Por cinco votos sobre cuatro el tribunal aplicó el viejo Código Penal para declarar prescripta la acusación y librar de responsabilidad penal al sacerdote denunciado por dos jóvenes.

Con fecha 16 de junio pero difundido recién ayer en plena feria judicial, la Corte de Justicia de Salta cerró por cinco votos a cuatro, la posibilidad de que continúe el proceso judicial en contra del religioso, al «desestimar la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado» interpuesta por el fiscal de Impugnación Rodolfo Villalba Ovejero en un intento por mantener abierta la investigación en la que Aguilera estaba acusado por «abuso sexual gravamente ultrajante» por hechos cometidos cuando estaba al frente de la parroquia de la pequeña localidad de Campo Santo, en el departamento General Güemes.

Si no hay una nueva apelación, el sobreseimiento quedará firme y Aguilera no será juzgado por los delitos que se le atribuyen.

El tribunal eclesiástico del Arzobispado de Salta halló culpable a José Carlos Aguilera por los delitos de abuso sexual con acceso carnal. Sentenciándolo “a la pena máxima, que es la dimisión del estado clerical”, según comunicó el Vicario Judicial del Arzobispado de Salta.

«La decisión a que se arriba -única manera efectiva de no parecerse a aquello que se combate y se reprueba- se basa en el estricto cumplimiento de las leyes y de los principios que caracterizan el Estado de derecho», afirmaron las juezas Teresa Ovejero y Virginia Haydeé Solórzano y los jueces Fabián Vittar, Pablo Arancibia y Guillermo Polliotto para explicar su fallo confirmatorio del sobreseimiento dictado a favor del sacerdote José Carlos Aguilera, que en 2019 fuera denunciado por dos hechos de abuso sexual cometidos entre 1996 y 1998 en perjuicio de dos varones que entonces eran menores de edad.