El diputado nacional había admitido que tenía conocimiento de la situación del empresario Matías Huergo antes de que comenzara la causa. El concejal Luis López lo denunció penalmente por «Incumplimiento de deberes de funcionario público».

La causa que se sigue contra el empresario Matías Huergo suma un nuevo capítulo. El concejal capitalino Luis Raúl López denunció penalmente al diputado nacional y empresario mediático Martín Grande por «incumplimiento de deberes de funcionario público».
El conductor radial había manifestado días atrás que tenía conocimiento de la situación de Matías Huergo, con quien mantenía una amistad, y hasta llegó a advertirle que estaría preso «un tiempo largo». En declaraciones radiales que quedaron asentadas en el texto de la denuncia, Grande había manifestado: «Se lo dije en febrero: esto es un problema grave y si fuiste parte de una organización deberías decir la verdad y decir cómo era, porque sino el único salame que va a quedar en este sandwich sos vos».
Tras la detención del ex director de LuSal, el diputado nacional salió a reconocer por diferentes medios que mantuvo una relación de amistad con el imputado, quien a su criterio «no desempeño el rol de cabecilla ni de lider de la asociación ilícita». La pregunta que el concejal plantea a la justicia es ¿cómo lo sabe?
De esta manera, el diputado nacional dejó entrever que el empresario era parte de un engranaje todavía mayor: «Son varios más, y estos varios más pertenecían a administraciones provinciales y municipales (…) esto se creó desde el Estado, no desde la parte privada. Es el Estado corruptor el que llama a los empresarios y les dice: esto va a ser así».
Grande también reconoció haber advertido a Huergo sobre su situación: «Acordáte que el hijo de la pavota sos vos, si alguien va a ir preso sos vos» le habría dicho.
Según se aclara en la denuncia hay un proceder ilegítimo por parte de Martín Grande al omitir su obligación como funcionario público de poner en conocimiento de la justicia la supuesta comisión de delitos contra la administración pública.
Tales acciones están encuadradas dentro del art. 248 del código penal que establece: «será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictara resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o resoluciones cuyo cumplimiento le incumbiere.

A su vez, el art. 177 del código procesal penal de la nación prevé: «tendrán obligación de denunciar los delitos proseguibles de oficio: los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones».