La AMT insiste con aplicar una multa por 235 mil pesos a la única empresa que incorporó unidades con aire acondicionado al servicio de transporte de la ciudad, por una denuncia de Jorge Mihelj, propietario del Corredor Nº 1, condenado por defraudación en Buenos aires y que además cobra el premio por modernidad de flota con unidades alquiladas. R.L.
El 6 de noviembre pasado se dio a conocer una investigación interna que realizó la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMT), según la cual, la empresa operadora del corredor 8 habría pretendido dar de alta unidades falsificando documentación. En honor a la verdad, la realidad es muy distinta: La AMT está castigando a la empresa que invirtió en la mejora del sistema de transporte, con argumentos infantiles.
Discrecionalidad de la AMT
En la administración pública existen funcionarios y asesores de distinta jerarquía, los hay muy buenos, buenos , regulares, malos y pésimos. Entre estos últimos, cabe destacar a los funcionarios de AMT, que resultaron incapaces de ordenar el caos inicial, generado por sus primeras e insignes figuras como lo son el pensador y romerista (en aquellas épocas, claro) Javier Massafra y su ad later de aquellos tiempos en la AMT, el “Iusfilósofo” y “rabdomante” de la política, Reinaldo García Gambetta.
Crearon un desopilante sistema de penalizaciones para el transporte público, fundados en la discrecionalidad que les otorgaba la supuesta delegación de facultades que efectúa la Ley 7.322, olvidaron un pequeño detalle , el Art. 4 de la Constitución Provincial, prohíbe las delegaciones, en consecuencia los únicos que tienen la facultad de legislar sobre multas o determinar su monto, como así también la descripción de las conductas punibles es exclusivamente facultad el poder legislativo, de la misma forma que los funcionarios del Ministerio de Educación por ejemplo, no pueden crear acciones punibles, que no estén expresamente previstas y sancionadas en la legislación vigente, se trata de la aplicación del principio republicano de la división de poderes, unos legislan, otros sancionan y otros juzgan.
Sin embargo la voraz AMT decidió ignorar los principios constitucionales y republicanos, los mandó muy lejos y concentró las facultades de legislar, controlar, juzgar y sancionar. Como si todo eso fuera poco, se invistió en beneficiaria directa de las multas.
En efecto, las multas son creadas y dimensionadas mediante la Resolución 02/03 de AMT, controladas por un funcionario de AMT Juzgadas por AMT, quien tampoco admite prueba en contrario de las actuaciones de sus funcionarios.
La sabiduría de nuestra carta magna es indudable, trata de impedir que la vida y bienes de los ciudadanos queden en manos de señores de horca y espada como Gustavo López o Ferrari, para quienes la ley no es ningún obstáculo para el atropello, normalmente amparados en el anonimato de sus funciones.
Las multas para los que cumplen
La actual AMT es una repartición de perfil muy definido, sus funcionarios y asesores caminan por la vida con la cabeza alta y sin mirar al costado, tal actitud a lo mejor deviene de la acumulación de las facultades que ejercitan.
Lo dicho anteriormente es anecdótico, lo grave es que esa repartición ha impuesto multas por cientos de miles de pesos a los empresarios del transporte, desde su creación en 2005 pero han ingresado por ese concepto a las arcas de AMT menos del 1% del total de las sanciones, debido precisamente a la falta de capacidad de sus funcionarios
Son los mismos que aplicaron una multa por 235.000 pesos a la única empresa que, desoyendo el mandato corporativo, incorporó unidades con aire acondicionado al servicio de transporte de la ciudad, para ello sostiene que la empresa no poseía las unidades al momento de solicitar el alta de las mismas, para ello ignoró la existencia de Cedula y Titulo del Automotor, informe del Registro del Automotor, el informe de la Brigada de Investigaciones, de la concesionaria Mercedes Benz, vendedora de las unidades y de la escribana actuante. Sólo les interesan detalles fotográficos y la sacrosanta palabra del denunciante Jorge Alberto Mihelj uno de los propietarios de la empresa TADELVA (corredor Nº 1), condenado por defraudación en Buenos aires y que además cobra el premio por modernidad, que es un premio a la inversión, a la adquisición de ómnibus, pero lo hace con unidades alquiladas. Vivísimo el porteño para cobrar un premio irregularmente y que los acartonados funcionarios de AMT no digan ni pío.
La condena de Mihelj
La Sentencia nº M. 590. XL de Corte Suprema de Justicia de la Nación, 26 de Abril de 2005 (http://ar.vlex.com/vid/-40249929). La corte suprema desestima la queja de Mihelj, Jorge Alberto y lo condena por libramiento de cheque sin fondos Ccausa N° 617C.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación además informa que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Firman: ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI – ANTONIO BOGGIANO – JUAN CARLOS MAQUEDA – E. RAUL ZAFFARONI – ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.