Las dejaron dormir por 16 años cuando la ley dice que las causas contra funcionarios no prescriben, aunque la Corte salteña dictó la prescripción. Un fiscal planteó un recurso extraordinario para que el “Topo” Ramos sea juzgado. El lunes, el “topo” sería reelegido presidente del Foro de Intendente al servicio “U”. (DOM)

Toda historia -dicen- tiene una introducción, un nudo y un desenlace. Pero la historia del intendente de Rosario de Lerma, Sergio “El Topo” Ramos, parece eludir, entre otras cosas, esta regla: no hay desenlace.

El comienzo es lejano, tanto que hoy ni siquiera hay huellas en internet: son ilícitos pre-google. Hace 16 años Sergio “El Topo” Ramos ya era intendente de Rosario de Lerma cuando fue denunciado por defraudación al estado (traducción: choreo), junto a otros jefes comunales. No fue una sola denuncia. La mayoría de los hechos imputados se produjeron en fecha indeterminada y dieron comienzo entre 1997 y 1999, mientras que otros fueron denunciados entre 2000 y 2001. Cada tanto, incluso, alguien suma su nueva denuncia.

La causa se conoció como “la causa de los intendentes”, y vinculaba a muchos funcionarios: Sergio Omar Ramos, Humberto Rubén Corimayo, Pedro Alberto Gallardo, Eva Josefina Ferraro de Gallardo, Narciso Cortez Jerez, Julio Ernesto Velarde, Manuel Pío Coronel y Sergio Enrique Bianchi.

Recordemos de manera hípersintética de qué se lo acusaba a Ramos: fraude a la Administración Pública, malversación de caudales públicos, peculado y demora injustificada de pago; incumplimiento a los deberes de funcionario público y demora injustificada de pago; Libramiento de cheques a sabiendas que al momento del cobro no podrán ser legalmente pagados respecto del cheque 06519276 de Banco Salta SA, actual Macro SA.

Un ejemplo más concreto sobre su par de Cerrillos: se lo investigó por el faltante de $700.000 que correspondían a la Cooperadora Asistencial y que al parecer no tuvieron ese fin. Y hablar de 700 mil pesos en 1997 es hablar de 700 mil dólares: multipliquen por la cotización actual y sabrán la magnitud del hoyo que este topo le hizo al erario público.

En todos estos años, ningún juez se animó a dictaminar la inocencia de Ramos. Desde luego, tampoco nadie se animó a decir “culpable”, pese a que en las miles y miles de páginas de los expedientes sobran pruebas, pero absolver de culpa y cargo al jefe comunal sería jaquear a un aliado clave dentro del armado de poder del gobernador de turno. Especialmente ahora, que Ramos se ha vuelto imprescindible para el proyecto re-re: los intendentes le garantizan votos a Urtubey, mientras éste les dé plata e impunidad.

Por eso, ni culpable ni inocente. Así, como si le hubieran aplicado la chicharra paralizadora, la causa quedó estancada.

El día del topo

Recordemos que el empresario Alfredo Yabrán, vinculado al asesinato de José Luis Cabezas, había dado esta definición: “Poder es impunidad”. Y como ahora Ramos es más necesario dentro del esquema de poder, se le ocurrió inventar un final a su historia que garantizara la impunidad: la prescripción.

¿Por qué? Pues, eso de tener una causa paralizada nunca dejó del todo conforme a Ramos. Porque también se podía usar en su contra, como una espada de Damocles pendiente. Un elemento de presión. La prescripción es un final forzado, un Deus ex machina no contemplado por la ley: las causas contra funcionarios públicos en ejercicio son imprescriptibles. Y sin embargo…

Ramos presentó el recurso legal invocando que si la acción penal ha prescripto para la causa 79316/99 por el delito de fraude a la administración pública, también lo ha sido para el resto de los delitos imputados. Pero la Cámara Primera en lo Criminal rechazó el pedido de sobreseimiento por el carácter de funcionario público de Ramos y en consecuencia, la causa no podía prescribir. El abogado de Ramos insistió. El letrado Darío Palmier apeló la denegatoria de sobreseimiento resuelta por la Cámara Criminal Nro. 1, presentando un recurso de casación.

Entonces la decisión pasó a La Corte de Justicia de Salta, que el pasado 5 de febrero sí le dio a Ramos un final soñado: revocó uno de los puntos de la resolución de la ex Cámara Primera en lo Criminal que había rechazado el sobreseimiento por extinción de la acción penal en la llamada “Causa de los Intendentes”. “El proceso penal no puede quedar indefinidamente abierto, lo que constituye una derivación sustancial del deber de respeto a la dignidad de la persona”, dictaminó la Corte (¿de Justicia?)

Citamos a un medio que celebró el fallo: “Respecto de la prescripción, la Corte de Justicia de Salta tiene sentado el criterio respecto del cual el instituto debe interpretarse en consonancia con la garantía de obtener un pronunciamiento judicial sin dilaciones indebidas derivada del artículo 18 de la Constitución Nacional y del artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos con rango constitucional”.

“La garantía de la defensa en juicio incluye el derecho de todo imputado a obtener un pronunciamiento que ponga término, del modo más breve posible, a la situación de incertidumbre que comporta el enjuiciamiento penal”, agregó el veredicto. Ramos celebró: un fallo que salió justo a tiempo para que busque su re-re dentro del Foro de intendentes.

Desenlace abierto

Parecía el final, pero no. Esto aún no termina: Alejandro Saravia, Fiscal ante la Corte Nº 1 de Salta, presentó esta semana un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir la maniobra de Ramos y la causa se reabra. “En legal tiempo y forma vengo a plantear recurso extraordinario federal, de conformidad a lo dispuesto por los arts. 14 y 15 de la ley 48 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Cuestiono, por la gravedad institucional que entraña, la decisión de la Corte de Justicia de Salta, dictada en fecha 4 de febrero de 2014 en los autos de referencia, en cuanto dispuso hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa”, escribió Saravia.

En lo que insiste Saravia es que con el fallo local, la justicia salteña se hace cómplice de la impunidad. “La cuestión federal que habilita la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación está inserta en la situación de gravedad institucional que se genera a partir del criterio asumido por la Corte local. En efecto, la postura que se sostiene en el fallo, en orden a las causales de suspensión de la prescripción cuando los acusados son funcionarios públicos, se constituye en un baluarte que garantiza la impunidad de los mismos con la sola condición de permanecer en la función pública indefinidamente”, dice el texto que deberá evaluar la Corte Suprema.

En el escrito se enfatiza que parte de la demora se debe a la complejidad de la causa: catorce imputados; la pluralidad de hechos por los que Ramos vino requerido -setenta y cinco-; el accionar de los letrados y sus constantes planteos. En el texto presentado se hace hincapié en la complejidad de la causa, en matices adquiridos especialmente por los abogados defensores, que siempre buscaron posponer el fallo. Hay, además, una larga argumentación y citas de jurisprudencia sobre algo que es sentido común y que la corte de Salta no acepta: “Se trata de un mensaje de impunidad que, por otra parte, tiene un importante impacto negativo en la  sociedad”, dice el texto. La historia, entonces, sigue abierta. Sin el final de impunidad que tanto anhela El Topo Sergio Ramos.

Los demás jefes comunales podrían pensar en esto el próximo 31 de Marzo, cuando se junten a elegir al nuevo presidente del Foro de Intendentes. Lo más probable es que no tomen lo siguiente en cuenta: para los demás jefes comunales la sola idea de que un intendente pueda ser destituido y acabar  tras las rejas debe ser algo aterrador. Una pesadilla posible que ninguno quiere tener en mente.