Todo parece indicar que la Corte de Justicia de Salta no permitirá la excepción otorgada a un edificio que viola las normas antisísmicas y donde se pensaba erigir una clínica. Una batalla legal que incumbe a la seguridad de todos los salteños. (DOM)
Hay dos escenas de la película norteamericana “Terremoto” (1974) que los salteños no debemos olvidar. Una, es el momento en que el arquitecto (Charlton Heston) le dice al policía: me avergüenzo de mi profesión, jamás debimos haber construido edificios tan altos.
La segunda, es la última de la película: casi todos los edificios se han desplomado, y se ve a dos sobrevivientes que acaban de escapar de un hospital improvisado (que se ha venido abajo) y uno, mirando los vestigios, rodeados de gente enferma o muerta, le dice al otro: – Esta era una gran ciudad, ¿no?. El otro responde con un seco sí.
Salta es, todavía, una gran ciudad. Pese a todo, aún lo es. Pero los riesgos de que esa esas escenas se repitan están latentes debido a, por ejemplo, las excepciones edilicias otorgadas por el Concejo Deliberante a la obra ubicada en calle Adolfo Güemes N° 82. El edificio que allí se está erigiendo será una clínica, lo cual agrava aún más el problema, pues una de las tantas normas que incumple es la sismorresistente. Así lo han denunciado los vecinos de esta obra, que justamente son arquitectos, Felipe Flores y María José Flores.
Estos profesionales resaltaron en notas enviadas a distintos organismos públicos, como el Copaipa y la municipalidad de Salta, la importancia de cumplir dichas normas. Porque establecen los requerimientos y previsiones mínimas para construcciones que puedan estar sometidas a excitaciones sísmicas. “Expresamente, los objetivos de estas normas son entre otros: evitar pérdidas de vidas humanas y accidentes que pudieran originarse por la ocurrencia de cualquier evento sísmico; evitar que se originen colapsos y daños que puedan poner en peligro a las personas o que inutilicen totalmente las estructuras durante sismos muy severos”, recalca una de las denuncias presentadas.
Que la obra ubicada en Adolfo Güemes N° 82 vaya a ser una clínica es otro dato fundamental: en caso de catástrofe, los hospitales serán muy necesarios y deben permanecer en pie y ser seguros. Esto también está previsto por la ley: “con el objetivo de establecer los requerimientos de previsiones sismorresistentes, las construcciones se agrupan de acuerdo con sus funciones y con la trascendencia que puedan tener eventuales daños o colapsos de las mismas en caso de ocurrencia de sismos. De tal manera en el grupo «A» se encuentran: Construcciones o instalaciones que presentan alguna de las características siguientes: a) cumplen funciones esenciales en caso de ocurrencia de sismos destructivos; b) su falla produciría efectos catastróficos sobre vastos sectores de población”.
Estas construcciones y sus correspondientes instalaciones deben seguir operando luego de sismos destructivos, por lo que sus accesos deben ser especialmente diseñados. Aun así, junto a otras construcciones de la ciudad, la de Adolfo Güemes N° 82 recibió una excepción. La misma firma Emprendimiento Adolfo Güemes S.A la solicitó el 18 de noviembre de 2010. “Nuestra empresa, junto a otras instituciones médicas, se encuentra solicitando una excepción al código de edificación a través del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Salta, y que esperamos esté resuelto con la premura que el caso lo requiere”.
Y el Concejo, mediante las Ordenanzas 14033 y 14087, otorgó las excepciones solicitadas, obviando el cumplimiento de lo establecido por el Código de Edificación vigente en materia de normativa sismorresistente. La decisión ya fue apelada.
Lo que viene
Después de la apelación, ahora parece inminente un pronunciamiento de la Corte de Justicia de Salta respecto a esas excepciones edilicias.
Fue la misma arquitecta Flores, vecina de la obra, quien interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia de Salta, donde acreditó la existencia de peritajes judiciales que dan cuenta de las violaciones a los códigos de construcción. “Por todos los puntos desarrollados anteriormente, se expresa la posibilidad de que ante las acciones de movimientos sísmicos, las respuestas de los muros exteriores que se presentan ejecutados como de cerramiento y a la vez de revestimiento del edificio, no respondan a la estabilidad exigida de mantenerse en su posición y sufrir roturas y desprendimiento de partes que perjudiquen al sector en su conjunto (vecinos y edificio propiamente dicho)”, dijo uno de los peritos. Y añadió que “no cumple con los morteros cementicios de las juntas armadas y no cumple con la Norma Sismorresistentes INPRES CIRSOC 103 en vigencia”.
La Corte de Justicia tiene el respaldo del Procurador General de la Provincia, quien dictaminó de manera favorable a la demanda interpuesta por Flores. El Procurador dijo que corresponde hacer lugar a la demanda deducida porque “las normas aquí cuestionadas que establecen tratamientos de casos en forma particular, con indicadores urbanísticos diferenciados, implica el reconocimiento de una libre facultad de dejar de aplicar, según el caso, la normativa vigente, lo que es irrazonable por la imprevisibilidad que genera, además de la inseguridad jurídica que apareja, resultando objetivamente aptas para vulnerar el principio de igualdad ante la ley, lo cual no halla justificativo en las consideraciones por las cuales ha sido emitida (…) Finalmente, los actos cuestionados confrontan con los principios generales contenidos en la Carta Municipal de Salta, que en el art. 79 prescribe que la Administración Municipal, sus funcionarios y agentes, actuarán de acuerdo con los principios de imparcialidad y sujeción al orden jurídico”. Actualmente, los Jueces de la Corte de Justicia de Salta se encuentran emitiendo sus votos de sentencia en la causa. Razón por la cual, resulta inminente un pronunciamiento judicial respecto de la validez que tienen las excepciones al Código de Edificación otorgadas por la Municipalidad de Salta a las empresas privadas a fin de construir obviando los parámetros establecidos en seguridad de la comunidad en una zona de manifiesta actividad sísmica.
Si la justicia falla bien, quizá nadie tenga la necesidad de decir, algún día, “esta era una gran ciudad”. Porque la ciudad resistirá los embates de la catástrofe y podrá seguir siendo.

Excepciones
El fallo de la justicia puede repercutir en otras construcciones que se han ejecutado en base a excepciones (y las excepciones son tantas que uno se pregunta para qué hay normas). Para Red Sol Salta hay más de 400 edificios construidos de manera irregular en la ciudad. 97 están bajo la investigación del Juzgado Penal Formal de 5ª Nominación.
Una cuadra en la que la edificación de estos edificios ha causado estragos es en Dean Funes al 500, donde en 2008 se presentaron amparos porque se autorizó la construcción de 17 edificios en menos de 150 metros a la redonda: en una manzana, donde antes vivían 200 personas, ahora hay 1900. Esto generará problemas crónicos de cloacas, suministro de agua, caos vehicular y anegamiento por las lluvias ante la falta de un insuficiente sistema de desagüe.
De los 97 edificios investigados en el Juzgado Penal Formal de 5ª Nominación, gracias a las acciones iniciadas por el Procurador de la Provincia, los peritos designados ya han constatado irregularidades graves en 50 edificios.
Algunas de las anormalidades detectadas más comunes: pararrayos que no han sido equipados con descarga a tierra, no se ha observado equipo contra incendio ni se ha previsto en los planos presentados; tomacorrientes que no cumplen con la norma vigente; bañeras de hidromasaje que tienen conexión a tierra no cumplen… y un largo etcétera. Además, estos edificios auditados carecen de factibilidad de agua y cloacas, de estudio de impacto ambiental y social y casi ninguno cumple con las disposiciones vigentes. Lo más grave es que construidos en esta ciudad, que está ubicada en grado tres de riesgo sismológico, todos carecen de verificación de normas sísmicas en obra y se hicieron mediante excepciones.
“En la actualidad se continúa con la política de irregularidades y construyendo edificios sin asegurar la provisión de los servicios esenciales. La Dirección de Obras Particulares niega con distintos argumentos a los vecinos afectados, informes sobre las obras que se construyen y que los afectan”, expresaron mediante parte de Prensa, autoridades de Red Sol.