El Defensor del Pueblo de la Nación alertó sobre los riesgos de las comunidades educativas rurales ante los agroquímicos. Exige evaluar la situación de las mismas en los departamentos sojeros. Sólo en Anta hay 29 escuelas rurales y otras tantas dispersas a la que asisten miles de estudiantes. (D.A.)
La Defensoría del Pueblo de la nación es la piedra en el zapato de Urtubey. No sólo emite resoluciones que denuncian las irregularidades y la inacción del estado provincial por los desmontes ilegales, sino que también ahora se expresó por los impactos que los agroquímicos utilizados en las plantaciones de soja generan entre las comunidades educativas de las escuelas rurales. Y aunque el documento de 12 fojas hace mención a casos de Chaco, Entre Ríos y Córdoba, resulta imposible no despertar el alerta en nuestra provincia por las características del llamado “eje productivo” salteño.
El llamado eje incluye a los departamentos de Anta, General Güemes, Gral. San Martín, Metán, Orán, Rivadavia y Rosario de la Frontera; allí se concentran millones de hectáreas desmontadas desde los 90 a esta parte; allí también según la Ley de Ordenamiento Territorial de la provincia aprobada en el 2008 se encuentran 1.294.778 hectáreas de bosques en categoría rojo (alto valor de conservación); 5.393.018 hectáreas en categoría amarillo (mediano valor de conservación); y 1.592.366 hectáreas en categoría verde (apta para el desmonte); allí también se concentran las hectáreas ilegalmente desmontadas que viene haciendo tanto ruido; y, por supuesto, son las regiones objeto del uso intensivo de agroquímicos.
Esos departamentos son también escenario de cientos de escuelas rurales a la que concurren miles de niños. Según los datos del Ministerio de Educación actualizados a febrero del año en curso, los establecimientos rurales “dispersos” o de “aglomerados” superan los 300 en esos departamentos. Para ilustrar la idea conviene precisar que según el Ministerio de Educación en el departamento de Anta hay 29 establecimientos rurales dispersos y 18 establecimientos rurales aglomerados. Lo “disperso” hace alusión a escuelas que reciben estudiantes cuyas comunidades de origen quedan más alejadas del establecimiento educativo y que por lo tanto pueden pernoctar en el lugar, mientras la denominación “escuela rural aglomerado” hace referencia a las que no están tan alejadas de los parajes donde viven los estudiantes pero que igualmente reúnen a miles de niños.
Esos niños fueron objeto de preocupación para la Defensoría del Pueblo de la Nación. Mediante una resolución, publicada el 7 de octubre pasado en la web del organismo, exhortó a funcionarios de la Nación y las provincias de las áreas de Agricultura, Educación, Ambiente, Salud y de distintas Universidades a vincularse con los actores productivos a fin de trabajar en tres aspectos: identificar medidas precautorias que minimicen los riesgos por exposición a agroquímicos de las escuelas rurales; impulsar medidas regulatorias a fin de que los productores de las zonas donde se ubican las escuelas implementen modos de producción alternativos; y mecanismos de monitoreo que permitan contar con información sobre la presencia de agroquímicos en el ambiente escolar, la implementación de las medidas precautorias y los resultados de los programas de reconversión productiva que se efectúen.
El último de sus pedidos: que el Jefe de Gabinete de la Nación haga cumplir el artículo 8º, inciso 6, de la Ley Nº 25.675, que incentiva la producción agroecológica. En ese marco, el organismo nacional recordó que distintas cátedras de la UBA y la Universidad Nacional de Rosario profundizaron investigaciones sobre el uso de agroquímicos y otras formas de producción para las áreas periurbanas que no requieren el uso de agrotóxicos.
Lo que no queremos
El exhorto tiene mucho que ver con el proyecto que la propia Defensoría junto con la Organización Mundial de la Salud, UNICEF y la Organización Internacional del Trabajo llevaron adelante hace unos años y culminó con el informe “Riesgo Ambiental de la Niñez en la Argentina”.
Allí se enfatizó que en las zonas donde se realizan este tipo de actividades productivas, los niños son doblemente vulnerables: por el riesgo que significa para todo ser humano estar expuesto a los agroquímicos en general y por la propia condición de niños en particular. Con respecto a esto último, el informe señalaba que el natural descuido de los niños a normas de seguridad, una biología en continuo cambio, mayor consumo de frutas y verduras, una superficie dérmica de absorción mayor a la de los adultos, hábitos frecuentes de llevarse las manos a la boca y órganos respiratorios más cerca del suelo donde suelen acumularse los residuos tóxicos, resultan una combinación peligrosa para la infancia que crece en este tipo de ambientes en donde los menores pasan largas horas durante diferentes periodos del ciclo lectivo y a lo largo de la propia escolaridad.
La Defensoría, además, precisó que aun cuando la toxicidad crónica y subcrónica de los compuestos agroquímicos no ha sido adecuadamente evaluada, las consecuencias son innegables a pesar de que los síntomas no surjan de inmediato: alteración del sistema nervioso, problemas respiratorios, en la sangre y en los huesos, retardo mental, carcinogenicidad, daño reproductivo y muerte. Tales efectos ya habían sido denunciados por la propia Defensoría a partir de informes elaborados por distintas universidades y ONGs del país.
Y aunque la resolución abunda en ejemplos ocurridos en otras provincias, casos salteños han tomado estado público. Uno de ellos se conoció a fines de septiembre pasado. Una madre pidió ayuda para su bebé que padece de intoxicación por plomo en la sangre. Es María de los Ángeles Córdoba, quien no dudó en atribuir la enfermedad a los agroquímicos a los que están expuestos en su casa de Río del Valle en Anta. La mujer manifestó a los medios que desde el 2012 lucha porque su vecino retire las máquinas fumigadoras que guarda a la par de su domicilio. Desesperada, la joven madre realizó presentaciones ante la Corte de Salta aunque sin resultado alguno. El 25 de septiembre recurrió a los diputados para conseguir la medicación a la que no pudo acceder.
Como ya informara Cuarto Poder en mayo de 2013, el censo 2010 colocaba a Salta a la cabeza del ranking de la población argentina con dificultades o limitaciones permanentes (físicas y/o mentales), con un índice del 16,2%. Según datos del Ministerio de Salud de la Nación, de los 1.202.754 salteños, 195.202 poseen limitaciones físicas o mentales: 129.990 con problemas visuales; 43.154, auditivos; 36.421 con deficiencias motoras en la extremidad superior; 67.533 en la inferior; y hay 40.416 salteños con complicaciones cognitivas. En ese marco, el Encuentro Nacional de Médicos de Pueblos Fumigados que se realiza desde 2010 había arrojado conclusiones alarmantes: en los pueblos cercanos a plantaciones de soja se habían disparado los índices de distintos problemas de salud: reducción de la edad media y talla de crecimiento por desnutrición y descenso de las defensas naturales; malformaciones congénitas; mutagénesis; pérdidas de embarazo; afecciones al sistema nervioso central y otras patologías neurológicas; espina bífida; lupus; leucemia y otros tipos de cáncer; afecciones cutáneas; asma y otras afecciones respiratorias y pulmonares; eran parte de la larga lista de problema de salud que también volvieron a repetirse en la resolución de la Defensoría objeto de estas líneas.
La particularidad de esa Resolución como venimos viendo, es que hizo foco en los estudiantes de las escuelas rurales. De allí que en el documento se exija “garantizar la salud de los niños mientras concurren al establecimiento escolar en virtud de los establecido por la Ley Nacional de Educación”. Allí, citando los artículo 89, 126 y 127 precisan entre otras cosas lo siguiente: “propender a la preservación de los recursos naturales y a su utilización sostenible y que mejoren la calidad de vida de la población”; que los alumnos tienen derecho a “desarrollar sus aprendizajes en edificios que respondan a normas de seguridad y salubridad”; o incluso a “asistir a clase regularmente y con puntualidad”. Derechos y obligaciones que según la Defensoría se ven violados cuando debido a las fumigaciones deben abandonar las escuelas o refugiarse en las aulas para escapar los efectos que producen ese tipo de actividades.
Conviene no olvidar, igualmente, que según la Convención sobre los Derechos del Niño, los Estados deben considerar que “La infancia es un periodo excepcional de desarrollo físico, psíquico, emocional y espiritual” que es violentado cuando al niño se lo expone a “la violencia, al trabajo infantil, o a productos peligrosos o riesgos medio ambientales” que puedan tener consecuencias permanentes, irreversibles e incluso transgeneracionales.