La Cámara Nacional Electoral respondió satisfactoriamente los pedidos de la oposición para garantizar transparencia en las elecciones presidenciales: incrementará boletas para cada mesa, habilitará un cuarto oscuro complementario y hará el seguimiento georreferenciado del repliegue de urnas. (Gonzalo Teruel)

Los principales partidos opositores del país lo pidieron y la Cámara Nacional Electoral lo concedió. Para que se garantice la transparencia de las próximas elecciones presidenciales del 25 de octubre, se tomarán medidas adicionales de control.

La semana pasada en acordada extraordinaria la Cámara Nacional Electoral presidida por el juez Santiago Hernán Corcuera y con expresa mención de lo sucedido en las elecciones provinciales de Tucumán dispuso, entre otros aspectos, que las fuerzas políticas deberán incrementar la cantidad de boletas entregadas a la Secretaría Electoral para cada mesa de votación y también de las denominadas boletas de contingencia, que las autoridades de mesa realicen inspecciones en el cuarto oscuro con una frecuencia de al menos una vez cada 10 votantes para verificar la existencia de boletas de todas las agrupaciones, y que se instrumenten en las escuelas afectadas a la elección un cuarto oscuro complementario o de contingencia que deberá permanecer bajo llave o con acceso rigurosamente controlado, en el que se dispondrán ejemplares de boletas de todas las agrupaciones que las hubieran entregado previamente.

En cuanto a la “Provisión de boletas de votación” las autoridades judiciales nacionales dispusieron “requerir a las agrupaciones políticas que incrementen la cantidad de boletas entregadas a la Secretaría Electoral para cada mesa de votación, como asimismo las denominadas boletas de contingencia (…) instruir a las autoridades de mesa que realicen inspecciones al cuarto oscuro con una frecuencia de al menos una vez cada 10 votantes, para verificar la existencia de boletas de todas las agrupaciones (…) autorizar la actuación de los denominados ‘fiscales de establecimiento de votación’ por parte de las agrupaciones políticas”.

En relación al novedoso “Cuarto oscuro complementario” que podrá coincidir con el cuarto oscuro accesible, la disposición es que “en la medida de las posibilidades de la infraestructura edilicia de las escuelas afectadas a la elección (…) se utilizará únicamente en el caso eventual de que el elector informe que faltan boletas oficializadas en el cuarto oscuro correspondiente a su mesa de votación, y la autoridad de mesa y los fiscales presentes en el establecimiento no dispongan de medios para subsanar tal circunstancia”.

Además, la Cámara Electoral mandó a “instruir a las Juntas Electorales Nacionales para que anticipen la designación de las autoridades de mesa que deben actuar en los comicios del próximo 25 de octubre, mediante la ratificación de los que actuaron en las elecciones primarias; efectuando asimismo los reemplazos y nuevas designaciones que correspondieren” y a “requerir a las Secretarías Electorales que publiquen en el sitio de internet las nóminas de los ciudadanos designados y los sucesivos reemplazos”.

Los escrutinios

Para el “Escrutinio provisorio” el mandato es “poner a disposición de los fiscales partidarios equipos suficientes que permitan efectuar un seguimiento, en tiempo real, de las operaciones atinentes a esos procesos” y que el Correo Argentino “autorice la acreditación de fiscales de las agrupaciones políticas contendientes, en los centros de recepción, digitalización y transmisión de los telegramas de escrutinio”. Y también proveer “soluciones técnicas o instrumentales para la confección y/o transmisión de la documentación de la mesa evitando errores materiales derivados de la transcripción manual de resultados, vgr. la utilización de papel químico autocopiante para la impresión y confección del acta de escrutinio, el telegrama y uno o más certificados” que se incluya en la documentación de escrutinio “un ejemplar de certificado de escrutinio, el cual (una vez completo y suscripto por la autoridad de mesa y fiscales) deberá ser pegado en el exterior del establecimiento de votación para consulta de los fiscales, medios de comunicación, y de la ciudadanía en general”.

Y para el “Escrutinio definitivo” la orden es que “las Juntas Electorales Nacionales publicarán en la página de Internet los cómputos del escrutinio definitivo desagregado a nivel de mesa” y que se “evalúe la factibilidad de que, durante la realización del escrutinio, se habiliten publicaciones parciales con los resultados de las mesas escrutadas durante cada jornada”. La Cámara Electoral dispuso además que se comunique a las agrupaciones políticas y “con suficiente antelación” las reglas operativas del procedimiento de escrutinio, los procedimientos a seguir cuando el acta de escrutinio no presente observaciones y cuando el acta contenga errores o defectos, y que se establezca “un trámite uniforme para el caso de reclamo sobre la declaración de validez o nulidad de una mesa, cuidando especialmente de dar oportunidad de participación a todas las agrupaciones contendientes”.

Y ordenó que las Juntas Electorales Nacionales “garantizarán que una vez controlada la información de una mesa, con la participación de los fiscales partidarios, la documentación correspondiente será resguardada en condiciones seguras, de manera que impidan su modificación o alteración” y “autorizarán la acreditación de apoderados y fiscales de escrutinio definitivo por cada agrupación política contendiente en cantidad suficiente para ejercer eficientemente sus funciones en relación con todas las mesas escrutadoras habilitadas.

Finalmente, la Cámara Electoral determinó una serie de “Medidas de seguridad” para “la prevención de hechos ilícitos (vgr. clientelismo, retención de documentación electoral, robo de boletas, migración transfronteriza, etc.) que pudieran afectar el correcto desarrollo de los comicios” y para “el seguimiento georreferenciado en tiempo real del repliegue de urnas y documentación electoral, procurando (dentro de las posibilidades logísticas) que el seguimiento comprenda todo el recorrido desde el retiro de cada urna en los establecimientos hasta su entrega a las Juntas Electorales Nacionales”.

En Salta todas estas nuevas disposiciones ya fueron comunicadas a las fuerzas políticas locales por la Junta Electoral que preside el titular de la Cámara Federal de Apelaciones, Renato Rabbi Baldi Cabanillas, e integran el presidente de la Corte de Justicia, Guillermo Posadas, y el juez federal subrogante con competencia electoral, Julio Leonardo Bavio.