Un día como hoy muere el abogado que inspiró “La López Pereyra”, la canción que describe la historia de un femicidio, considerada popularmente el “himno salteño”.  Aquí la historia que cuenta y que originaron sus versos.

Considerada popularmente el “himno salteño”, la canción “La López Pereyra” describe la historia de un femicidio. En el caso fue la primera vez que se utilizó la figura de “emoción violenta” para anular la condena al femicida. (Andrea Sz)

No son pocas las canciones de diversos géneros que hacen alusión a femicidios. Es el caso de la considerada extraoficialmente el “himno popular salteño”: La López Pereyra, compuesta por el músico salteño Artidorio Cresseri (1862-1950).

Para remitirnos a la historia de esta casi zamba salteña que traspasó fronteras y que integra el repertorio tradicional de la música folclórica de Argentina, considerada además una de las obras populares más antiguas de las que se tenga registro musical, debemos retroceder un siglo.

En la primera década del siglo XX, Cresseri le dio letra y música a esta canción hoy interpretada por diferentes artistas. Aunque hubo conflictos respecto a la propiedad intelectual de la misma, los registros históricos cuentan que los problemas legales en torno a su autoría comenzaron por 1916 cuando el músico Andrés Chazarreta publica su álbum de nuevas composiciones y entre ellas figuraba “La chayateña” (otro de los nombres con la que se la conoce a La López Pereyra). Dicen que fueron familiares de Cresseri, los que iniciaron acciones judiciales y en 1960 SADAIC decide suspender la liquidación de derechos, que hasta entonces eran cobrados por Chazarreta y en 1967 la justicia reconoció a Cresseri como autor de la música.

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Del conflicto por su verdadera autoría nació una parodia montada sobre la música de La López Pereyra, que entre sus versos dice así: Esta zamba fue robada/Por don Andres Chazarreta/Al bueno don Artidorio/Que duerme bajo la tierra/Y es bueno que ustedes sepan/Que aquel ladrón, se llenó el buche de plata /Cobrándose derechos de autor (…)

Más allá de los datos imprecisos que hoy siguen sobrevolando a “La López Pereyra”, existen otros que tienen que ver con la verdadera historia que se cuenta y que originaron sus versos.

Una nula condena

Cuenta la historia que Cresseri había sido sometido a juicio por el asesinato de su pareja pero fue absuelto con el argumento de que el autor se encontraba en estado de “emoción violenta” al hacerlo. En agradecimiento, el músico dedicó esta canción al juez que lo absolvió, el salteño Carlos López Pereyra. Se deduce así que el artículo “la” del título sólo puntualiza que la melodía tiene ritmo de zamba y que no refiere a una mujer, de hecho hay quienes afirman que el título original de esta composición fue “Chilena dedicada al doctor Carlos López Pereyra”.

El sitio “folklore tradiciones”, página declarada de Interés Cultural por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y adherida a la Federación Argentina de Instituciones Folklóricas (F.A.I.F) describe al autor como “un experto pianista”, “compositor bohemio” que recorrió toda su vida las provincias del norte, ocupado de afinar pianos y enseñando.

Según describen, Artidorio “despenó a la causante de sus descontrolados celos… estuvo enamorado hasta los huesos de la víctima de la demencial actitud”, y agregan: “El contexto metafórico no conlleva ni un dejo de despecho, rabia, indignación o algo muy oculto o ‘entre líneas’ que deje entrever ‘algo’ de pequeñez o chatura. Todo el texto es una tristísima elegía de enamoradísimo ser que ante la adversidad irreversible, derrama su alma en cada verso y como remate ruega ‘al Dios piadoso resignación’…”

El portal informativo de Salta, autodenominado “enciclopedia online de la provincia”, confirma la historia del asesinato y de la posterior “salvación” de una cadena perpetua del abogado Carlos López Pereyra para con Don Artidorio, al conseguir la absolución del imputado: “La López Pereyra, himno de los salteños y apropiada por innúmeros conocidos e ignotos intérpretes, sigue viva y con muy buena salud en la memoria del pueblo. Ojalá todos los dramas pasionales dejaran canciones de este calibre”, aseguran.

El año pasado bajo el título “Revelaciones en torno de La López Pereyra”, el diario El Tribuno publicó una nota en su sitio de espectáculos donde se hacen eco de la historia. “Considerada un himno, habla de un heroísmo amoroso masculino que hoy se considera bajo la figura de ‘femicidio’”, señalaban en sus líneas. Allí también daban cuenta de la anulación de la condena bajo la figura de emoción violenta, utilizada por primera vez en Argentina. “La figura legal fue extraída de la jurisprudencia francesa y por primera vez aplicada en nuestro país”.

Semillas de la violencia

Es oportuno entender que las sentencias son también mensajes para toda la sociedad, de allí parte este análisis sobre el atenuante de la “emoción violenta”, que se utilizó en el caso de la historia que cuenta “La López Pereyra”, y que sigue hoy en día generando puntos de vista diversos cuando hablamos de su aplicación en casos de femicidios.

Al realizar una lectura de cómo el cancionero popular esconde la violencia machista en nombre del amor romántico, el licenciado en comunicaciones y cantor solista Diego Herrera al ser consultado sobre el aspecto simbólico de La López Pereyra para el cancionero salteño, señaló: “Es complejo porque la letra es una canción de amor, pero la historia del autor es poco conocida. Creo que la mayoría de la gente no la conoce por lo tanto al no saber la historia, a mi entender no creo que se avale el femicidio. Me parece que la lectura que se hace es que es una zamba, con una historia de amor no correspondida”.

Desde el aspecto legal de la figura de emoción violenta la letrada Antonieta Plaza opinó: “Las abogadas que defendemos los derechos de las mujeres no podemos estar de acuerdo con la figura de emoción violenta, aunque es legal. Hay abogados que defienden a asesinos de mujeres y la utilizan, es una veta de la cual se valen para ejercer sus estrategias. Lo importante aquí es hacer hincapié en la prevención de la violencia siempre, para eso necesitamos las leyes que de hecho las tenemos, pero para prevenir necesitamos políticas públicas”.

Culpar a la víctima

“El criterio del Juez evalúa que la causa externa que provoca la emoción violenta es condición suficiente para el desenlace, lo cual incurriría en una justificación y atenuación del accionar asesino”,  explica la licenciada Marcela Deheza psicóloga y terapeuta Gestáltica en referencia a los varios casos de femicidios en donde la justicia mermó la pena a los femicidas aplicando la figura de “emoción violenta”.

“Es importante reflexionar que esta figura se aplica a los hombres (sin un cuadro psicopatológico) que asesinan provocados por una causa externa que lo justifica en apariencia. Cuando una mujer asesina, por ejemplo, en defensa propia o ante una situación de infidelidad (que son significativamente excepcionales), esta figura no es un atenuante que se aplique”, explica la psicóloga.

A más de un siglo de su creación, la canción salteña sigue vigente aunque su historia no sea muy conocida. ¿Qué cantamos cuando la cantamos? ¿Es simplemente otra historia de amor no correspondido? considerando que, señala Deheza: “el Derecho es una creación cultural, podemos decir, que a pesar de todos los intentos sociales, culturales y jurídicos por proteger a mujeres y niñas/os de quienes ejercen la violencia contra ellos, existe una resistencia machista/patriarcal, fuertemente enraizada en nuestra cultura”.

El amor romántico impone un tipo de afecto que, se presume, ha de ser para toda la vida (te querré siempre), exclusivo (no podré amar a nadie más que a vos), incondicional (te querré pase lo que pase) e implica un elevado grado de renuncia (te quiero más que a mi vida). Allí anida la importancia de seguir desmontando los mitos de este amor romántico idealizado, difundido también a través de relatos literarios, películas  y canciones.