SAETA discrimina. Le impiden a una salteña estar al volante de los colectivos, solo por su condición de mujer, así lo dictaminó la Procuradora general de la Nación. Uno de los titulares de Ale Hnos había declarado “Esto es Salta turística y las mujeres deberían demostrar sus artes culinarias, esas manos son para acariciar, no para estar llenas de callos”. El caso llegó hasta la Corte Suprema.
Marta Sisnero es la salteña que a pesar de haberse capacitado para manejar colectivos, lleva 5 años esperando que alguna de las empresas de SAETA, la contrate. El caso llegó a la Corte Suprema de la Nación. La procuradora general sostuvo que no le dan empleo por ser mujer. Y pidió que se tomaran medidas contra la segregación por género.
El caso es difundido por medios nacionales y Salta vuelve a ser noticia por discriminación a una mujer. Las empresas de transporte público en la ciudad de Salta discriminan a una mujer al impedirle, por el solo hecho de ser mujer, estar al volante de sus colectivos. Así lo dictaminó la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en una causa iniciada por Mirtha Sisnero, una mujer que desde 2008 busca que alguna de las siete empresas que tienen la concesión de la red de ómnibus de la capital provincial le permita trabajar en el oficio para el que se capacitó como cualquier chofer varón. Además, Gils Carbó instó a que se tomen medidas para contrarrestar la segregación por género y revertir los patrones socioculturales que la justifican. “Es un gran paso en esta lucha, que es muy larga”, resumió Sisnero, al conocer a través del diario Página 12, el dictamen a favor de su reclamo. La mujer completó todos los trámites reglamentarios exigidos, incluidos los cursos y exámenes necesarios para obtener la licencia para conducir transportes urbanos en la ciudad de Salta. Desde el 14 de marzo de 2008, cuenta además con el carnet que la habilita como chofer de transporte interurbano y de larga distancia. Pero aun así, nunca logró que la contrataran.
Hay que recordar que la Corte salteña consideró que Sisnero no pudo probar la discriminación por género, en su dictamen, Gils Carbó destacó que “la discriminación no sólo se produce cuando existen normas o políticas que excluyen a un determinado grupo, sino también por comportamientos que puedan tener efectos discriminatorios”. Y dio como ejemplo la declaración del titular de una de las empresas de transporte público, Ale Hnos. S.R.L., que surge de una nota de prensa: “Esto es Salta turística y las mujeres deberían demostrar sus artes culinarias, sostuvo el empresario, entre risas (…). Esas manos son para acariciar, no para estar llenas de callos”.
El reclamo de Sisnero tiene el respaldo del Centro de Estudios Legales y Sociales, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), la Clínica de Interés Jurídico de la Universidad Nacional de Córdoba y el Comité de América latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), entidades que se presentaron ante la Corte Suprema como amicus curiae.