Los concejales que integran la comisión adelantaron que no podrán juzgar hechos anteriores al momento de la jura.
La concejal del escándalo expondrá su versión de los hechos ante los jefes de bloque que integran la comisión de Disciplina, Juicio Político y Responsabilidad Patrimonial. La edil que llegó a su banca de la mano de Darío Madile se ampara en el artículo 19 de la Carta Orgánica Municipal, que establece: «El Concejo Deliberante podrá corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones y hasta excluirlo de su seno por razones de incapacidad física o moral sobreviniente».
Uno de los bloques más insistentes en la destitución de Gramajo es Juntos por el Cambio +. El edil José Gauffín consideró que existe «inhabilidad moral» por parte de la concejal y fue quien presentó el pedido formal de investigación de los hechos.
Por su parte, el concejal de la UCR, Alberto Salim, adelantó que no podrán juzgar ni destituir a Gramajo, dado que el hecho es anterior a su asunción como edil: «No corresponde la destitución porque solo tenemos la potestad de juzgar hechos durante el ejercicio. Entrar a analizar la conducta de la concejala antes de que ella asuma no me corresponde», señaló.