Al menos 52 funcionarios están implicados en el escándalo, aunque algunos de ellos no llegaron a cobrar la asistencia. La justicia decidió sobreseerlos.

 

La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta sobreseyó a ocho concejales que eran investigados por tentativa de defraudación a la Administración Pública en el marco de actuaciones iniciadas por el cobro indebido del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). La decisión adoptada será recurrida el titular del Área No Penal de la Unidad Fiscal Federal Salta, Ricardo Toranzos, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La investigación se desencadenó porque los ocho concejales ingresaron los datos en la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con la intención real de percibir el IFE, cuando sabían que tal beneficio no les correspondía.

De acuerdo a lo que señaló el fiscal Toranzos, el ingreso de los datos tenía carácter de declaración jurada, tal como lo señala el Decreto N°310 del Poder Ejecutivo Nacional, que implementó el ingreso de emergencia en un contexto de grave crisis económica que afectaba, en especial, a las personas desocupadas y las incluidas en el trabajo informal.

“El caso no se trata de una cuestión de estándar probatorio, pues aquí lo que se discute son premisas jurídicas. La decisión del juez Bavio no pasó por la cuestión probatoria, por lo que su fallo no fue prematuro como lo entendió la Sala II”, explicó el juez Santiago French, y agregó que “es un tema de adecuación legal, no hay peso de prueba, no hay análisis de prueba, solamente análisis de la premisa jurídica de la fiscalía. No vemos ningún sentido práctico de utilidad y menos de garantías para posponer esta discusión”.

En relación a la postura de la ANSES, el camarista sostuvo: “Creo que la víctima no está interesada. Al menos, no demostró estar interesada. A mí me parece que es una alarma que debemos tener en cuenta, cuando sabemos que este supuesto estafado tiene una estructura de abogados y departamentos legales interesante”. Y concluyó que el Estado no se siente afectado, lo cual abona la idea de “la incapacidad de este supuesto engaño”, al menos para producir el error que “genera el perjuicio patrimonial que requiere la estafa”.