La Corte de Justicia deberá resolver un ingenioso argumento de la defensa del intendente de Rosario de Lerma: Sergio Ramos no ha reiterado conductas ilícitas, lo que permite inferir que él mismo se ha resocializado, readaptación que toma innecesaria la aplicación de una condena. (Gonzalo Teruel)
Billetera mata galán. La máxima varonil parece tener una vuelta de tuerca en la política salteña: votos matan denuncias. Al menos así lo entiende Sergio “el topo” Ramos, histórico líder político de Rosario de Lerma, que para defenderse de las múltiples acusaciones en su contra alegó que es intendente desde 1995, elecciones mediante. Será la Corte de Justicia la que deba resolver el planteo.
Ramos presentó, a través de su abogado Darío Palmier, un pedido de nulidad de los requerimientos de elevación a juicio en su contra que fue desestimado por la Cámara Primera en lo Criminal. Entonces, interpuso un recurso de casación que deberá ser atendido a la brevedad por el máximo tribunal de la provincia. El fundamento de estas presentaciones es que se habrían excedido los plazos razonables de juzgamiento y, en consecuencia, los delitos imputados estarían prescriptos.
La Cámara del Crimen respondió que “la cantidad de los imputados en el proceso: 14” y la cantidad de delitos atribuidos: sólo respecto de Ramos “75” produjo “una actividad volcada en 33 cuerpos principales (…) que trasunta la razonabilidad del plazo insumido”. Además, al analizar los principales delitos que se imputan al intendente “peculado” y “malversación de caudales públicos” entiende que no existe tal prescripción. Ahora, la Corte debe definir si, finalmente, Ramos puede ser sometido a juicio.
En un escrito descriptivo elaborado por la Fiscalía de Corte y que ya está en poder de los supremos magistrados se dan por tierra los argumentos de la defensa. “Plantea el recurrente -es decir, Sergio Ramos- la insubsistencia de la acción penal por vencimiento del plazo razonable para el juzgamiento atento el tiempo muerto que afectó estas actuaciones, desde 2005 hasta 2011. Ello, lo conjuga con el hecho de que Ramos ha sido reelecto sucesivamente como intendente de Rosario de Lerma, lo que constituye, dice, un dato sumamente importante ya que por un lado implica el perdón, olvido y desinterés del clamor social por el castigo de hechos ocurridos en un pasado lejano y, por el otro, Ramos no ha reiterado conductas ilícitas, lo que permite inferir que el mismo se ha resocializado, readaptación que toma innecesaria la aplicación de una condena”, dice el texto al que accedió Cuarto Poder y que ya se encuentra en el escritorio de los jueces. En criollo, al decir de la defensa: si Ramos cometió algún delito fue hace mucho tiempo, la gente ya lo perdonó y por eso lo votó en reiteradas oportunidades.
El escrito de la Fiscalía, además, advierte que la prescripción no está consumada puesto que sus plazos están suspendidos mientras los funcionarios públicos desempeñen sus tareas. “La suspensión de la prescripción de la acción en los delitos atribuidos a funcionarios públicos mientras dure su desempeño deviene de la ley 16.648, publicada en el Boletín Oficial el día 18 de noviembre de 1964, esto es durante la presidencia de Illia, el que quizás, haya sido el más republicano de nuestros presidentes”, aclara el documento jurídico. Ramos no puede pedir la prescripción de los delitos que se le imputan porque, como él mismo enfatizó, está en funciones.
El “Teorema de Baglini” y los temores judiciales
El fiscal de Corte Alejandro Saravia advierte en su presentación ante los jueces que “desde 1930 a esta parte el Poder Judicial padece el estigma de la excesiva prudencia o temor en el juzgamiento de los funcionarios públicos”. En ese sentido, el jurista describe el denominado “Teorema de Baglini” que tomó su nombre del diputado radical Raúl Baglini que afirma “la justicia actúa en forma inversamente proporcional a la distancia del funcionario público con el poder”.
“Dice la defensa, aunque con otras palabras, que su defendido intendente de Rosario de Lerma, no tenía la suficiente importancia política como para refrenar con su impronta el afán investigativo de la justicia. Dice, también, que las sucesivas reelecciones de que gozó Ramos habrían sido como una especie de bálsamo purificador o como un baño en el Jordán con esos mismos efectos”, expresa Saravia entre burlón y solemne al referirse a los planteos de Palmier.
Finalmente, el fiscal propone otra mirada de la causa judicial en cuestión “cómo las sucesivas reelecciones minan, debilitan, los controles” y recomienda el rechazo de los recursos presentados por la defensa de Ramos. El escrito del fiscal fue elevado a la Corte el pasado 6 de octubre y al calificarlo de pronto despacho, supone que esta última debe expedirse en diez días hábiles. El plazo se venció en el día de ayer.