En Salta, a pesar del debut de la ley de paridad, la participación de mujeres se redujo alrededor de 5% en ambas Cámaras, siendo la composición actual de un 13% en el Senado y 20% en Diputados. (Andrea Sztychmasjter)
En las cámaras bajas o legislaturas unicamerales provinciales el promedio de participación de mujeres es de un tercio (33%), justo por encima del piso del 30% en las listas que establece la mayoría de los sistemas electorales provinciales. No obstante, ya son diez las provincias que cuentan con leyes de paridad de género en las listas de candidatos entre las que se encuentra nuestra provincia junto a Córdoba, Santiago del Estero, Río Negro, Buenos Aires, Neuquén, Chubut, Catamarca, Santa Cruz y Mendoza.
Durante la década del 90, específicamente desde la aprobación de la Ley 24.012 de cupo femenino en 1991, la participación de mujeres creció considerablemente. Aquella ley estableció un piso de 30% de mujeres en las listas legislativas. Sin embargo, la aplicación del cupo femenino en el Senado se retrasó hasta 2001, año en que la elección comenzó a ser directa. Luego del impulso inicial, durante la última década se han registrado oscilaciones en la participación femenina en ambas Cámaras, sin superar nunca el 45%.
En 2017 se produjo un hito en el tema al sancionarse por ley la paridad de género para las listas de cargos electivos y partidarios. De esta manera, las listas legislativas deberán tener, a partir de 2019, el 50 por ciento de candidatas mujeres de forma intercalada y secuencial. Los datos se desprenden de una investigación realizada por Natalia Del Cogliano y Danilo Degiustti del Observatorio político electoral.
En los casos de Buenos Aires y nuestra provinca, la normativa se aplicó por primera vez en las elecciones de renovación legislativa de 2017, por lo que su efecto sólo se ve actualmente sobre la mitad de la Cámara. En Salta, a pesar del debut de la Ley de paridad, la participación de mujeres se redujo alrededor de 5% en ambas cámaras, siendo la composición actual de un 13% en el Senado y 20% en Diputados.
En nuestra provincia la normativa que rige es la Ley 7.955, la misma estipula la paridad como alternancia y secuencialidad. Significa que la postulación de precandidatos y candidatos deberá respetar la igualdad real de oportunidades garantizando la participación equivalente de géneros para el acceso a cargos electivos. En las listas deberán ubicarse indefectiblemente después de cada precandidato o candidato de un género otro del género distinto, y así sucesivamente, observando siempre la misma proporción. El género de lxs candidatxs estará determinado por su documento de identidad independientemente de su sexo biológico.
Actual composición provincial
En la Cámara de Senadores de Salta, actualmente hay 3 mujeres: Silvana Abiles de La Caldera, Cannuni Nora del departamento de San Martín y María Laura de la Zerda de Cerrillos. Para el caso de Abiles, la senadora fue cuestionada en muchas oportunidades por organizaciones de mujeres, por la postura antiderechos que encaró. Entre ellas estar en contra de un derecho básico a la salud como el acceso a los abortos no punibles y a la reciente ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Lo que demuestra que las candidatas mujeres que acceden a lugares legislativos no siempre terminan defendiendo los derechos femeninos.
En Diputados hay 12 mujeres entre 60 bancas: Isabel De Vita, Betty Gil, Rosana Guantay, de La Caldera; Norma Lizárraga, de Orán; María del Socorro López, de Chicoana; Gladys Moisés, de Metán; Alejandra Navarro, de Anta; Gladys Paredes, de San Martín; Argentina Margarita Ramírez, de Orán; Cristina del Valle, de San Carlos; Bettina Romero y María Silvia Varg, de Capital.
Ellas en su mayoría representan a alianzas tradicionales del PJ, los bloques del Frente para la victoria, el PRO-Cambiemos y un Cambio para Salta. Ni la UCR ni el Partido Obrero poseen representantes femeninas actualmente.
Radiografía anterior
Un trabajo arduo de investigación de Alicia Ramos y Veronica Spaventa: “De derechos y participación política de las mujeres en Salta”, realiza la composición de la Cámara de Diputados durante los años 1983-2009.
El trabajo señala que con excepción del año 2005 (año en el que se incorpora un porcentaje de mujeres que respeta el 30% de participación política femenina garantizado por ley), no hay variaciones sustantivas respecto de la representación de las mujeres en la Cámara de Diputados luego de la entrada en vigencia de la Ley de Cupo Femenino provincial.
Los porcentuales relevados en las Actas de Proclamación de Candidatos/as del Tribunal Electoral de la Provincia no superan en ningún año el 20% de representación femenina, y nos arrojan un promedio de 14,7% de mujeres electas en cada Acto Eleccionario comprendido en el período de tiempo analizado en el trabajo mencionado.
De esta manera se observa que en Salta a pesar de las leyes sancionadas no se cumplió ni se cumple con ellas. Respecto a las conducciones que han asumido las mujeres dentro de Diputados, el informe señala que solo una mujer accedió a la Vicepresidencia del Cuerpo en virtud de un reemplazo (licencia de su titular). En relación a la producción legislativa el trabajo señala que siempre existió muy poca incidencia con perspectiva de género de los proyectos presentados.
Así, los datos reflejan que pese a los avances producimos en materia de legislación de leyes muchas veces éstas no se cumplen. Por lo tanto la real participación de las salteñas en la política todavía se encuentra como materia pendiente.