El gobernador creó la “Coordinación Ejecutiva en la Unidad Ejecutora provincial para el relevamiento territorial de Comunidades Indígenas”. El organismo debe realizar un relevamiento ordenado en 2006. El trabajo no realizado era para entregarles la tierra a los pueblos originarios.

El gobierno provincial creó la “Coordinación Ejecutiva en la Unidad Ejecutora provincial para el relevamiento territorial de Comunidades Indígenas”, y nombró al frente del organismo al Dr. Martín Alejandro Tadeo Wierna.
La nueva coordinación creada por Juan Urtubey tiene como principal objetivo realizar el relevamiento territorial, ordenado por la Nación y reconocido por la Provincia en 2006 (hace casi ocho años atrás).
Es cierto que la obligación del relevamiento fue primigeniamente nacional, pero sin dudas es Salta la que debe velar por los intereses de los salteños, aunque estos no sean socios del club, sino tobas o wichis.
Esta labor -nunca realizada- ni por la Nación, ni por la Provincia, es de suma importancia para los pueblos originarios, porque busca entregar a los indígenas la tierra en la que viven, derecho reconocido por la Constitución Nacional aprobada en 1994, es decir dos décadas atrás.
Para la realización del relevamiento, hubo un sin fin de charlas y algunos acuerdos desde 2007. Pero ayer nomás un medio tituló “Tartagal. Dos bebés y otros niños duermen en el suelo, bajo el plástico, tras el desalojo de indígenas”.
Por eso, a punto de terminar su segundo mandato, Urtubey recordó la urgencia de tanto indígena desalojado a palazos, y creó esta “coordinación” a través del decreto 3505.
Entre los argumentos esgrimidos para crear la nueva dependencia estatal, el propio gobernador reconoce “que la Ley Nacional N° 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras” y  “prevé que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (I.N.A.I.) deberá realizar el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas”.
La reacción U parece un poco tardía, porque la Ley 26.160 fue aprobada el 1 de noviembre y promulgada el 23 de noviembre de 2006.
Tarde pero seguro, el gobernador ordenó hoy crear la coordinación porque “es decisión del Poder Ejecutivo profundizar el proceso de regularización en lo referente a los aspectos técnicos, ambientales, metodológicos y jurídicos en lo relativo a la ubicación y extensión de los territorios reclamados, con el propósito de garantizar el reconocimiento de la propiedad de las comunidades”.
En otras palabras el gobierno “tomó la decisión” de hacer el mapa ordenado en 2006 para entregar a los indígenas la tierra tantas veces arrebatada.
La nueva coordinación para el trabajo viejo fue creado “como organismo desconcentrado con dependencia funcional de la Secretaría de Derechos Humanos”, dependiente del fotogénico ministerio del mismo nombre.
Textualmente el gobernador afirma que la coordinación en manos de Wierna es creada con el “objeto de coordinar, entre la Nación y la Provincia, las acciones que tengan por objeto realizar el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas”.
Si bien a través del decreto 3507 Juan Urtubey designa a Martín Wierna, como coordinador, la “unidad”  estará compuesta por representantes de la Subsecretaría de Pueblos Originarios, e Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta (I.P.P.I.S.);  el  Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable; Dirección General de Inmuebles, y Coordinación General de Tierras y Bienes de la Provincia del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos; la inspección General de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno; el Ministerio de Justicia; el Ministerio de Seguridad; el Ministerio de Cultura y Turismo; la Secretaría General de la Gobernación; la Escribanía de Gobierno; y la Fiscalía de Estado.
Tamaña asamblea creada por el gobierno asumido en 2007, tendrá como se dijo el objeto de “velar por el correcto desarrollo del relevamiento territorial en Salta, garantizando la posesión y propiedad comunitaria de las tierras fiscales que tradicionalmente ocupan los pobladores indígenas, y regulando la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano” y también “realizar el levantamiento territorial mediante el empleo de instrumentos de georreferenciamiento (G.P.S.) “.
Es lógico, en 2006 -cuando se ordenó el relevamiento- no había GPS….