Mientras que el hijo del músico de Los Nocheros llegó a juicio con prisión domiciliaria, Santos Clemente Vera continúa detenido con una sentencia que no está firme absuelto por el Tribunal de Juicio pero condenado por el Tribunal de Impugnación.
Por Andrea Sztychmasjter
Hace dos semanas durante la presentación de la investigación de su hija Jean Michel Bouvier volvió a exigir la liberación e indemnización de Santos Vera, condenado por los femicidios de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni absuelto en primera instancia por el Tribunal de Juicio integrado por los jueces Ángel Amadeo Longarte, Bernardo Ruiz y Carlos Héctor Pucheta pero condenado por el Tribunal de Impugnación a nombre de los jueces Rubén Eduardo Arias Nallar y Luciano Martini.
Dos años después de la absolución a Santos Vera con idéntica prueba pero con una valoración diametralmente opuesta a la de los jueces Longarte, Ruiz y Pucheta, los jueces Nallar y Martini condenaron a prisión perpetua a Vera e hicieron lugar a un recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal.
Fue durante los alegatos del fiscal Sergio Federico Obeid en el juicio contra Lautaro Teruel y dos amigos que el representante del Ministerio Público Fiscal citó el fallo “conocido como el de las turistas francesas” en donde se revocó el sobreseimiento del imputado Vera y se lo condenó sin que se encuentre firme la sentencia. En aquel fallo se ordenó además su detención y el alojamiento en la unidad penitenciaria aun cuando, repetimos, la sentencia al día de hoy no se encuentra firme.
El fiscal Obeid citó este fallo para pedir igualdad de condiciones al sostener las imputaciones que realizara la Fiscalía contra Teruel y sus amigos y en base al pedido de condenas criticó que los imputados hayan llegado a juicio con prisión domiciliaria.
En Junio de 2014, apenas conocido el fallo por el doble femicidio de las mujeres francesas, Obeid, interinamente a cargo de la Fiscalía de Juicio y Ejecución Nº2 junto a un equipo, realizó la presentación de un recurso de casación en contra de la sentencia.
La Sala III del Tribunal de Impugnación dio lugar y revocó la sentencia que condenaba a Gustavo Orlando Lasi a 30 años de prisión efectiva y absolvía por el beneficio de la duda a Santos Clemente Vera y a Daniel Octavio Vilte Laxi por el delito de doble homicidio calificado criminis causa con abuso sexual agravado y robo calificado en concurso real.
Se condenó a prisión perpetua a Lasi y a Vera, procediendo a su detención. En tanto, se sostuvo la absolución de Vilte Laxi por el beneficio de la duda.
Consultado por lo resuelto en este fallo, Obeid sostuvo que había conformidad desde el Ministerio Público Fiscal ya que se expresa en el mismo, lo solicitado en el recurso de casación presentado.
En el caso de Vera queda expuesto que avasallando sus garantías de inocencia ni siquiera se le dio la oportunidad de ser escuchado y los jueces a pedido de la Fiscalía decidieron mandarlo a prisión sobre la base de presunciones.
Qué jueces
El doctor Arias Nallar al momento de dictaminar la condena que hoy pesa sobre Vera llevaba solo cuatro meses en el cargo, anteriormente se desempeñaba como asesor del senado del Bloque Justicialista, mientras que el doctor Martini Bonari es hijo de la jueza de la corte Sandra Bonari e hizo sus primeras armas en la carrera judicial de la mano de Guillermo Catalano, presidente del máximo tribunal. Desde 2014 es juez de impugnación y preside la Asociación de Jueces del Poder Judicial desde 2018.
Este año Martini demandó a la ex senadora Sonia Escudero y actual convencional constituyente por calumnias e injurias y daños y perjuicios. Martini en su denuncia le solicitó el pago de 5 millones de pesos, el embargo de todas sus propiedades y el impedimento para salir del país.
Escudero había publicado la columna «Cómo matar al mensajero» en la que hacía referencia al apartamiento de la fiscal de Derechos Humanos Verónica Simensen de Bielke de la causa por la que se imputó a Walter Ezequiel Omar Mamaní, comisario de Apolinario Saravia, por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica y vejaciones agravadas.
«El nombre de Mamaní aparece públicamente involucrado en las irregularidades cometidas en la investigación del crimen de las jóvenes francesas, Cassandre Bouvier y Houria Moumni en 2011. Mamaní es el policía que plantó unos casquetes de balas en el Mirador, lugar de encuentro de los cuerpos, y plantó el arma que correspondía a esas balas en la casa de un vecino de San Lorenzo de apellido Sarmiento», señaló Escudero en su columna periodística.
Escudero indicó que tras el apartamiento de Simensen de Bielke, recordó que «Martini condenó a Santos Clemente Vera con las mismas pruebas que el Tribunal de Juicio lo sobreseyó. También recordé que Martini fue el primer presidente de la Asociación de Jueces que decidió cambiar la constitución para darle perpetuidad a los jueces con una sentencia judicial».
Qué pruebas
Para condenar a Santos Vera, Arias Nallar y Luciano Martini valoraron particularmente la prueba genética en la causa y el propio testimonio del principal imputado Gustavo Lasi. Hubo serias denuncias de pérdida de material genético del poder judicial salteño y la no preservación adecuada de las pruebas que después inculparían a Santos Vera. De hecho las pericias de parte realizadas en Francia determinaron que tanto para el perfil autosómico como el marcador de cromosoma Y, son negativos para Vera.
En las pericias salteñas en cambio solo se encontró prueba del marcador del cromosoma Y. La perita en Criminalística Florencia Adorante que asesoró en la causa explicó que “Esto no lo identifica a él, sino a su linaje paterno”. A la hora de brindar respuestas sobre esa posible presencia, explicó: “Vera y Lasi son primos lejanos por lo que tienen un parentesco en común”. Y también contextualizó: “Sus familias están enemistadas desde 1993 cuando se denunciaron unas a las otras”, explicó. Esto podría dar sentido al porqué de la acusación de Gustavo Lasi contra Vera.
Al cambiar la condena para Vera los jueces determinaron que “Así como en el caso de hallarse un cromosoma autosómico la sana crítica racional permite descartar generalmente al factor fortuito, de similar manera, en virtud de la escasa probabilidad que el cromosoma ‘Y’ hallado se repita en otros componentes de la población, y siendo éste un aspecto comprobado, en autos no puede asignarse efectos preponderantes al azar y, por los demás elementos colectados, es dable afirmar con alto valor probatorio que dicha huella genética corresponde a la patrilínea de Vera”.
Y agregaron que “si bien es cierto que la trasmisión en bloque del cromosoma ‘Y’ impone afirmar que, científicamente, su presencia es indicativa de la participación en los hechos investigados de cualquier descendiente u ascendiente de un origen patriarcal común, no es menos cierto que es Santos Clemente –y no otro Vera- el sujeto que, además de pertenecer a esa estirpe, fue indicado como coautor de los aberrantes hechos que terminaron con la vida de Cassandre Bouvier y Houria Moumni”.
“Gustavo O. Lasi y Santos Clemente Vera resultan coautores materiales y jurídicamente responsables de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego, abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas y el uso de arma (dos hechos) y homicidio “criminis causae” (dos hechos), todo en concurso real”, dijeron los jueces.
Jean Michel Bouvier llevaba más de una década solicitando que la investigación de su hija Cassandre fuera publicada y retomada por otros académicos. El estudio titulado “La Nicaragua de los Sandinistas – Un espejo de la transición democrática española” finalmente fue presentado durante un acto en el campus Condorcet, de la Universidad Sorbonne Nouvelle de París. Las víctimas eran estudiantes del Instituto de Estudios Superiores de América Latina (Iheal) y, anteriormente, habían sido recordadas por autoridades de esa institución educativa como “dos jóvenes brillantes que dedicaban su talento y su energía en estudiar América Latina, donde fueron brutalmente asesinadas”.
Respecto de la pena, en tanto, los jueces de impugnación citaron precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y dijeron que resulta aplicable la prisión perpetua. “La Corte Suprema de Justicia Nacional ha dicho que la inconstitucionalidad de las normas infraconstitucionales pueden derivar de dos razones, porque la norma sea en si misma opuesta a la Constitución Nacional y porque su interpretación, inteligencia o entendimiento tal como se expresa en la resolución o sentencia impugnada se encuentre en conflicto con aquel plexo superior”.
Por ello sostuvieron que “al hecho constitutivo de uno de los delitos más graves del Código Penal, debe aplicarse la pena prevista para él. La misma guarda relación de proporcionalidad con aquél y las circunstancias de la causa”.
Respecto de la orden de detención de Santos Clemente Vera, los jueces advirtieron que la resolución no se encuentra firme y consentida pero al modificarse la situación surge “un patente, evidente e innegable peligro de fuga y, consecuentemente, de daño al proceso”.
Qué sabe Lasi
El primer imputado hoy condenado a prisión perpetua Gustavo Lasi, trabajaba en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a cargo de Francisco López Sastre, donde hacía tareas técnico administrativas en el Programa de Fiscalización y Control de la Secretaría de Política Ambiental. Lasi mantenía además una enemistad manifiesta y conocida con la familia Vera.
Al ser detenido Lasi declara e inculpa a Santos Vera. Esa declaración es la que fundamenta el procesamiento, la acusación y la condena en casación a Vera. Eso sumado a un informe del oficial Rodrigo Emanuel Bautista.