Después de meses, la Auditoría publicó un informe referido a la Ejecución Presupuestaria del Poder Judicial en el 2011. El escrito permite analizar la forma de contratación por parte de un Poder del Estado que mientras más visibilidad posee, más polémica genera. (Gonzalo Teruel)

Como es práctica habitual los técnicos de la Auditoría recopilaron, analizaron y evaluaron acordadas, decretos, resoluciones, circulares, instructivos y otros papeles relativos a los procedimientos internos y listados de compras y contrataciones y órdenes de pago para describir el proceso de contrataciones relacionadas al rubro “Servicios No Personales”. Los funcionarios y despachos autorizados para contratar son, según se detalla y se audita, la Corte de Justicia, el presidente de ese máximo tribunal, y el director de Administración del Poder Judicial.

“Se seleccionó una muestra en forma aleatoria en base al criterio de mayor significatividad o representatividad de las cuentas involucradas dentro del rubro auditado” indica el documento al aclarar que se analizaron operación por un monto de $3.317.317 sobre un total en el periodo -año 2011- de $12.528.682.

El trabajo realizado en julio del año pasado apuntó a una treintena de operaciones de contratación y arrojó un resultado satisfactorio. “De los procedimientos de auditoría aplicados no surgen observaciones que formular” dice, por ejemplo, el documento al analizar las licitaciones de los servicios “de limpieza y mantenimiento” y de “seguridad, vigilancia preventiva y mantenimiento del orden en el edificio” del Poder Judicial y Ministerio Público. En estos rubros la Auditoría convalidó pagos por $1.054.344 y $1.066.094 pero no identificó a las empresas beneficiadas.

En otras licitaciones públicas como la “adquisición e instalación de 12 equipos de aire acondicionado” y la “provisión y montaje de grupo electrógeno” para el nuevo Juzgado de Joaquín V. González, en cambio, los auditores detectaron que no hay constancia “de dónde surgen los montos utilizados para determinar el presupuesto oficial”. En el primer caso ese presupuesto oficial era de $76.078 y se contrató por $62.384, mientras que en el segundo el presupuesto era de $140.000 pero se pagó por $171.680.

Esa misma observación, la inexistencia de fundamentos para la elaboración del presupuesto oficial, fue detectada en algunos concursos de precios. La “impresión de la Memoria 2010 del Consejo de la Magistratura” tuvo un presupuesto de $28.080 y se pagó $28.700 y el “servicio de reparación del tablero general de la subestación transformadora” fue cotizado en $31.500 pero pagado por $17.909.

Las contrataciones directas con precio testigo, peor aún, no poseen el sellado que marca la normativa vigente. La “ejecución de un tabique divisorio para la oficina de Inspección de Jueces de Paz de Campaña” por $6.199, el “mantenimiento anual de 27 dispensers de agua conectados a la red de la Ciudad Judicial” por $6.750 y la “desinfección, desinsectación y desratización para dependencias de los Distritos Centro y Norte” por $14.053 no están rubricados.

La “contratación de servicio de limpieza de canaletas y desagües pluviales en inmuebles alquilados” por $9.400, la “desinfección, desinsectación y desratización de dependencias varias” por $14.860, el “retiro de escombros, piedras, tierra y nivelación del predio de Ciudad Judicial” por $21.560, la “reparación de caminera, rampa y calzada de acceso vehicular a playa de estacionamiento de la Ciudad Judicial” por $9.131, la “ejecución de rejillas para desagüe en estacionamiento del subsuelo” por $6.496 y el “mantenimiento anual de grupos electrógenos de la Ciudad Judicial, Tribunal Electoral y Escuela de la Magistratura” por $12.902 tampoco están sellados.

El “enlace de fibra óptica para la conexión del edificio Ciudad Judicial con las oficinas de Sindicatura General del Poder Judicial e Inspección de Justicia de Paz y Campaña” por $13.867 y una sorprendente “contratación del servicio de catering” por $11.950 más un adicional de $2.262 “correspondiente a bebidas” deben estar debidamente sellados porque la Auditoría no formuló observaciones al respecto.

Lo mismo sucede con las contrataciones directas a libre elección por negociación para la “adquisición de grupo electrógeno, central electrónica y aires acondicionados para el nuevo Juzgado a crearse en Cafayate” por $194.812 y la “contratación de un servicio de catering para el Consejo de la Magistratura” por $7.330 donde tampoco surgen, a juicio de los auditores, observaciones a formular.

En cambio, el “mantenimiento de la regulación de gas natural de la Ciudad Judicial” por $7.901 tampoco está sellado y la “contratación de un servicio de comida protocolar para el 1º Congreso de Derecho Constitucional, Financiero y Administrativo” por $7.000 no está respaldada por la pertinente orden de compra.

El “servicio de catering que ofrecerá el Poder Judicial a funcionarios y empleados varios” para el brindis de fin de año por $12.888 y la “instalación de equipos de aire acondicionado en dependencias varias del Distrito Judicial Norte” por $6.720 están en regla. En el análisis de los alquileres pagados por el Poder Judicial, de los inmuebles donde funcionan el Depósito de Secuestros Judiciales y el Departamento de Repositorio de Expedientes por $219.000 y $36.570, los profesionales del organismo de contralor tampoco encontraron mayores objeciones.

Eso sí, advirtieron que “no fue elaborado (…) el Programa de Contrataciones estipulado en la Ley Nº 6.838, conteniendo el detalle de las especificaciones técnicas, volúmenes físicos, cronogramas de entregas o planes de trabajo según corresponda, y estimaciones de costos”. Y recomendaron “establecer e implementar el Programa Anual de Contrataciones a fin de programar las necesidades de bienes, obras y servicios y diseñar estrategias de contratación que permitan incrementar la eficiencia” y “arbitrar los medios necesarios a fin de consignar expresamente los procedimientos, documentación y gestiones a realizadas a los efectos de determinar el monto del presupuesto oficial de cada contratación”.

Luego de mencionar otros pocos errores menores, los profesionales de la Auditoría sí llamaron la atención de los responsables de las contrataciones del Poder Judicial y les exigieron que cumplan con el Código Fiscal “que establece que: son solidariamente responsables del pago del tributo, sus recargos, multas e intereses, los que endosen, emitan, presenten, tramiten, autoricen o tengan en su poder documentos sin el impuesto correspondiente o con uno menor”. La Auditoría consideró “razonable” la ejecución presupuestaria y los procedimientos de contrataciones del Poder Judicial -en el año 2011- pero, aunque parezca mentira, tuvo que exigirles a Guillermo Posadas y sus subordinados que cumplan con el pago del impuesto a los sellos como cualquier hijo de vecino.