Cincuenta y cinco abogados que intervienen en causas vinculadas a crímenes de lesa humanidad, denunciaron a los camaristas que desprocesaron a Pedro Blaquier, el empresario acusado de suministrar vehículos de su ingenio a militares que secuestraron, torturaron y desaparecieron a obreros del ingenio Ledesma.

La periodista de Página 12, Alejandra Dandan, publicó hoy una nota que muestra que la batalla contra el fallo que desprocesó a Carlos Pedro Taddeo Blaquier sigue en pie.

El empresario había sido beneficiado con la falta de mérito por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal en dos causas por crímenes de lesa humanidad, pero el viernes 17 de julio, 55 abogados de causas de lesa humanidad de todo el país presentaron una denuncia ante el Consejo de la Magistratura contra los tres camaristas que intervinieron: Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi.

 La denuncia consideró que incurrieron en las figuras de mal desempeño y comisión de delito por haber ingresado al fondo de una causa cuando –según abogados y fiscales– no correspondía. “La decisión que tomaron los jueces evidencia que en este caso existió una intervención de excepcionalidad sin razón alguna que lo justifique o fundamente, y por tanto absolutamente inadmisible”, señalaron. Y luego de preguntar “¿cuál sería entonces la razón de la excepción?” advirtieron: “Resalta a simple vista que uno de los imputados es una persona de enorme poder, económico y político, lo cual lo hace beneficiario de algún tipo de privilegio judicial”. Ahora la denuncia avanzó un casillero: el Consejo sorteó la causa entre sus integrantes y la suerte dejó la causa en manos del senador y ex gobernador radical por el Chaco, Angel Rozas.

La Cámara Federal de Casación intervino en las dos causas que se le seguían a Blaquier y al administrador del ingenio, Alberto Lemos, por su complicidad en el secuestro y tormentos cometidos en dos causas distintas contra un total de 39 personas, ocurrido entre marzo y julio de 1976. La empresa Ledesma colaboró prestando sus vehículos para los traslados ilegales, dato que también confirmó la Casación. Pero los casacistas decidieron quitarles culpas a los hasta ahí procesados porque dijeron que podrían no haber sabido, es decir, que no había dolo probado, para entender para qué iban a usarse los vehículos. La discusión central desde entonces es por qué la Casación se puso a opinar sobre ese tema que debía ser analizado en el juicio oral. Fiscales y abogados señalan que se excedieron en la respuesta al habilitarse a sí mismos como instancia excepcional cuando en realidad no estaban las condiciones para hacerlo. Es decir: no había causa cerrada por una sentencia sino que la causa estaba en proceso; ni había una persona detenida porque ambos transitaban el juicio en libertad.