En diciembre de este año se implementará luego de prórrogas el nuevo Régimen Penal Juvenil. Los puntos más importantes.
Andrea Sztychmasjter
La Ley provincial 8097 sancionada en 2018 establece un Régimen de Responsabilidad Penal para niñas, niños y adolescentes (NNA). El año pasado las cámaras de la Legislatura aprobaron la ley 8333, a través de la cual se prorrogó la entrada en vigencia y creó una comisión especial para proponer reformas y un plan progresivo para la implementación.
A partir de ese trabajo se avanzó en la iniciativa que promueve la modificación de los artículos 4°, 5°, 8°, 12°, 13°, 19°, 22°, 23°, 24°, 26° de la citada norma.
A través de una Acordada de la Corte de Justicia y una Resolución del Colegio de Gobierno del Ministerio Público se fueron dando prórrogas para la implementación de este nuevo Régimen hasta poner una fecha definitiva que será en diciembre de este año.
Marcelo Báez, prensa del Poder Judicial de Salta describió que “En diciembre de este año vamos a dejar definitivamente atrás el viejo sistema tutelar de tratamiento de menores en contraposición al de adultos. Esto representa un cambio significativo, ya desde la misma denominación y procedimiento”, señaló y agregó que
“En el Procedimiento que se aplica actualmente, las causas donde hay menores involucrados en delitos se llevan adelante la investigación y la etapa previa en Juzgados de menores, que en el distrito Centro, existen tres. El primer cambio es el cambio de denominación, ya que pasarán a ser Juzgados Penal y juvenil, el segundo es como se trata, ya que va a haber Juzgados penales especializados que van a llevar la etapa investigativa, y va haber juzgados penales juveniles que van a actuar como juzgados de garantías y en ese caso estos juzgados que intervienen en etapa previa no pueden intervenir en etapa de juicio, algo similar que en el sistema penal vigente con adultos”, explicito Báez.
Entre las modificaciones del proyecto, se establece la creación de cuatro cargos de Fiscal Penal Juvenil para los Distritos Judiciales del Centro, Orán, Tartagal y Sur, respectivamente y de un cargo de Defensor Penal Juvenil para el Distrito Judicial del Centro.
Asimismo, se modificó la Ley Nº 8.023 transformando a los Juzgados de Garantías de Metán, Tartagal y Orán, en Juzgados Penales Juveniles y de Garantías con competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes.
A su vez, se transformó el Juzgado de Garantías creado por Ley Provincial Nº 8.246, en Juzgado Penal Juvenil y de Garantías con competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes, y en Garantías. En tanto, los tres cargos de Defensores Oficiales creados por Ley Provincial Nº 8.023 tendrán competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes.
Acorde a Tratados Internacionales
Baez explicitó que la implementación del nuevo régimen se encuentra en línea con el sistema internación de protección de NNA:
“Esto termina configurando un sistema acorde a las normativas vigentes y tratados internacionales, todo ello en resguardo de las garantías de niñas, niños y adolescentes, razón por la cual se sanciona la ley que fue una iniciativa de la Corte que buscaba actualizar el sistema penal juvenil, en función de la Convención Internacional sobre Derechos del Niño, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores, las reglas de protección de menores privados de libertad y las directrices de Naciones Unidas que tienen rango constitucional”, describió.
Para la puesta en marcha del nuevo sistema será necesario celebrar acuerdos con el Ministerio Público para la organización funcional, administrativa, edilicia e informática.
El cambio a implementar es sustancial y deja atrás el sistema tutelar. En los casos donde la participación de niñas, niños y adolescentes sea exclusiva la investigación penal preparatoria estará a cargo de un fiscal penal juvenil. La función de los jueces penales juveniles será la de oficial de jueces de Garantías. El juez que hubiera intervenido en la fase preparatoria no podrá intervenir en la misma causa como juez de juicio.
Y en los casos donde hubiera intervenidos niños, niñas y adolescentes junto a mayores de edad los tribunales ordinarios de juicio se limitarán a declarar la responsabilidad. Se procurará en estos casos evitar que la niña, niño o adolescente comparezcan junto a los mayores ni compartan el lugar de alojamiento. En este caso la niña, niño o adolescente permanecerá bajo jurisdicción del respectivo juez penal juvenil siendo el único competente para disponer medidas que pudieran afectar su libertad.
Algunas estadísticas
Según el Relevamiento Nacional de Dispositivos Penales Juveniles y su Población–Año 2022, realizado por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) con apoyo de UNICEF Argentina, fueron registrados 120 dispositivos penales juveniles en todo el país. 13 de ellos son dispositivos de aprehensión especializados, y 107 son dispositivos de cumplimiento de la medida penal. De estos últimos, 27 corresponden a dispositivos de medidas penales en territorio, 24 son establecimientos de restricción de libertad, y 56 establecimientos de privación de libertad.
El informe tiene como objetivo aportar datos y herramientas para seguir impulsando políticas públicas que consideren a la privación de la libertad de adolescentes infractores como último recurso y respeten los derechos humanos, el derecho a la defensa, el principio de legalidad, la recepción de un trato digno y la prohibición absoluta de la tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes,