Condenaron a Atilio David Yampa Mamaní (40) a la pena de seis meses por ser responsable del delito de abuso sexual a una menor de edad. Ocurrió mientras la niña cuidaba un rebaño de ovejas y cabras. El hombre usó en su defensa que en el momento se encontraba en estado de ebriedad.

La jueza Mónica Graciela Faber, integrante de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó a Atilio David Yampa Mamaní (40) a la pena de seis meses de ejecución condicional por haberlo encontrado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple en perjuicio de una menor de edad, según se informó mediante parte de prensa.

Asimismo, le impuso al imputado las siguientes reglas de conducta por dos años: fijar residencia, someterse al cuidado de un Patronato, abstenerse de acercarse y relacionarse con la víctima y/o su familia y de ingerir bebidas alcohólicas en exceso.

Yampa Mamaní fue condenado por un hecho ocurrido en 2010. Ese día, el imputado atacó a una menor de edad que se encontraba cuidando un rebaño de ovejas y cabras. En un momento, el imputado arrojó a la niña a un río pero ella le dio un mordizco en el brazo y logró zafarse y huir hacia su casa, adonde le contó lo sucedido a su madre.

Cuando Yampa Mamani fue demorado por personal policial, la lesión dejada por la mordida pudo ser constatada en el examen clínico que se le practicó. El acusado ensayó un intento de defensa al expresar que al momento del hecho se encontraba en estado de ebriedad, lo cual fue negado por la víctima y su madre. La jueza aclaró en este sentido que, como ya dijo la Corte de Justicia, “no basta hablar de trastornos por abuso de alcohol para exculpar a quien los padece, pues para merecer la eximente, dichos trastornos deben, por su entidad, anular la razón y la conciencia de quien los sufre privándolo de comprensión y voluntad en la realización del acto ejecutado”.