El Ministerio de Trabajo de la Nación instituyó el 3 de abril como el Día del Personal de Casas Particulares. Salteñas autoconvocadas piden que se respete la ley y ese día sea no laborable. Un pantallazo de la situación de las trabajadoras en Salta. (Andrea Sztychmasjter)
Ana Díaz tiene 40 años y desde los 19 que se dedica a trabajar en casas particulares. Junto a otras compañeras desde hace semanas que se autoconvocaron para difundir que el próximo 3 de abril “es su día” y como lo estipula la ley debe ser no laborable y con remuneración paga.
Ana forma parte de una red de mujeres que cuando sus horarios lo permite dan a conocer cuáles son sus derechos. “Vemos que la ley que nos regula no está difundida. Este 3 de abril nos vamos a concentrar en plazoleta 4 siglos a las 18:00 y allí vamos a hacer lo que venimos haciendo: informar sobre nuestros derechos laborales”.
Según informó, el sindicato de empleadas domésticas de Salta jamás abrió las puertas para recibirlas, es una especie de lugar fantasma puesto que “cada vez que una de nosotras fue a tocar el timbre a sus oficinas, nadie nos atendió. No sabemos quién es el titular y menos el trabajo que hacen. No nos sentimos representadas por este sindicato, por eso intentamos ayudar a las compañeras, porque no somos trabajadoras invisibles”, señaló.
Ana agregó que desconocen el número oficial de trabajadoras activas en nuestra ciudad ya que “no estamos ni censadas ni existe un registro”, asegura que muchas mujeres pese a la ley siguen trabajando en condiciones de precarización, maltrato y presión. “Existe mucha explotación, trabajo en negro y sin derechos básicos como obra social. Pero tenemos que saber que si una de nosotras está recibiendo lo que dice la ley, todas debemos hacerlo. La ley es para todas”.
Según comentó el régimen laboral para las trabajadoras de casas particulares estipula 44 horas semanales, 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y 4 horas los sábados un sueldo promedio de $7.122. En el caso de trabajadoras que cumplan un trabajo específico como niñeras y/o cuidadora de personas, serán $8.129.
Ana señaló que en algunas provincias como Buenos Aires y Córdoba, las trabajadoras poseen un boleto social para el uso del transporte público. En el caso de Salta y pese a algunos intentos de formular un boleto social, desde la AMT no se han manifestado al respecto. “Algunas compañeras trabajan unas cuantas horas en un lugar y luego deben trasladarse a otro, van de aquí para allá y el boleto lo pagan de su propio bolsillo. Necesitamos rever esta situación y exigir que o bien los empleadores se hagan cargo de parte de ese gasto o bien se acuerde este boleto social”.
Empleadores, paguen
En Salta, una de cada cuatro mujeres asalariadas se dedica a la actividad del “trabajo doméstico”. El perfil económico de nuestra provincia posee una estructura productiva principalmente ligada a sectores de baja productividad, caracterizado por la importancia del sector primario en relación a una baja industrialización y un alto grado de tercerización.
Sectores como la agricultura, los servicios, y dentro de éstos el empleo doméstico tienen alta participación de ocupados en Capital. Vemos además que el empleo doméstico registra un considerable aumento en cuanto al porcentaje de ocupados que absorbe en comparación a otras provincias. Estos datos se desprenden del trabajo de Gabriela Ferro “El caso del empleo doméstico en Salta, en el contexto de las transformaciones regulatorias del sector”.
El mismo refleja que el aumento de este trabajo feminizado tiene que ver con este perfil productivo regional, donde las posibilidades de acceso a otras ocupaciones se encuentra limitada, sumado a que “Algunos autores han vinculado el sostenimiento de cifras elevadas de la actividad a las pautas culturales (aristocráticas) de los sectores demandantes que entienden el empleo doméstico como un valor social”.
En abril de 2013 se promulgó el “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” (Ley 26.844). Entre los puntos principales se destaca la incorporación de la licencia por maternidad, y la obligatoriedad de una cobertura de riesgo de trabajo (ART).
En 2015, el Ministerio de Trabajo de la Nación instituyó el 3 de abril de cada año como el Día del Personal de Casas Particulares, en conmemoración por la fecha en que fue definitivamente promulgada la Ley. De esta manera, dicho día es no laborable para las empleadas de este sector por lo que deben gozar del descanso dispuesto por ley. En caso de que el empleador necesitara de los servicios de la trabajadora y esta accediera a hacerlo, la jornada de trabajo ese día debe abonarse doble.
Informalidad y relaciones asimétricas
A fines de los años 80 dos autorxs señalaban -en un trabajo sobre la participación de la fuerza de trabajo femenina en Salta- que la ocupación de mujeres en estas actividades “manifiesta una tendencia a concentrar los empleos femeninos en ocupaciones que de alguna manera extiendan el rol reproductor”.
La reivindicación del trabajo doméstico no pago como trabajo fue uno de los puntos históricos sobre el cual el movimiento feminista puso la lupa: se fue analizando la subordinación de las mujeres y por qué ésta iba mucho más allá de la experiencia individual, ya que tenía extensiones materiales y sobre todo económicas junto a las ideológicas.
Gabriela Ferro, en el citado trabajo, señala que uno de los rasgos históricos que han caracterizado al empleo doméstico han sido los altos niveles de informalidad de las relaciones laborales. “El aislamiento y la reclusión a la que se encuentran sujetas las empleadas domésticas ya que su actividad de desenvuelve en el ámbito de las casas particulares de los patrones, ha sido marcado como uno de los factores que contribuyen a la dificultad e intermitencia de su actividad gremial”.
Sin olvidar menciona la autora, la sobreexplotación de género a la que se encuentran sometidas: a las tareas en casas ajenas deben sumar el trabajo de su propio hogar y el cuidado de sus hijos.
Sumado a esto, el trabajo despliega otro aspecto de esta actividad que tiene que ver con el desarrollo mayoritariamente por fuera de todo marco legal. “…en la relación contractual informal entre ‘empleadas y empleadoras’, las condiciones de trabajo se negocian ‘uno a uno’, es decir, en una relación personal con los jefes que establece los límites de lo que ‘se pide’/’no se pide’, ‘se habla’/’no se habla’”.
Así lo demuestra el relato de una trabajadora citado en el trabajo de Ferro: “ella cobraba en el banco, llegaba y acá esta su sueldo me daba mis vacaciones, me pagaba mi aguinaldo, me mandaba con alimentos, me venían a dejar con las bolsas. Me venían a dejar, me daban bolsas con carne, pollo, de todo. Por eso digo yo patrones como ellos, no hay, no hay. [¿y jubilación le aportaban…?] y no porque [pausa]eso siempre, [pausa] nunca lo hablamos…porque no, como les digo yo, estoy muy agradecida de ellos”.
¿Defiende el salario para el trabajo doméstico?
Fue la pensadora y activista feminista, referente intelectual por su análisis del capitalismo, el trabajo asalariado y reproductivo desde una perspectiva de género Silvia Federici, quien ante esta pregunta respondió que sí: “Muchas feministas nos acusan de institucionalizar a las mujeres en casa porque entienden que esta demanda es una forma de congelar a las mujeres en los hogares, pero es exactamente lo contrario, es la forma en que podemos liberarnos. Porque si este trabajo es considerado como tal los hombres también podrán hacerlo. El salario sería para el trabajo, no para las mujeres”.