponderó que las defensas de los tres acusados se basaron en estereotipos de género para realizar sus alegatos: «Creer que hay una conducta definida para una víctima de abuso y que no entra en esa conducta volver con su abusador es un estereotipo, es ya un prejuicio y es no entender lo que es una víctima de abusos sexual», manifestó en referencia a los ciclos de violencia que se repiten en las mujeres que han sufrido hechos de violencias.

Defensorías

En el año 2016, mediante una medida pionera y novedosa a nivel país, Salta puso en funcionamiento las Defensorías Oficiales en Violencia Familiar y de Género; englobadas en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la provincia, tienen como objetivo garantizar mediante el asesoramiento y la intervención gratuita el acceso a la justicia a mujeres víctimas de violencia de género. En Capital hay dos y una en Orán, Metán y Tartagal.

Las defensorías de violencia familiar y de género, asisten a requerimiento y se puede solicitarla de lunes a viernes, de 8 a 13 en horario de atención al público. También disponen de la línea 3874084561 que funciona de lunes a lunes de 8 a 20 horas para asesorías urgentes.

La mayoría de las personas llegan a la Defensoría derivadas desde otras oficinas también especializadas en el abordaje y atención de las violencias tales como el Polo Integral de las Mujeres, la Oficina de Violencia Familia y de Género ubicada en el Poder Judicial o de las mismas comisarias cuando se acercan a radicar denuncias.

La defensoría tiene actuación multifueros, es decir, que puede constituirse como querellante tanto en causas del fuero penal como el civil.