Por A. Bogado

Fueron 43 años, nada menos. Hasta que un día después -en un trabajo titánico del fiscal Amad- el personaje que más poder tuvo en Salta durante muchísimo tiempo, estuviera sentado en el único lugar  donde debía estar: el banquillo de los acusados. Se produjo entonces, una bisagra en la historia de la Justicia Federal y de la historia de Salta. Como era de esperar, en su descargo echó la culpa a otros. Y hasta se permitió criticar a las Fuerzas Armadas a las que sirvió con vergonzoso servilismo. Pretendió justificar por qué juró por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional, que rigió durante la dictadura y se ponía por encima de la Constitución Nacional. A veces, la senectud sirve para que quien mira a un anciano se compadezca o tenga misericordia de él. No es el caso de Ricardo Lona, cuya soberbia y cinismo generan una profunda repugnancia, cuando aún se lo ve conservar esa apostura castrense y el tono imperativo de los mandones de otra época. Dijo que no buscaba clemencia, sino justicia.

No pasó desapercibida junto a él, la presencia del ex gobernador constitucional Hernán Cornejo, quien fue a acompañarlo en su última etapa patibularia y a justificar que “Dicky”, no podía hacer otra cosa en aquel tiempo. Atrás dejó este ex mandatario salteño, el conocimiento de que se investigaba la desaparición de un gobernador constitucional, y que que si Lona no quería -o según él no podía hacer más de lo que hizo- si tenía algo de dignidad, podía haber renunciado. Más aún cuando el 11 de marzo de 1976 todavía no se había producido el golpe de estado. La complicidad con la desaparición de Miguel Ragone, le sirvió de trampolín el entonces único juez federal, para que luego los militares lo confirmaran en el cargo.

También omitió Hernán Cornejo el detalle que Lona no mencionó: explicar qué hacía veinte minutos después del secuestro, tocando el timbre en la casa de Ragone para entregarle a doña Clotilde Suárez, un mocasín ensangrentado de su marido. ¿Por qué no explicó -cuando pidió justicia en vez de clemencia- cómo sabía del asunto con anticipación cuando no era él, Ricardo Lona,  el juez competente y aplicó la tenebrosa ley 20.840 que permitió que miles de personas fuesen desaparecidas y masacradas durante  la dictadura? ¿Por qué no explicó cómo es que ordenó que la policía fuese hacia La Caldera, cuando todos los partes preventivos y los testigos del secuestro, señalaron que el auto de Ragone había sido abandonado en Cerrillos?  ¿Por qué no dijo a esta altura de su vida, que él sabe cuál fue la suerte de Miguel Ragone? ¿Porqué no dijo que a los pocos días sobreseyó la causa y la volvió a reabrir unos días diez años más tarde, para luego excusarse? Y siguen las preguntas sin respuestas: ¿Por qué ponderó con tanto énfasis al fiscal Ricardo Toranzos, y criticó al fiscal Carlos Amad, si este último fue quien continuó la investigación que en su momento llevó a cabo Toranzos?

Todos estos interrogantes nos llevan a la conclusión, como dijo Nora Leonard, que fue una pena que no se lo condenase también por la horrenda Masacre de Palomitas, en la cual dio por escrito la orden de traslado de las víctimas para que fuesen aniquiladas. En cuarenta y tres años, Lona hizo todo lo que estuvo a su alcance para desintegrar cualquier posibilidad de avance de esa causa, porque allí existe la prueba de que los genocidas Mulhall, Gentil y Grande, declararon ante el Consejo Supremo de la Fuerzas Armadas en 1984 que “por orden escrita del juez federal Ricardo Lona, se procedió a ese traslado”.

En la jornada de lectura de la sentencia, causó asco y estupor que los familiares de las víctimas del genocidio se hayan quedado en su mayoría fuera de la sala que lleva precisamente el nombre de Dr. Miguel Ragone y en cambio, se haya permitido ingresar a los partidarios de Lona, que con su presencia aplaudieron y avalaron, todos los horrores que Lona permitió y que leyó el fiscal Amad en su valiente requisitoria. Son los mismos que amenazaron a un cronista, le pegaron a un fotógrafo e insultaron a mansalva, poco acostumbrados a la vida democracia. Es mas, no pudo faltar la presencia de un ex presidente de la Caja de Abogados hasta hace poco tiempo -hoy abogado de Lona en el albaceazgo de Pereyra Rozas- sentado en primera fila brindándole su apoyo.

Ricardo Lona fue condenado a 15 años de prisión, al considerar que, como magistrado a cargo de la investigación del secuestro y desaparición del gobernador Miguel Ragone, llevó adelante una serie de acciones y omisiones que tuvieron como objeto asegurar la impunidad de los autores y partícipes de ese hecho, en el que también resultó asesinado un hombre y herida una mujer, ambos testigos del ataque ocurrido el 11 de marzo de 1976. La lectura de los fundamentos se realizará este martes 8 de octubre. Detalles que la sociedad salteña no puede olvidar: además de haber sido uno de los protagonistas principales de las aberraciones cometidas por la dictadura militar en Salta, Lona debió renunciar a la Justicia Federal por la apropiación a mansalva y con absoluta incompatibilidad de su cago, que hizo de la herencia de César León Pereyra Rozas. ¿Aplaudirán también este latrocinio quienes fueron a darle vivas? Tal vez algún día Salta sepa definitivamente la verdad sobre este personaje, y entonces sí dejará a un lado el pedido de justicia, para pasar a pedir clemencia.

 

OPCION 1: RECUADRO CHICO

Médico y último gobernador electo de Salta previo al golpe cívico militar, Ragone fue interceptado el 11 de marzo de 1976, cerca de las 8.00 horas, cuando conducía su Peugeot 504 poco después de dejar su casa. Los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y luego, desvanecido, lo tiraron en la parte posterior del vehículo. Mientras todo ocurría, la empleada de comercio Margarita Martínez y el comerciante Santiago Arredes, propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría. Arredes, incluso, salió en defensa de Ragone. Los captores dispararon contra ambos: mataron a Arredes de un disparo en el pecho e hirieron a Martínez con una ráfaga de ametralladora. En octubre de 2011, el TOF de Salta condenó por este hecho a prisión perpetua a los ex jefes policiales Joaquín Guil,  Miguel Gentil y Carlos Alberto Mulhall.

 

OPCION DOS: RECUADRO GRANDE

Médico y último gobernador electo de Salta previo al golpe cívico militar, Ragone fue interceptado el 11 de marzo de 1976, cerca de las 8.00 horas, cuando conducía su Peugeot 504 poco después de dejar su casa. Los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y luego, desvanecido, lo tiraron en la parte posterior del vehículo. Mientras todo ocurría, la empleada de comercio Margarita Martínez y el comerciante Santiago Arredes, propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría. Arredes, incluso, salió en defensa de Ragone. Los captores dispararon contra ambos: mataron a Arredes de un disparo en el pecho e hirieron a Martínez con una ráfaga de ametralladora. En octubre de 2011, el TOF de Salta condenó por este hecho a prisión perpetua a los ex jefes policiales Joaquín Guil,  Miguel Gentil y Carlos Alberto Mulhall.

Los represenantes del Ministerio Público Fiscal realizaron un pormenorizado análisis de las irregularidades cometidas por el ex magistrado a la hora de investigar las circunstancias que rodearon el secuestro de Ragone. Indicaron que Lona omitió adoptar medidas procesales elementales, como por ejemplo citar a declaración testimonial a un hombre que, en la jornada previa, había advertido personalmente a Ragone que sería secuestrado con el apoyo de un comando que había partido desde Córdoba, del que había sido informado por un militar. Tampoco citó a declarar a la esposa de la víctima, ni a su hija —cuya casa fue igualmente allanada— ni a personas de su entorno. Incluso, la testigo Martínez de Leal, herida durante el atentado, no fue escuchada, al igual que los familiares de Arredes, quien resultó asesinado. El 31 de mayo de 1976, a poco más de dos meses de producido el hecho y apenas a doce días de la recepción del sumario policial en el Juzgado a su cargo, Lona dispuso el sobreseimiento provisional de la causa, sin haber ordenado ninguna medida de prueba y sin haber corrido vista al procurador fiscal. A doce días de la recepción del sumario policial en el Juzgado a su cargo, Lona dispuso el sobreseimiento provisional de la causa, sin haber ordenado ninguna medida de prueba.

El fiscal Amad indicó que las pruebas vertidas en el debate corroboran que Lona tenía un «pleno y pormenorizado» conocimiento de las circunstancias históricas que rodearon la persecución y posterior secuestro y desaparición de Ragone, lo que torna «inaceptable» la idea de su supuesto desconocimiento, esgrimida por su defensa. «Estamos ante un supuesto de ‘ceguera intencionada’ (“willful blindness”) que de ningún modo excluye el dolo típico», concluyó. «Hay que ser claros en este punto: no se está exigiendo una actitud heroica frente al terrorismo de estado; se está reclamando que no cumplió con su mandato, con su deber y con ello contribuyó en los resultados lesivos», ponderó el fiscal. Y agregó: «Éstos acontecimientos precedentes, que se proyectaron en los futuros acontecimientos históricos, hacen posible considerar el carácter esencial que tuvo la conducta del acusado, como una pieza más del engranaje del plan del terrorismo de estado, que no pedía de él, nada más y nada menos, que no avanzara en las investigaciones en pos de dilucidar secuestros, torturas, desapariciones y asesinatos. En la compleja maquinaria del terror, la inacción era su parte, para la acción del terrorismo de estado».