La Corte de Justicia propuso la creación de un Registro Público de Procesos Colectivos. Funcionará con carácter público, gratuito y de acceso libre ante los Tribunales de todos los distritos de la provincia.

La Corte de Justicia remitió a la Cámara de Diputados como iniciativa legislativa un proyecto de ley para la creación de un Registro Público de Procesos Colectivos.

El órgano propuesto tendrá dependencia del Alto Tribunal, funcionará con carácter público, gratuito y de acceso libre, y respecto de los procesos radicados ante los Tribunales de todos los distritos de la Provincia.

Las funciones del nuevo órgano serán inscribir ordenadamente la información que remitan los tribunales de la Provincia vinculada al inicio y desarrollo de procesos colectivos, así como la que voluntariamente aporten los magistrados de otras jurisdicciones; brindar los informes que se soliciten conforme la ley; compilar, analizar y mantener actualizada la información vinculada a los procesos registrados.

La Acordada 12100 que aprobó la iniciativa legislativa establece que “la efectividad de los derechos justifica la creación de un registro de Procesos Colectivos que permita condensar la información a fin de ser ordenada, procesada y accesible para todos aquellos que tengan interés en conocerla, a fin de que estas causas masivas puedan cumplir los objetivos sociales que se les han atribuido”.

Asimismo, subraya que el Registro Público de Procesos Colectivos “supone simplificar y agilizar el acceso a la información de los ciudadanos a través de un medio sencillo. Esto permite cumplir otra función social de relevancia en tanto se trata de procesos en los que usualmente el efecto de la sentencia tiene un alcance que va más allá de las partes que efectivamente participaron del proceso”.

La facultad de iniciativa legislativa se encuentra entre las potestades que la Constitución Provincial, en su artículo 153 le confiere a la Corte de Justicia, pudiendo impulsar proyectos con respecto a la ley de organización del Poder Judicial, Códigos Procesales y demás leyes referidas directamente al funcionamiento de este poder.