Los esfuerzos por incriminar al municipio en el incremento de casos de dengue en la ciudad, se apoyaron esta semana en una antojadiza resolución del Ministerio Público Fiscal. Desde los micrófonos de la F.M. ARIES su propietario, en un intimidante sesgo autoritario, faltó poco para que exigiera que los Fiscales de Salta se coloquen una fumigadora en la espalda y salgan a desinfectar baldíos. El abogado y periodista Luis Caro Figueroa echó luz sobre esta temeraria Resolución que intentó avasallar las autonomías municipales, y que por inviable y para suerte de la ciudadanía, no llegó a efectivizarse.

 

“Hay una percepción popular acerca de qué en los Tribunales se pueden resolver prácticamente todos los problemas del universo, y eso no es tan así. Yo soy de la opinión de qué las críticas que ha recibido el actual procurador general de la provincia en esta materia, no sólo son injustificadas, sino que también son injustas”- señaló Luis Caro Figueroa.

Y agregó: “Alguien, al parecer desde los medios de comunicación se ha aferrado a la penosa redacción de una Resolución de abril del 2020, que fue elaborada y firmada por el procurador general de aquella época Abel Cornejo en un momento en el que estaba prácticamente empezando todo el tema de la de la pandemia y de los muertos por coronavirus. Un momento en que, por la confusión general, el procurador de entonces había aprovechado para inundar el Boletín Oficial, con resoluciones magnánimas con las que pretendió cogobernar la provincia. Esto no se ve mucho a primera vista, pero quien entiende un poco de división de poderes, de competencias y límites que tienen cada cada uno de los magistrados y los cargos públicos, se da cuenta perfectamente de qué había una intención de proyectar desde un cargo que no es de los más importantes a la hora de tomar decisiones, una serie de políticas y criterios”.

Recordó Caro Figueroa que, “por aquella época se difundían casi a diario las decisiones del Comité Operativo de Emergencia para toda la provincia, ese comité que creó el gobierno ejercía el mando único durante la pandemia, esas decisiones de ese Comité se aplicaban en el rincón más pequeño de la provincia de Salta, sea público o privado. Mientras tanto, el Procurador de entonces, adoptaba otra decisión diferente para el Ministerio Publico, como si el edificio fuese un mundo aparte, una galaxia particular. Además, en sus resoluciones tenía la osadía de invitar al resto de los poderes públicos a adherir a los criterios, instrucciones y órdenes que sólo él había elaborado, en la intimidad de su despacho, sin ninguna deliberación pública y ningún soporte científico”.

“El ex Procurador en aquel momento, no sólo intento definir y aislar científicamente al coronavirus, mientras al mismo tiempo lo estaba haciendo la OMS, desde el Ministerio Publico Fiscal de Salta con el Cuerpo de Investigadores Fiscales. Imagínese si eso no es intentar llegar a donde uno no puede”- aseguró el abogado.

Al referirse a la legislación y competencias, explicó: “Ni en la Constitución de Salta, ni en la Ley Orgánica del MPFS, los fiscales tienen encomendada la misión de eliminar los criaderos de mosquitos, desde luego, los jueces tampoco. Esto es una competencia exclusiva del gobierno que debe ejercer en coordinación con las autoridades municipales. Así como los fiscales no tienen ninguna competencia preventiva en ninguna materia, tampoco los jueces pueden a través de medidas cautelares por ejemplo mandar a que el río Pilcomayo no desborde en Santa Victoria Este, o que el sol deje de salir por detrás de los cerros, sería absurdo. Frente a una calamidad como es la del dengue es muy poco lo que pueden hacer los fiscales, no digo ya en materia preventiva en la que no pueden hacer nada, sino en materia represiva, ya que el castigo penal que evidentemente siempre es posterior a la conducta transgresora, no sirve ni para curar a las personas, ni para evitar la propagación de la amenaza”.

Agregó Caro Figueroa: “Poco ha faltado para que en algún medio de comunicación de Salta se diga de qué en virtud de la resolución 977/2020 del ex Procurador, los fiscales tienen que colocarse en una mochila fumigadora en espalda y salir en persona a desinfectar los baldíos. Es absurdo que un señor sentado en una oficina de la Ciudad Judicial, pretenda imponer mediante una Resolución que solo él ha elaborado, unas determinadas obligaciones públicas a los intendentes municipales que han sido elegidos por voto popular. Y que lo haga además con la pretensión implícita de castigar penalmente a estos intendentes si desobedecen sus órdenes. Ningún Intendente puede ser obligado a informar a los fiscales absolutamente nada, si no es a través una ley de la Legislatura de la provincia, que haya sido elaborada por los representantes de los ciudadanos y después de un proceso público, deliberativo y transparente. También pueden ser obligados por un juez a través de una sentencia judicial, en un procedimiento de esta naturaleza, pero nunca un Procurador General. Las barbaridades jurídicas de esa Resolución que cabe aclarar que no es de autoría del doctor Pedro García Castiella, son tantas que no nos alcanzaría el día para analizarlas y enumerarlas

Finalmente, Caro Figueroa enumeró las principales irregularidades de tal resolución: “En primer lugar, una instrucción a sus Fiscales que tienen que notificarles a los intendentes municipales para según dice la norma “coordinar la revisión de actuaciones por sus dependencias. Esto es completamente absurdo y busca meterles presión a los intendentes y amenazarlos con sanciones penales. Ellos saben que en nuestro sistema jurídico cuando un funcionario público toma conocimiento por razón del ejercicio en su cargo de la comisión de un delito, su obligación es denunciarlo. Entonces la instrucción de la orden del ex Procurador es superflua. La segunda irregularidad es la invitación al Foro de Intendente para “coordinar una capacitación a los funcionarios y agentes comunales a cargo de las tareas de control sanitario ambiental”. Les está diciendo a los intendentes: ustedes no están capacitados. La tercera es más grave fue una especie de conminación a los intendentes municipales a que practiquen allanamientos en las viviendas sospechosas de albergar criaderos de mosquitos Si esto de los allanamientos que felizmente no se cumplió, se hubiese generalizado, la vida familiar y la intimidad de cientos de miles de salteños y salteñas en su mayoría pobres o muy pobres, habría sufrido una terrible intromisión por parte del Estado… Entonces, en 2020 con esta Resolución, se pretendía que la policía entrara en las casas de ciudadanos pobres, para ver si tenían floreros con agua vieja, heladeras reventadas o neumáticos sin uso. Yo me pregunto si esta es la idea de las libertades públicas y los derechos humanos fundamentales que tenemos que esperar”.