Más países autorizan el consumo de la marihuana. Ahora fue el turno de Chile que al igual que Uruguay permitió la siembra para consumo personal, pero para fines terapéuticos. En Argentina aún existe la incoherencia de prohibir la tenencia para consumo personal y al mismo tiempo permitirla judicialmente. (Garrik)

Una fundación chilena ha cosechado la primera plantación autorizada de cannabis en América Latina destinada a un inédito programa que pretende aliviar el dolor de 200 pacientes de cáncer. Tras superar varias trabas burocráticas -la ley sólo permite el uso medicinal de la droga con la autorización expresa de varios ministerios-, la Fundación Daya sembró en octubre pasado 850 semillas en un terreno cedido por la municipalidad de La Florida, un barrio de las afueras de Santiago de Chile que ha apoyado el proyecto.

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Las 400 matas que sobrevivieron fueron cosechadas hace unos días y de ellas se extraerán 160 kilos de aceite analgésico de cannabis que se administrará gratuitamente a partir de enero de 2016 a enfermos de cáncer que hasta ahora se sometían a caros y tradicionales tratamientos privados.

Aunque en Chile se puede consumir marihuana, su cultivo o venta llevan aparejados penas de hasta 15 años de cárcel. La cosecha en La Florida ha coincidido precisamente con el inicio de un debate institucional sobre la despenalización del cultivo de marihuana para consumo privado o fines terapéuticos. Chile es el tercer consumidor de marihuana en Sudamérica, según Naciones Unidas.

Uso medicinal

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La iniciativa fue apoyada también por pacientes con cáncer que ya han probado con éxito la marihuana como tratamiento paliativo. Es el caso de Cecilia Heyder, de 47 años, afectada por un cáncer de mama con metástasis desde 2009. «Me cambió la calidad de vida. Yo andaba en silla de ruedas y ya no la necesito; no soy delincuente ni traficante, yo no pedí ser enferma», aseguró a la prensa local Heyder, que fue detenida varias veces por la policía hasta que logró que las autoridades le otorgaran un permiso para cultivar cannabis: «Es un gran logro; ojalá que todas las municipalidades de Chile lo lograran, pero es para 200 pacientes, nada más, no para el resto, y no puede ser eso».

Para Carlos González, uno de los 200 beneficiarios, el proyecto es algo así como una bendición: «Esto es una esperanza para todos nosotros. Los fármacos tradicionales son muy caros, ése es el mayor problema. Sé que este aceite no es un remedio, pero sí un alivio para tener una mejor calidad de vida». Como otros pacientes, González, que padece un cáncer intestinal, se sometió a duros tratamientos para tratar de aliviar el dolor, algo que ahora espera lograr con el aceite de cannabis.

Los supuestos beneficios terapéuticos del cannabis han provocado un renovado debate entre los promotores de su uso y las voces críticas. Para evitar polémicas, la Fundación Daya eligió a pacientes oncológicos mayores de edad, aunque defienden que el cannabis puede ayudar a otras edades y patologías. Para el alcalde de La Florida, sólo se trata de comenzar a romper algunos tabúes: «Ojalá estas semillas germinen la conciencia de los chilenos para que nos atrevamos a correr los límites de lo posible y podamos ofrecer a la gente más calidad de vida».

El tratamiento, que se administra por vía oral, se prolongará durante un año y según Verónica Fuller, directora de Salud del ayuntamiento de La Florida, «mejorará significativamente la vida de los enfermos, pues rebajará las náuseas y vómitos producto de la quimioterapia y otros medicamentos y les devolverá el apetito a los pacientes».

El uso medicinal de la planta se remonta a cientos de años atrás (en Oriente y África, principalmente) y ha sido objeto de controversia entre la comunidad científica. La interacción de la marihuana con otros medicamentos que están siendo utilizados terapéuticamente se desconoce en su mayoría. Por lo que muchos médicos no apoyan su uso. Lo que se ha demostrado mediante diferentes estudios es que el uso terapéutico del cannabis es eficaz para abrir el apetito en pacientes con cáncer, reducir los síntomas de la esclerosis múltiple, o aliviar el dolor crónico asociado a una disfunción o lesión del sistema nervioso (neuropático).

El caso uruguayo

El año pasado Uruguay se convirtió en el primer país del mundo en haber legalizado el consumo de marihuana tras argumentar que su prohibición no significó más que criminalizar y perseguir al consumidor, generando un dispendio de recursos públicos, sin lograr combatir al tráfico ilegal.

De esta forma el Estado uruguayo comenzó a regular todo el proceso a través del Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA), que depende del Ministerio de Salud Pública y que emite licencias y controla la producción, la distribución y compraventa. Los mayores de edad pueden adquirir la sustancia en farmacias autorizadas siempre que previamente se hayan registrado como consumidores para uso recreativo o medicinal de la marihuana.

 

Adicionalmente, los usuarios pueden acceder al producto por dos vías: autocultivo personal (hasta seis plantas y un máximo de 480 gramos por cosecha al año) y a través del cultivo en clubes con membrecía (con mínimo de 15 socios y un máximo de 45, y un número de plantas proporcional con un máximo de 99). La tenencia máxima de una persona es de 40 gramos. También se establece en idéntica cifra el límite máximo que se puede expender por persona al mes. Se puede cultivar también con fines científicos y medicinales, en estos casos se obtiene el permiso con receta médica y se habilita la producción del cannabis no psicoactivo conocido como cáñamo industrial.

 

El caso argentino

En nuestro país existe el doble estándar de criminalizar la tenencia de estupefacientes para consumo personal y al mismo tiempo la permisión de dicho acto por parte de la justicia. Sucede que la ley de drogas 23.737, que rige actualmente, en su artículo 14 párrafo segundo sanciona con pena de prisión de hasta dos años a quien tenga estupefacientes para consumo personal. Mientras que la Corte Suprema de Justicia de la nación, en el fallo “Arriola” sostuvo la inconstitucionalidad de penalizar la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

En la práctica, la penalización de la tenencia para consumo personal habilita a la policía a molestar, a detener y a meterse en la vida personal de los consumidores, aunque posteriormente sean liberados por la justicia. Esto lógicamente además de vulnerar los derechos individuales, genera un dispendio de los recursos públicos, principalmente policial y judicial, ya que importa un enorme derroche de esfuerzo, dinero y tiempo de la policía y de la justicia en procedimientos inútiles desde el punto de vista político criminal, como lo demuestran los más de veinte años transcurridos desde que se sancionara la ley 23.737.

 

En todo caso, los recursos deberían redireccionarse para perseguir delitos tales como el lavado de dinero y el ingreso de precursores químicos como la acetona, efedrina, ácido clorhídrico, permanganato potásico, entre muchísimos otros. O emular a la mayoría de los países de la región que a la par de haber despenalizado la tenencia para consumo personal, dedican los recursos disponibles a la persecución del tráfico de estupefacientes.

 

Por otro lado, se ha tornado en un medio ineficaz para disuadir el consumo y luchar contra el tráfico porque se creyó que persiguiendo penalmente a los consumidores se disuadiría el consumo y se combatiría exitosamente el narcotráfico, pero tanto el consumo como el tráfico han aumentado considerablemente.

El Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías en el Informe Anual del 2004 concluyó que «no existen indicios de que la criminalización del consumo de drogas tenga efecto disuasorio para los jóvenes», ya que las tendencias de consumo se corresponden más con factores culturales, económicos y sociales, y no con la intimidación penal. De hecho, las estadísticas tanto a nivel nacional como de nuestra provincia, reflejan cada vez más un alza hacia el consumo, sobre todo de jóvenes, y de una iniciación cada vez más temprana, ya sea de drogas sintéticas o de las llamadas drogas blandas como la marihuana.

El turno del Congreso

 

En el Congreso Nacional, ya se iniciaron debates en comisiones en vistas a modificar la ley de drogas 23.737 que rige actualmente, y que en su artículo 14 párrafo segundo se sanciona con pena de prisión de hasta dos años a quien tenga estupefacientes para consumo personal. El proyecto con mayor consenso, que nuclea al oficialismo, a la UCR y al Frente Amplio Progresista, brega por un paradigma alternativo al prohibicionista, que involucra cambios en la persecución del crimen organizado dedicado a las drogas y en la atención de los usuarios (aún espera ser tratada en el recinto).

 

La sanción de la ley actual, comentó Eugenio Zaffaroni, fue impulsada por la administración de Richard Nixon en Estados Unidos e implica “una política criminal absurda y suicida”. “El consumo es un problema de salud, que tiene su propia naturaleza. Si se lo saca de ahí y se lo lleva a una naturaleza que le es artificial, como la esfera penal, no se resuelve el problema”. Zaffaroni recordó “sentencias aberrantes”, como la de un consumidor a quien la policía le encontró “restos de marihuana en el bolsillo” y fue arrestado “por hacer peligrar la seguridad nacional”.

 

No se deben buscar soluciones donde el problema no existe, reza un dicho popular. Y esa es la política en Corea del Norte respecto de la marihuana. Al contrario de lo establecido por la ley internacional, Corea del Norte no considera a la marihuana y el opio como drogas. Entonces, su cultivo, venta y consumo no están penalizados. Una solución sencilla para problemas tan grandes.