Por María Silvia de la Zerda

Miembro del Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta

Nuestro País adquirió hegemonía en el concierto latinoamericano, durante varias décadas, gracias a la estabilidad alcanzada en el ámbito político por la gloriosa Constitución de 1853 completada en 1860, en que se selló definitivamente la unión nacional, y bajo su vigencia se expandió el desarrollo económico y social, ya que la previsibilidad de sus normas adquirieron proyección en el tiempo  y en el espacio, lo que llevó a que Argentina sorteara sin dificultad  los escollos al crecimiento de la Nación, que venía produciendo la  crisis del año 30.

Ello se vio empañado por la ruptura de la continuidad constitucional, lo que trajo aparejado la inestabilidad de sus instituciones, de perniciosas consecuencias para la economía del País, ya que a partir de allí se fue acentuando el estancamiento.

El presente ha encontrado a los argentinos sumergidos en un esfuerzo compartido, movidos por la necesidad de superar una crisis económica.

En este marco,  ha sido anunciada una enmienda a la Ley Fundamental provincial.

Es sabido que el éxito de una reforma constitucional depende del momento en que se la efectúe.

El contexto histórico actual de nuestra Provincia, que  requiere de sus habitantes enormes esfuerzos para mantener la estabilidad de su economía, con un elevado costo social de alto impacto en el bolsillo de muchos hogares salteños, sólo una imperiosa y urgente necesidad  justificaría  su modificación,  ya que no sería tolerable el cambio por el cambio mismo.

Cuando se trata el tema de la reforma, surgen tres ejes de discusión tradicionales: Necesidad, conveniencia y  oportunidad (ahora o más adelante)

Hoy esos ejes se desdibujan cuando la comunidad se pregunta acerca de la credibilidad y confiabilidad en función de las cuestiones a reformarse, lo que acrecienta las justificadas dudas de la legitimidad de la convocatoria.

Los ciudadanos  se  formulan este interrogante; ¿es creíble, es confiable la reforma?

Porque la duda de la sociedad está en si se trata de una reforma constitucional propiamente dicha, o de un reacomodamiento particularizado revestido del ropaje de una reforma constitucional.

En la etapa gestatoria previa se estableció un “consenso pre constituyente” entre el titular del ejecutivo, con algunos referentes de la clase política, que debió haber sido no un pseudo acuerdo sobre un Proyecto de reforma constitucional – con un temario  ya establecido que sería incluido en la posterior ley de convocatoria-  sino procurarse un gran entendimiento constitucional con la comunidad en su conjunto, a través de un amplio debate en los ámbitos correspondientes, que abarque todos los institutos que necesitan ser modificados, reforzando los sistemas de control a fin de que funcionen como órganos auténticamente independientes y genuinamente fuertes. Asimismo debió diseñarse un proyecto ciudadano que recoja las aspiraciones de los salteños en miras a lograr una Provincia más inclusiva y que se proyecte no solo a nivel nacional, sino internacionalmente, en busca de mercados emergentes y de inversores  para generar empleo genuino.

Pero todo ello estuvo ausente, proponiéndose como tema dominante la reducción del mandado de los gobernadores, intendentes y otros cargos, con la salvedad de los Jueces de la Corte de Justicia a quienes se les acordaría el beneficio de convertir en vitalicios sus cargos.

Resulta difícil defender el interés general cuando se están asumiendo roles protagónicos altamente personalizados.

El consenso debe acordarse sobre la base de objetivos claros, explícitos, asequibles al entendimiento común de los ciudadanos, que trascienda los meros rótulos y refleje la voluntad popular.

El camino del consenso sólo puede abrirse  a través de la efectiva vigencia del Estado de Derecho porque fuera de él solo cabe esperar la implantación de una dictadura o el reinado de una anarquía

En un sistema republicano, la publicidad de los actos de gobierno – en el caso analizado-  tiene estrecha vinculación con la explícita manifestación de las razones y la real motivación que inspirara las enmiendas al texto constitucional. Lo que evoca aquél pretérito reclamo de Mayo: el pueblo quiere saber de qué se trata”. 

En la mesa técnica armada en el despacho del Gran Bourg para consensuar la reforma se dejó establecido que se pretendía “mejorar la transparencia del Estado, el control de los gastos y la solidez de las instituciones en beneficio de la gente”, pero al no darse participación ciudadana sería tanto como decir: Todo por el pueblo y para el pueblo pero sin el pueblo. Siendo oportuno recordar que la Constitución es de todos, por ende la necesidad de su reforma no debe ser patrimonio exclusivo y excluyente de una parte de la dirigencia política.

Debemos tener presente que las Constituciones nobles se elaboran, se analizan, se  debaten. Una reforma “exprés” inexorablemente erosionaría la tarea hermenéutica  ulterior, por cuando no podría saberse a ciencia cierta cuál fue la verdadera cosmovisión del constituyente en el texto concreto promulgado.

Sería una Constitución en la que no se podría indagar su filosofía, por cuanto ello ha estado en la mente de los que la gestaron, se tendría así una  Constitución gestionada y no madurada ni meditada, producto de un paquete diseñado por un sector ajeno al ámbito propio de su elaboración. En estas condiciones, el cuadro parlamentario ya no sería el fiel  reflejo de la voluntad popular.

La Convención Constituyente tendría entonces dos opciones, o convertirse en  “asamblea meramente refrendataria”, o recobrar la plenitud de su autonomía. Si escoge el primer camino, daría paso a la raigambre del más puro decisionismo, en el que prevalecería el interés de los actores por sobre la voluntad soberana del pueblo, la elección de uno u otro camino será  fundamental para que no sea considerada un órgano superfluo.

La sociedad no deja de percibir esto,  y lo considera un juego donde los ciudadanos no van a tener parte, por cuanto los jugadores van a ser los propios miembros de la clase política, llevando así a un predominio de la facción por sobre los intereses del  pueblo, transgrediendo la famosa frase Primero la Patria, después el movimiento  y luego los hombres

La reforma de la Constitución debe alcanzar la madurez necesaria que se logrará con el paso del tiempo que determinará el momento preciso, que sea producto de la decisión de una sociedad democrática con fortaleza pluralista, solo así podrá ofrecer una genuina convicción sobre la necesidad y oportunidad de ello, irradiando entonces credibilidad y confiabilidad en el seno de la comunidad, que espera de sus gobernantes una cuota de grandeza y rectitud en este cometido.

Hasta que ello ocurra, una forma de mantener vigente nuestra Constitución, es robustecer en el pueblo la firme convicción de que sólo su cumplimiento le dará la estabilidad política y el  mantenimiento efectivo del Estado de Derecho