A pocos días de la muerte de una persona a manos de la policía, la Cámara de diputados aprobó un proyecto de ley de reforma del Código Procesal Penal que extrañamente le otorga mayores poderes y libertades a la policía en detrimento de la acción civil.
Se generó un debate acalorado en el que tanto oficialistas como opositores, en primera instancia, se manifestaron en contra de algunos artículos del proyecto de ley según el cual la policía (de aprobarse en el senado) ya no necesitaría de una orden judicial para realizar cualquier tipo de requisa sea a una persona, un automóvil, una casa, etc.
Esto significa, señor, señora, que los azules de Salta tendrían la potestad total de juzgar cuando es conveniente darle vuelta el rancho. Y con las capacidades policiales mostradas hasta la fecha, esta no es una buena noticia.
El artículo más discutido durante la sesión fue el Nº 20, el cual dice “Requisa personal. El juez de garantías, a requerimiento del fiscal ordenará la requisa de una persona mediante decreto fundado, siempre que exista motivo suficiente para presumir que ella oculte en sus vestimentas o cuerpo, cosas relacionadas con un hecho delictivo. Antes de proceder a la medida deberá invitársela a exhibir el objeto de que se trate. La policía procederá a la requisa personal, sin orden judicial, en todos los casos en que lleve a cabo una aprehensión en flagrancia. También podrá requisar sin orden judicial a las personas e inspeccionar los efectos que lleven consigo, así como el interior de los vehículos, aeronaves y buques, de cualquier clase, con la finalidad de hallar cosas probablemente provenientes o constitutivas de un delito o de elementos que pudieran ser utilizados para la comisión de un hecho delictivo de acuerdo a las circunstancias particulares de su hallazgo, siempre que el procedimiento sea realizado”.
El pretexto del oficialismo para la aprobación fue el narcotráfico, porque aseguran que de esta manera la policía actuará con mayor efectividad en una lucha que de entrada la tienen perdida.