Un proyecto de la fundación “Tomar acción” solicita que el IPV modifique requisitos hoy restrictivos para las mujeres víctimas de violencia. La iniciativa fue aprobada en el Concejo Deliberante y generó reacciones desde el Instituto que fueron respondidas por quienes elaboraron el proyecto. (Andrea Sztychmasjter)

El sueño de la casa propia más que sueño se convierte en pesadilla para las mujeres salteñas. La situación se agrava más en los numerosos casos en que la mujer es víctima de violencia.

Actualmente el Instituto Provincial de la Vivienda en uno de sus requisitos “imprescindibles” para inscribirse solicita que si la mujer es divorciada con hijos menores a cargo presente una sentencia de tenencia judicial, sin prever los casos en que las mujeres atraviesan una situación de violencia; no contemplando lo dispuesto en la declaración de emergencia social por violencia de género en toda la provincia, que en uno de sus puntos llama a “Garantizar la implementación de políticas públicas orientadas a enfrentar el problema de la violencia de género, desde un enfoque intersectorial y participativo, en los diversos niveles de gobierno”.

Es miércoles y la presidenta de la Fundación “Tomar Acción”, la abogada Antonieta Plaza, se encuentra en el Concejo Deliberante brindando asesoramiento gratuito a quienes se acercan. “Varios casos de mujeres que estoy acompañando están atravesando problemas por este requisito del IPV. Las mujeres en situación de violencia con sus parejas, ex parejas, padre de sus hijos, difícilmente puedan cumplimentar con este requisito, dejándolas por fuera de la posibilidades de resultar beneficiadas de adjudicación”, comenta la abogada, que justamente se encuentra con una mujer que no puede acceder a la vivienda en la que vivió muchos años junto a su marido de quien ahora se encuentra separada.

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“Las mujeres no queremos ayuda benéfica ni un bolsón, ni tener que andar relatando las circunstancias de violencia que transitamos para que queden registradas en todos los organismos públicos de la ciudad, porque de hecho, estos organismos trabajan de forma desarticulada  entre sí”, menciona Antonieta y agrega, “algunas de nuestras consultantes ya fueron beneficiadas con viviendas del IPV pero luego de 17 años de matrimonio las circunstancias se agravaron en la pareja y cuando ellas ven en peligro sus vidas, después de más de 10 denuncias a la policía, esto sin contar con que el marido sea policía o de alguna fuerza armada, o si tiene amigos o contactos que impiden que lo excluyan de su hogar en perjuicio de esa mujer y sus hijos. Un detalle no menor que nos cuentan en la consulta; es que el ex empieza a vender todo, los muebles, la ropa incluso y hasta en algunos casos por medio del fraude llegan a vender o a usufructuar de la casa en perjuicio de esa mujer y sus hijos quienes andan en la calle o de aquí para allá en casas de sus familiares.

Frente a esta circunstancia el IPV no tiene respuesta ya que sostienen como verdad de perogullo ‘que el único que puede excluirlo al marido del hogar es un juez’ y esto es absolutamente falso”.

Un proyecto

Los numerosos casos de mujeres víctimas de violencia de género que se quedan sin poder acceder a su derecho de una vivienda, llevaron a la Fundación a elaborar un proyecto que la semana pasada fue presentado por la concejal Romina Arroyo y aprobado unánimemente en el Concejo Deliberante capitalino. El mismo establece que el IPV re-considere la cláusula contemplada bajo “requisitos”, en donde se obliga a las mujeres que inician una solicitud de vivienda, la sentencia judicial que otorgue a su cargo la tenencia de sus hijos.

El escrito que elevó la Fundación al IPV pide además que se elabore un Protocolo de acción ante situaciones probadas de violencia de género y familiar, en pos de promover los vínculos familiares de ellas y de la promoción de los derechos de sus hijos (Convención Internacional de los Derechos del Niño, también de jerarquía constitucional). Como así también la suspensión de los plazos de presentación de formularios FORMA 2010-REV: 03, hasta tanto se adecuen a las normativa provincial y nacional.

La reacción

Apenas aprobado el proyecto, Alicia Galli, gerenta Social del Instituto Provincial de la Vivienda salió a responder fundamentando que en el IPV existe un procedimiento para acceder a viviendas, y cuando se trata de casos de violencia los que intervienen son el Ministerio de Derechos Humanos y la Justicia. Ejemplificó que no se puede otorgar a un mismo grupo familiar dos hogares y es por ello que solicita a quienes sufren este “flagelo” acudan a la Justicia para obtener la tenencia judicial de sus hijos, requisito fundamental para la inscripción en el Instituto.

Además, Galli explicó que desde la institución se contemplan las situaciones especiales, como enfermedades, o los casos de violencia, y se brinda asesoramiento profesional sobre cómo proceder desde el área de Asistencia Social.  “La Justicia es la que interviene en estos casos especiales, de hecho, por eso existe la figura de la tenencia judicial. Nosotros nos podemos hacer nada,” recalcó la Gerente Social.  Por último, expresó que el IPV se rige con las normas del Código Civil y solo un juez es quien puede pedir la exclusión del hombre del hogar.

La contra respuesta

Frente a la respuesta del IPV, Antonieta Plaza mencionó “Si  la persona responsable del Área Social del IPV considera que esta es una respuesta, les decimos: no lo es. La imagen que me resuena con esta respuesta es que las mujeres terminamos como un perro que se quiere morder la cola. Las mujeres lo que piden es que la circunstancias que transitan con sus parejas, ex parejas, padre de sus hijos esté contemplada, visualizada, no que sea abordada por el IPV, sino que esa visualización tenga la forma de un protocolo que permita a esa mujer jefa de familia, en condiciones de pagar una cuota en caso de ser adjudicataria, no estar impedida de acceder a los beneficios in situ de tener carpeta en el IPV, dado que para ellas este es un requisito de cumplimiento imposible. El requisito que indica el deber de tener ‘sentencia judicial que otorgue tenencia de sus hijos’ para cualquier solicitante de carpeta, es válido en tanto la persona no esté transitando circunstancias de violencia”.

Tras la aprobación de este proyecto de resolución el IPV, aparte de reconsiderar ese requisito, deberá informar cuál es el número de casas sociales otorgadas a jefas de familias y además deberá brindar información vinculada a cual es el otorgamiento de viviendas discriminadas por sexo.