La magistrada Ada Zunino del Juzgado de Garantía de Tercera Nominación interinamente a su cargo, decidió concederle libertad al reconocido pero violento abogado Matías Sanz Navamuel, asesor del senado y con aceitados vínculos judiciales y políticos.

No es la primera vez que la jueza Ada Zunino vulnera derechos de las mujeres en una provincia que constantemente se maltrata institucionalmente al género femenino. Matías Sanz Navamuel accedió al arresto domiciliario durante la tarde del jueves por orden del Juzgado de Garantías de Tercera Nominación, a cargo de Antonio Pastrana pero donde Zunino está interinamente.

El juez Pastrana ya había sido denunciado públicamente por la víctima y su abogado por no emitir medidas tendientes a resguardar su vida. De hecho Navamuel destacaba ser amigo del juez y por eso estar blindado para seguir violentándola.

Ahora concedió a Matías Sanz Navamuel el arresto domiciliario. La mujer había denunciado que en una de las reiteradas amenazas el abogado y asesor del senado le mandó una bolsa de pollo trozado con la leyenda “Así vas a quedar”.

“Tenemos casi 40 denuncias realizadas», especificó el abogado de la víctima, Vidal Villalba Samaniego. La primera demanda fue por haberla violentado físicamente el 18 de mayo de 2020, momento en que la denunciante aseguró que la quiso matar. Según relató, su ex esposo la siguió amenazando y hostigando y pese a las reiteradas desobediencias judiciales y amenazas de muerte, y a los pedidos de detención del fiscal interviniente, el juez Antonio Pastrana rechazó detenerlo en un primer momento.

Luego de idas y vueltas y revictimizaciones de la propia justicia contra la mujer, se ordenó su detención por el peligro que representa para la víctima atormentada insistentemente y violentada física y mentalmente. Sin embargo el violento estuvo un mes detenido y ayer fue liberado por expreso pedido de una jueza con antecedentes oscuros en lo que respecta a respeto de derechos de género.

Entre las medidas dispuestas, le habrían puesto una custodia ambulatoria y el abogado denunciado por violencia de género seguiría atendiendo clientes en su estudio jurídico. Cabe destacar que Navamuel está imputado por la comisión de delitos de Desobediencia judicial; Turbación de la posesión y desobediencia judicial en concurso ideal; Coacción agravada y desobediencia judicial en concurso ideal y Amenazas agravadas y desobediencia judicial en concurso ideal (14 hechos). Todos los delitos le fueron imputados en concurso real.

“Prisión domiciliaria significa que estas con custodia y no salís de tu domicilio. Sin embargo esto de ambulatorio significa que él está en su domicilio y cuando quiere baja, se va al shopping, a una confitería o al súper y hace lo que quiere y encima solo de día. El anda con su niñero, digo niñero porque es su custodia ambulatoria que curiosamente es íntimo amigo de él y está denunciado por mí”, cuestionó con mucho miedo la víctima en un pedido expreso a este medio por su integridad física y psíquica.

“La justicia se me ríe en la cara”, denunció la mujer y agregó que se vulneraron todos los procedimientos legales ya que por ley le tendrían que haber avisado con anterioridad la libertad del violento y le avisaron mucho tiempo después de su salida: “Estábamos en plena indagatoria durante toda la semana, hoy era la última y el curiosamente sale por cuestiones de salud y yo me entero que si está enfermo tiene que ir a descansar o a un hospital sin embargo el comenzó a trabajar y recibir gente. La fiscal me prometió avisarme antes que el salga. ¿Dónde está mi protección? Encima me dicen que me cuide, que refuerce mi seguridad”.

Matías Sanz Navamuel

Qué hace la justicia por la violencia de género

Cuando fue detenido la fiscal Lujan Sodero subrayó en su imputación que los hechos denunciados se enmarcan en los parámetros de las Leyes Nº 7403, Nº 7888 y esencialmente en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem Do Pará), en el que se reconocen los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de sus derechos humanos, a la par que se dispone como obligación ineludible de los Estados de reprimir la violencia de género y garantizar la garantizar la protección de las víctimas, con lo cual deviene manifiesta la pertinencia, necesidad y urgencia de la detención del acusado.

Y dijo que se advierte con claridad meridiana, del relato de la víctima y de las constancias que obran, la proclividad delictiva que caracteriza al denunciado y particularmente su abierto desacato e inobservancia del mandato legal y de las consecuentes disposiciones judiciales. Consideró que es evidente una actitud permanentemente acosadora, hostil, agresiva e intimidante de su parte, que muestra un abierto desinterés en acatar la manda judicial. En ese contexto, se tornó imperativo el pedido de detención, que aparece como único medio posible para asegurar el cumplimiento de las normas desatendidas y así lograr la protección de la víctima.

Con su liberación, ¿qué protección tienen las dos mujeres que lo denunciaron por intento de femicidio? ¿a dónde deben recurrir para que el Estado se ocupe de resguardar sus vidas?