El ex intendente de Rosario de Lerma, Sergio “Topo” Ramos, aseguró que “es lógico” que falte dinero a fin de año en el municipio. Lo dijo en relación a las declaraciones de su sucesor, Ignacio Jarsún, quien reconoció que no posee la cantidad necesaria de presupuesto.
Sergio Ramos, ex intendente de Rosario de Lerma, respondió las declaraciones de su sucesor, Ignacio Jarzún, quien había asegurado que no posee el dinero suficiente en el Municipio como para realizar una gestión correcta.
“Es lógico que no haya plata a fin de año. Fin de año es una cuestión particular, siempre pasó, viene el aguinaldo, vienen las ayudas extraordinarias, vienen los sueldos. Siempre se va complicando a fin de año, el tema es que cuando uno larga el 10 de diciembre se complica más”, dijo Ramos en FM Noticias.
“Rosario tiene una coparticipación baja, pero eso lo íbamos supliendo con recaudaciones y otras maneras”, explicó el “Topo”, según difundió Informate Salta. Agregó que en el municipio “hay una deuda de dos millones. No es una deuda grande, se puede manejar”.
Ramos también criticó a Mario Cuenca, presidente del Foro de Intendentes, como ya había hecho hace pocas semanas: “Hay sesenta intendentes y un cuerpo colegiado, hay una voluntad mayoritaria. Que una sola persona plantee las cosas es faltarle el respeto al resto de los intendentes. El Foro no es un tema individual, es un tema donde hay una diversidad de puntos de vista, entonces, cuando hay una mayoría toma fuerza y va avanzando”.
Procesado
La semana pasada, la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el sobreseimiento con que la Corte salteña había beneficiado a Ramos.
El fallo fue unánime y contó con la rúbrica de Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda. Como se recordará, en contra de ese sobreseimiento dictado por la Corte local, el Fiscal ante ese Tribunal, Dr. Alejandro Saravia, había interpuesto Recurso Extraordinario en contra de la sentencia que sobreseía a Ramos.
El fundamento del recurso interpuesto fue la arbitrariedad de dicha sentencia al no haber aplicado el artículo 67 del Código Penal, en cuyo inciso 2° dice que la prescripción de las acciones penales se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública mientras cualquiera de los imputados se encuentra desempeñando un cargo público. Ramos, como se sabe, fue sucesivamente reelecto, hasta este año, de modo que la prescripción de la acción penal recién habría comenzado a correr en el momento en que él dejó el cargo.
El otro argumento de la defensa fue que había transcurrido en exceso el tiempo razonable para realizar el juicio, pasando por alto, precisamente, que durante todo ese tiempo Ramos ejerció, efectivamente, el cargo de Intendente. De aceptarse el criterio de la defensa la reelección indefinida de los funcionarios sería una vía de escape respecto de la aplicación de la ley para con ellos. Allí residiría la gravedad institucional invocada por el Fiscal de Corte para habilitar el recurso extraordinario ante la Corte Suprema.