El juez de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial José Gerardo Ruiz le impuso $433.500 en concepto de astreintes a la empresa Claro (AMX Argentina SA) en el amparo “Procurador General de la Provincia vs. AMX Argentina SA” contra la ubicación de antenas de la telefónica en Campo Quijano.
Primero lo primero: aclaremos que astreintes se diferencia de las multas simples porque la sanción monetaria se va incrementando según el tiempo de retardo en que incurre el deudor, mientras la multa determina el pago de una suma fija no aumentable en el tiempo. De allí que el Poder Judicial de la provincia precisara que la finalidad de su aplicación es actuar sobre la voluntad de la parte que se resiste a cumplir un deber impuesto en una resolución judicial.
Hecha la aclaración, aclaremos que según la misma fuente se supo que la empresa había impugnado la planilla de liquidación de astreintes que se remontan a la fecha de la sentencia original en 2011. En ese sentido, las astreintes se devengaron hasta el momento en el que la empresa cumplió con la obligación de presentar ante la municipalidad de Campo Quijano el informe de auditoría ambiental y social e informe de emisión de radiaciones no ionizantes del emplazamiento de la antena.