El juez de primera instancia en lo Civil de Personas y Familia 6, Daniel Juan Canavoso, le ordenó a un padre que se comunique por internet con su hijo, y así mitigar “la distancia física, sea donde fuera el lugar en que se encuentre trabajando”.
La medida fue tomada por varios medios nacionales que se hicieron eco de la medida del juez salteño que le ordenó a un padre que se comunique por Skype con su hijo.
Según informó prensa judicial, el juez de primera instancia en lo Civil de Personas y Familia 6, Daniel Juan Canavoso, resolvió mantener el régimen de visitas que se le había otorgado a un padre que reside fuera de la provincia, pero además complementó la medida disponiendo “la comunicación virtual (entre padre e hijo) por medio de computadoras o teléfonos móviles o cualquier otro medio de comunicación electrónica audiovisual, al menos una vez por semana y en días y horarios prudentes”.
La resolución exhorta a las partes a “prestar toda la colaboración posible en su cumplimiento, en resguardo del superior interés del hijo de ambos”.
El magistrado consideró que el contacto virtual es una recurso válido para “mitigar la distancia física”, y dispuso que el niño acceda a él “sea donde fuera el lugar en que se encuentre trabajando” su padre.
El juez estableció que se mantenga el régimen provisorio de comunicación que se había fijado antes a favor del demandante, consistente en permanecer en el domicilio de su expareja con su hijo tres horas al día, mientras dure su permanencia en esta ciudad.
El juez resolvió de esta manera la demanda planteada por R. R. R. para que se establezca un régimen de comunicación con su hijo de tres años, R. B. R. Z.
El padre del niño argumentó en la audiencia que por su profesión (militar) le es difícil determinar cuándo podrá venir a Salta para comunicarse con su hijo. Actualmente reside en otra provincia.