La Corte de Justicia aceptó una medida cautelar presentada por la Cámara de Estaciones de Servicio en contra del Municipio.

La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a una medida cautelar por “inconstitucionalidad” presentada por la Cámara de Estaciones de Servicio, Expendedores de Combustibles y Afines.
Con esta medida la justicia suspendió la aplicación de la Ordenanza 14.902, por lo que la Municipalidad “deberá abstenerse de adoptar medidas tendientes a la implementación del denominado Fondo de Reparación para el Sistema de Transporte Impropio de Pasajeros de Taxis y Remises con Licencia Individual.
En criollo, los dueños de estaciones de servicio por ahora seguirán sin pagar al municipio el 3% del precio de venta del GNC.