El círculo de la impunidad precisa de tiempo pero siempre se concreta. Un informe empezó a tramitarse en agosto de 2010 y se publicó en agosto de 2013 cuando los técnicos recomendaron la intervención de la justicia. Dos años después, las autoridades de la Auditoría mandaron a archivar la causa. (Aníbal Roldan)

El “asunto” con el que los auditores identificaban el expediente era el siguiente: “Auditoria Financiera y de Gestión en el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable – Convenio Marco BID s/contrataciones, ejecución, seguimiento y monitoreo de Obras de Ingeniería Sanitaria. Periodos 2008 y 2009”. Traducido, eso significaba que los técnicos debían evaluar la forma cómo el Ministerio de Ambiente y distintos municipios salteños instalaban rellenos sanitarios para el depósito de basura con dinero del Banco Interamericano de Desarrollo.

Las conclusiones del informe eran lapidarias y fueron reveladas por este medio. Publicado en la web del organismo en agosto de 2013, se advertía un posible fraude económico contra el fisco por parte de varios municipios, que las obras estaban tan mal hechas y el daño ambiental era inevitable y contaban con pésimos manejos de los fondos. Cuando las irregularidades son tantas, los técnicos hacen lo que hicieron aquella vez: solicitar que se procediera a una investigación sumarísima (prevista en la Ley Nº 7103) “a fin de iniciar las acciones administrativas y judiciales (civiles y penales) que pudieran corresponder”.

Desde agosto de aquel año a diciembre de 2014 el expediente quedó atrapado en la maraña burocrática del organismo. Finalmente, en noviembre de 2014, la presidencia corrió vista del documento al área de Sumarias, la Gerencia que debe dictaminar si lo que los técnicos recomendaban era válido o no. Un mes después ésta devolvió el expediente a la presidencia con un dictamen que la misma avaló el 2 de marzo pasado, concluyendo que “no hay acción civil que ejercitar, ni denuncias penales que radicar, debiéndose proceder al archivo de las actuaciones”.

Rodeo necesario

El tratamiento del informe que daba cuenta de las irregularidades denunciadas por los técnicos de la auditoria se publicó en este medio en febrero pasado. Allí se consignaba que las obras evaluadas correspondían a los municipios de Mosconi, Tartagal, Gral. Ballivián, Coronel Solá (Morillo), Aguaray, Embarcación, La Unión, Rivadavia Banda Sur, Animaná, San Carlos, Cafayate, Tolombón, Hipólito Irigoyen – Pichanal, Colonia Santa Rosa, Isla de Cañas y Los Toldos; y que para empezar debía celebrarse un convenio entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo y cada Municipio, en el marco del Convenio de Préstamo, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el BID. Allí se establecían las pautas generales y las obligaciones asumidas por cada una de las partes, además se incluía que el “Municipio está obligado a afrontar, con recursos propios, los gastos que demande el mantenimiento de las obras. En caso de incumplimiento de esta obligación, el mantenimiento será efectuado directamente por la Provincia, con cargo al Municipio, pudiendo aquella descontar de la coparticipación de impuestos asignada al Municipio, los gastos en que hubiere incurrido para el mantenimiento de las obras”.

En los anexos del informe se incluía una sección con fotografías que mostraban las irregularidades; mientras el segundo aparecían los recuadros de los importes faltantes que increíblemente -en la web del organismo- terminaba en el cuadro 12, aunque las irregularidades se detallaban en los cuadros 13 al 25 al que este medio llegó por otras vías. En ellos se dejaban constancia que la obra de Tartagal – General Mosconi estaban sin uso al momento de la auditoría, que presentaba diversas fallas y un deterioro calculado en un 7%. En General Ballivián y Coronel Solá, Aguaray, Embarcación, La Unión y Rivadavia Banda Sur tenían un deterioro del 49%; mientras en la de Animaná, Cafayate, Tolombón y San Carlos eran del 10%; Colonia Santa Rosa 13%; Isla de Cañas 25% y Los Toldos, 24,9%. Al momento de la inspección, la obra proyectada para recibir los residuos domiciliarios de Pichanal e Hipólito Irigoyen se encontraba en ejecución.

El deterioro también se medía en pesos. La variable estaba registrada en el recuadro 25 que tampoco aparecía en el informe publicado por el organismo en su página web; pero a cuyas cifras este medio accedió sin que nadie las desmintiera hasta ahora: Mosconi – Tartagal $59.663,12; Ballivián y Coronel Solá, $122.596,20 cada una; Aguaray y Embarcación, $286.524,72 cada una; La Unión y Rivadavia Banda Sur, $137.534,79 cada una; Animaná, San Carlos, Cafayate y Tolombón, $53.271,34; Colonia Santa Rosa, $16.616,11; Isla de Cañas $28.303,87; Los Toldos, $27.695,15; mientras la obra de Hipólito Irigoyen – Pichanal no presenta cifras. Un total de $1.749.509,36 que representaba un 36,24% del costo total que era de $4.828.007,81.

La potencial defraudación fiscal informada por los trabajadores de la auditoria a las autoridades de la misma, fue acompañada por la alarma sobre el daño ambiental que estos deterioros representan: “Los efectos negativos sobre el ambiente, que producen estas conductas, suelen ser percibidos a largo plazo, razón por la cual son subestimados en el presente. El pasivo ambiental que se genera hoy, inevitablemente generará un alto costo a largo plazo y probablemente sea irreversible desde el punto de vista ambiental”, advertían los trabajadores que aclaraban también que cuando hay peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente. Todas esas advertencias quedaron en la nada ante un dictamen firmado por el Gerente de Investigaciones Sumarísimas, Luis Hugo Torres Tamer, quien recomendó a la presidencia archivar las denuncias, cosa que se hizo con toda celeridad.

El dictamen de Torres Tamer es un documento de 46 fojas que tiene una particularidad: todos los entes auditados son absueltos de responsabilidades patrimoniales y penales por considerar que las pruebas son insuficientes; o ponderar que algún documento oficial no fue remitido oportunamente a algunos de los entes evaluados. De allí que un párrafo increíble se repita en el documento: “Estima esta gerencia de Investigaciones Sumarísimas, que con independencia de que, de estas observaciones [las realizadas por los técnicos] surja o no que se haya provocado algún daño al patrimonio del Fisco, o que posiblemente se haya configurado un delito, no debe realizarse la acción civil, ni radicarse denuncia penal previstas en los apartados b) [acción civil] y c) [denuncia penal] del artículo 10 de la Resolución A.G.P.S Nº 20/04”.

Justicia esquiva

El dictamen de la Gerencia y la resolución de la presidencia que ordena archivar las denuncias generan nulas expectativas para otros casos. Cuarto Poder identificó por los menos tres informes definitivos en donde los técnicos del organismo también recomendaron que los expedientes fuesen elevados a la Gerencia a fin de determinar las acciones civiles y denuncias penales que corresponderían a los funcionarios. Curiosamente, de esos tres casos identificados, dos involucraban a intendentes que fueron beneficiados por montos para la construcción de depósitos de basura: Juan Carlos Alcoba de Aguaray, cuya gestión fue evaluada por un trabajo de campo que redactó un informe lapidario publicado en enero de 2014; y Leopoldo Cuenca del municipio de Rivadavia Banda Sur, que tras un informe de gestión con conclusiones no menos lapidarias publicado en diciembre de 2012, también fue objeto de la misma denuncia. No menos famoso es el prostibulario Carlos Villalba, cuya intendencia, tras ser evaluada, fue objeto de un informe publicado en noviembre de 2011 y en la que se recomendaba que la Gerencia analizara las 106 irregularidades que poseía en su gestión.

De los tres casos nada se sabe aún, aunque no resulta descabellado suponer que los sabuesos de la Investigación encontraran algunos errores de forma que les posibilitara redactar lo que ya redactaron en el dictamen de diciembre de 2014:  “Estima esta gerencia de Investigaciones Sumarísimas, que con independencia de que, de estas observaciones [las realizadas por los técnicos] surja o no que se haya provocado algún daño al patrimonio del Fisco, o que posiblemente se haya configurado un delito, no debe realizarse la acción civil, ni radicarse denuncia penal previstas en los apartados b) [acción civil] y c) [denuncia penal] del artículo 10 de la Resolución A.G.P.S Nº 20/04”.

A ello, seguirá un enorme malabarismo técnico que en lo central pondrá el problema no en los sospechosos de dilapidar recursos públicos, sino en aquellos que identificaron las irregularidades: los trabajadores de la Auditoría.