Cornejo, Nanni y Grande presentaron un amparo en contra de la prórroga de la ley de emergencia territorial indígena.
Quieren desalojar a las comunidades originarias. Los macristas diputados nacionales de Salta consideran inconstitucional que la prórroga de la ley de emergencia territorial indígena se haya establecido por decreto sin pasar por el Congreso de la Nación.
Por eso presentaron un amparo en contra de la prórroga.
El pasado viernes los diputados nacionales Virginia Cornejo, Miguel Nanni y el diputado nacional mandato cumplido, Martín Grande, presentaron ante la Justicia Federal un amparo constitucional contra el DNU 805/2021, mediante el cual el Ejecutivo Nacional prorrogó la Ley N° 26.160 de emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras por parte de comunidades indígenas.
Cornejo obviamente no dijo que odia a los indígenas, sino que hizo esta presentación porque el Decreto debe declararse nulo por contener vicios de inconstitucionalidad, al violentar los elementos fundamentales del sistema republicano de gobierno, entre los que resalta el principio de separación de poderes.
Qué dice la ley que tanto odian estos tres
En 2006, la ley 26.160 declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que ocupan ancestralmente las comunidades indígenas del país. La ley ordenó, además, la suspensión de desalojos o desocupación de esas tierras y que se realice un relevamiento técnico y jurídico catastral sobre el dominio de ellas.
El plazo previsto para terminar el relevamiento era de cuatro años. Sin embargo, pasaron 15 y se ha relevado menos de la mitad.
La ley 26.160 vino a dar respuesta a una deuda histórica del Estado argentino con los pueblos originarios que lo preexiste y a cumplir con obligaciones asumidas por el Estado ante organismos internacionales de derechos humanos. Esta ley es una herramienta de solución de conflictos en el marco de la democracia y Estado de Derecho, frente a la criminalización de las comunidades indígenas que defienden sus derechos, por eso es importante mantener su vigencia.
El 23 de noviembre vencía la ley. Alberto Fernández la prorrogópor decreto. De no haberlo hecho, la situación de los pueblos originarios respecto a sus territorios se iba a agravar. Por dos motivos principales: no contarían con una garantía legal que prohíba expulsarlos de sus territorios. Y las comunidades sin relevamiento tendrían mayores obstáculos para avanzar hacia la efectivización de su derecho a la propiedad comunitaria indígena.
Mientras no exista una ley de propiedad comunitaria indígena, la única protección para las comunidades es la ley 26.160.