Lo decidió un juez, ante un amparo de la Universidad de La Matanza. La institución había pedido anular dos artículos de la Ley de Educación Superior por violar la “autonomía universitaria”.

Un juez federal suspendió la vigencia de dos artículos de la Ley de Educación Superior Nº 27.204, que habían sido modificados en octubre, poco antes de las elecciones, por un proyecto de la ex diputada Adriana Puiggrós. La reforma de la ley estableció expresamente la gratuidad de las universidades públicas y prohibió los exámenes de ingreso eliminatorios. Ahora, esta segunda disposición –el ingreso irrestricto– quedó anulada con el argumento de que violaba la “autonomía universitaria”.

El fallo del juez federal Pablo Cayssials suspendió los artículos 2 y 4 de la Ley, que establecían que el Estado debe “garantizar la igualdad de oportunidades y condiciones en el acceso, la permanencia, la graduación y el egreso”, y que “todas las personas que aprueben la educación secundaria pueden ingresar de manera libre e irrestricta” a la universidad. La decisión judicial se dio a raíz de un recurso de amparo de la Universidad de La Matanza (UNLAM). Dicha Universidad consideró que los nuevos artículos violaban la autonomía universitaria y que iban a generar “desfinanciamiento” del sistema y a “bajar la calidad educativa”, según explicó el rector de la UNLAM, Daniel Martínez.

“Es una ley demagógica, que apela al facilismo y confunde a la sociedad. Nosotros planteamos que vulnera el principio de autonomía universitaria porque fija un régimen de permanencia, graduación y acceso a la universidad, cuestiones que deben ser definidas por cada institución”, agregó Martínez. El fallo alude al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscripto por Argentina, que reconoce “el pleno ejercicio del derecho a la educación superior, pero sobre la base de la capacidad de cada uno”.

Cada año se anotan en la UNLAM unos 24 mil alumnos, de los cuales ingresa el 60%, informó la Universidad. “No tenemos aulas, ni capacidad financiera ni docentes para recibirlos a todos. La ley no preveía fondos para garantizar el acceso irrestricto”, argumentó Martínez. Y añadió: “Establecer la gratuidad por ley es redundante: la universidad pública es gratuita de hecho desde 1949, y eso está garantizado por la Constitución”.

La reforma del año pasado, que modificó la Ley N° 24.521 de 1995, surgió de un conflicto entre la Universidad Nacional de La Plata y la Facultad de Medicina de esa universidad, que tenía un curso de ingreso muy eliminatorio (ver aparte). Según estimó Marcelo Rabossi, investigador de la Universidad Di Tella, “el único cambio que promovió la ley es que el viejo curso de ingreso se convierta en el primer año de la carrera. Ya no hay ingreso eliminatorio, pero te ‘eliminan’ en primer año”.

La autora de la ley, Adriana Puiggrós, defendió los artículos suspendidos: “Me preocupa que un fallo y un rector sostengan que la autonomía universitaria está por encima del derecho a la educación superior”. La pedagoga y ex legisladora explicó que la ley autorizaba a cada universidad “a definir sus mecanismos de ingreso” y que “no avasallaba la autonomía”, sino que buscaba “ordenar la heterogeneidad del sistema universitario”.

Puiggrós anticipó que la decisión judicial será apelada. “Si hay un problema en la secundaria, hay que resolver ese problema. Pero es inconcebible que la Argentina no pueda garantizar el acceso a la universidad para todos sus ciudadanos”, consideró. Puiggrós señaló que “si una universidad no quiere ser una fábrica de ni-ni, hoy tiene muchas alternativas pedagógicas y metodologías que permiten retener a los alumnos”, y mencionó a las universidades de Quilmes, General Sarmiento y Florencio Varela como “ejemplares” en ese sentido.

Mientras el juez decide sobre la cuestión de fondo, el amparo está vigente. La Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó ahora un pedido de apelación del fiscal, y en su resolución advirtió que el Ministerio de Educación dio “instrucciones de no apelar la sentencia”, con lo cual la respuesta que recibió la UNLAM deberá mantenerse también para otros “casos similares en los cuales se halle en contradicción los artículos de la Ley de Educación Superior cuestionados”. Desde el Ministerio dijeron a Clarín que el fallo «está siendo evaluado por el equipo jurídico».

Fuente: Clarín