Con un recurso extraordinario federal el Ministerio Público revocó un fallo de la corte local y buscará que la Municipalidad de cumplimiento al deber de brindar información pública ambiental. 

 

El traslado del Frigorífico Brunetti (C.I.A.C.S.A.), dispuesto por ordenanza municipal en el año 2008 y varias veces judicializado, llegará a la CSJN luego de que el Ministerio Público revocara un fallo de la corte local a través de un recurso extraordinario federal.

Con esta acción se reestablece la decisión de que la Municipalidad de la Ciudad de Salta «debe dar un íntegro cumplimiento de su deber de brindar información pública ambiental y, en ese sentido, poder continuar ejercitándose las atribuciones constitucionales del Ministerio Público Fiscal”.

En el año 2008 se presentaron vecinos de barrios circundantes al “Frigorífico Brunetti”, solicitando al Concejo Deliberante su erradicación por razones ambientales, sanitarias y urbanísticas. El cuerpo sancionó la Ordenanza N° 13.328, que resolvió trasladar en forma definitiva la empresa y otorgó al Intendente la posibilidad de convenir la manera, con un plazo de 360 días corridos más una prórroga de 180. Una vez cumplidos, no podría operar bajo ninguna forma.

A fin de dar cumplimiento a lo ordenado, la Concejo creó (Resolución N° 119/08 del CD) una Comisión de Seguimiento, con funcionarios municipales, provinciales, invitados de la Universidad Nacional y vecinos.

A su vez, el Ministerio Público Fiscal intervino ante la denuncia del presidente del Consejo Vecinal del barrio San Rafael y otros vecinos por la presencia de olores nauseabundos y vertido de restos de animales al arroyo Isasmendi. El Juzgado de Instrucción Formal de 6ta. Nominación resolvió la desestimación y archivó la causa planteada por la Fiscalía Penal N° 8.

La Procuración General continuó requiriendo informes a la Comisión de Seguimiento para asegurar el cumplimiento del traslado.

A su vez C.I.A.C.S.A. planteó contra la Municipalidad de Salta un amparo, buscando que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza de erradicación. Fue rechazado tanto por el Juzgado de Primera Instancia, la Corte de Justicia de Salta y finalmente por la Corte Suprema de la Nación.