La municipalidad remitió a Edesa una carta documento exigiéndole un plan de cableado subterráneo para la ciudad. Así lo exige el nuevo Código de Planeamiento Urbano al que EDESA pretendió declarar inconstitucional, aunque el fallo de la Corte de Justicia de Salta favoreció a la Municipalidad.
La Municipalidad de la Ciudad de Salta a través de su Procurador, Aníbal Anaquín, envió hoy una carta documento a la empresa Edesa con un plazo de respuesta máximo de cinco días. En la carta documento se indica textualmente que en cumplimiento de los artículos 261 y 262 del Código de Planeamiento Urbano Ambiental (CPUA), a partir de la puesta en vigencia del presente código, “queda prohibida la ejecución de instalación aérea en los distritos AC1, AC2, AC3 y AC4 (Área centro) establecidos en el Plano de Zonificación de Usos del Suelo”.
El Procurador municipal dijo que “hay que recordar que cuando salió el Código de Planeamiento Urbano, a través de cuyos artículos ordenan el cableado subterráneo, Edesa presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia de Salta. En ese proceso judicial nosotros defendimos la constitucionalidad de la norma y el fallo salió favorable a la Municipalidad”. Más adelante, precisó que “la actitud omisiva de Edesa, no solamente ha ido por el lado judicial, sino que como no han encontrado respuestas en la vía judicial, siguen haciendo caso omiso a nuestras presentaciones”.
A partir de la recepción de la carta documento, Edesa puede aguardar para responder en un plazo máximo de cinco días. Al cabo de ello, si esa empresa persiste en no cumplir, se iniciará una acción judicial o incluso se ejercitarán acciones a cargo de la compañía, según explicó Anaquín.