El fiscal de Salvador Mazza, Armando Cazón, elevó a juicio una causa contra Méndez un día después que se realizaran los allanamientos en los que se le secuestraron dinero y autos. En el escrito, el fiscal copió y pegó la imputación que había realizado 7 meses antes; lo que habría llevado al juez Nelso Aramayo a malinterpertar las fechas y declarar nulas todas las actuaciones

El juez de Garantías 1 de Tartagal, Nelso Aramayo, declaró nula de nulidad absoluta la audiencia de declaración, el decreto de audiencia de imputación y la solicitud de la elevación a juicio solicitados por el fiscal penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, en una de las causas que pesan contra el exintendente de esa localidad, Rubén Méndez.

El fiscal penal de Salvador Mazza, Armando Cazón, presentó un recurso de apelación el 29 de noviembre de 2021 (fue remitida al Tribunal de Impugnación el 7 de diciembre) advirtiendo que el juez Nelso Aramayo confundió la fecha de notificación de la imputación con la imputación y declaración de Méndez Salazar.

Para entender qué pasó, lo primero que hay que tener en cuenta es que existen dos investigaciones abiertas contra Rubén Méndez Salazar: una la lleva adelante el fiscal de Salvador Mazza, Armando Cazón; y la otra la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC).

La primera fue realizada en la fiscalía de Cazón por el presidente del Concejo Deliberante, Carlos Blademir Villalba, el 26 de octubre de 2020 por incumplimiento de los deberes de funcionario público y malversación de fondos o caudales públicos.

La segunda investigación inició a raíz de una denuncia anónima (también por malversación de fondos) a través de la web y fue derivada a la UDEC, que es el área del Ministerio Público Fiscal que investiga los grandes delitos económicos.

Si bien es más que probable que las causas sean unificadas en algún momento, hasta el momento las dos causas que se siguen en contra de Méndez Salazar no tienen vinculación alguna y son independientes una de la otra.

La causa de Cazón

Luego de la denuncia que realizara el expresidente del Concejo Deliberante de Salvador Mazza, el fiscal Cazón inició una investigación y citó el 23 de diciembre de 2020, a Rubén Méndez Salazar a audiencia de imputación por la supuesta comisión del delito de malversación de caudales públicos e incumplimientos de deberes de funcionario públicos.

Méndez Salazar solicitó la suspensión de la audiencia argumentando que debía realizar gestiones vinculadas al Ejecutivo municipal en la capital de Salta por lo que no podría asistir. Dos meses más tarde, (el 23 de febrero de 2021), el exjefe comunal se presentó a la audiencia de imputación, asistido por su por su abogada, María Liliana Sagárnaga, se abstuvo de declarar y dijo que presentaría su declaración por escrito.

Cazón esperó en vano que llegara el escrito, y sin que Méndez interpusiera ningún tipo de nulidad al Decreto de Imputación y/o a la declaración de imputado, y habiendo vencido de sobremanera el plazo para plantear el mismo, el 14 de octubre de 2021 elevó el requerimiento a juicio de Méndez. Un día antes, el 13 de octubre, en Salvador Mazza era allanada la casa de Méndez por la otra causa, la que investiga la UDEC.

En el pedido de elevación a juicio que hace Cazón al juez Nelso Aramayo, el fiscal transcribe textualmente la imputación que había realizado 7 meses antes. Y justamente allí es donde radicaría la confusión que lleva a Aramayo a creer que, entre la declaración de Méndez y la imputación, habían pasado 7 meses.

Aramayo, convencido de esto, declaró la nulidad de todo lo que había hecho Cazón y hasta lo retó recordándole que “se advierten graves irregularidades en las actuaciones remitidas por el Dr. Cazón, que afectan el debido proceso penal. Debe entenderse que el decreto de audiencia de imputación resulta ser un acto inicial del proceso con la formalización de la imputación fiscal. Formulado el decreto de citación a audiencia de imputación, el fiscal debe llamar al acusado a audiencia, a fin de poner en su conocimiento, con la presencia de su defensa técnica”.

En definitiva, la mala redacción de un escrito judicial habría ocasionado toda esta confusión que podría terminar con el exintendente Rubén Méndez exonerado en una de las causas que se le siguen. Salvo que el Tribunal de Impugnación decida lo contrario.