Los familiares de María Cash proponen una Agencia Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas que centralice datos investigativos de todo el país. El proyecto cobra relevancia en Salta, en donde además de María Cash siguen sin aparecer Marcela Mamani, Cristian Luna y otras personas. (Andrea Sztychmasjter)
A más de 2 años de la desaparición de María Cash en nuestra provincia, su familia junto a legisladores nacionales, con el asesoramiento de Martin Etchegoyen Lynch, director de “Crime Down Consulting” y doctor en ciencias penales, presentaron un proyecto de Ley en el Congreso de la Nación sobre la creación de una Agencia Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas (ANBPD). “Necesitamos la creación de la Agencia Nacional de Búsqueda de personas desaparecidas, para poder centralizar la información y los datos. No hay sincronización ni centralización, por lo tanto las búsquedas son intentos aislados de la policía y distintos organismos que se terminan perdiendo en el esfuerzo. Yo considero que en mi caso, la tardanza judicial es un abandono de persona”, manifestaba Federico Cash, padre de María.
Entre uno de los argumentos de este proyecto, se encuentra que no existe un organismo centralizado en Argentina que se dedique específicamente a la búsqueda de personas desaparecidas, como sí ocurre en otros países. El proyecto de ley presentado por la legisladora del Frente Peronista de San Luis, Ivana Bianchi, posee 14 artículos. Entre los argumentos se menciona que se creará el Registro en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya la finalidad será establecer una base de datos en la cual se podrá recibir, centralizar, organizar, clasificar, entrecruzar, difundir y brindar la información objeto de registro a las fuerzas de seguridad o judiciales que lo solicitaran, establecer los mecanismos necesarios para que las dependencias de la Policía Federal, Prefectura y Gendarmería, los puestos fronterizos migratorios y todas las fiscalías cuenten con claves de acceso codificadas a la Base de Datos Biométricos- Genéticos-Digital Nacional para consulta y carga de datos, brindando toda la tecnología necesaria para el cumplimiento de la presente ley.
Este proyecto además en su artículo 5º refleja que “La Agencia estará compuesta por representantes del Poder Ejecutivo, del Poder Judicial y de las ONG comprometidas en la temática de personas desaparecidas”, mientras que en su artículos 7º y 8º dispone que “La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual coordinara con todos los medios inscriptos los convenios tendientes a obtener de ellos su especifica cooperación. La agencia deberá promover la instalación de líneas de comunicación telefónica, Internet y cualquier otro medio de que se disponga para llevar a cabo las tareas propias de su cometido, en coordinación con autoridades ministeriales, fuerzas de seguridad e inteligencia y cualquier otra, pública o privada que sea importante y eficaz a los fines de este proyecto de ley”.
Falta de coordinación
La semana pasada se dio a conocer que hay al menos 86 mujeres de entre 12 y 30 años desaparecidas en Argentina. Son cálculos basados en datos de distintas ONG, debido a que no existen cifras oficiales. Se advirtió además que se pierden cuatro personas por día en el país, de las cuales tres son menores de edad. Y aunque existe el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, creado en el año 2003 y concebido como un organismo de estadística y recopilación de los casos que involucran a niños, niñas y adolescentes perdidos en todo el territorio del país, la familia Cash conjuntamente con legisladores consideran necesaria la creación de un organismo que centralice la información de personas mayores desaparecidas.
En nuestra provincia tampoco existe un registro oficial que dé cuenta de la cantidad de personas desaparecidas. Y aunque muchos casos toman estado público debido a la mediatización, muchos otros quedan en la nada. Salta cuenta con la ley N° 7664, sancionada el día 16 de Junio de 2011 que depende del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos de la Provincia. En el articulo 2º expresa: “El Registro tiene como objetivos: centralizar, organizar, entrecruzar y difundir la información de toda la Provincia, en una base de datos sobre personas de quienes se desconozca el paradero, así como de aquellos que se encuentren en establecimientos de atención, resguardo, detención o internación en todos los casos en que se desconociese sus datos filiatorios o identificatorios y de aquéllas que fueran localizadas, vivas o muertas”. Mientras que su artículo 5º proclama “El Registro Provincial de Información de Personas Extraviadas actualizará sus datos en forma permanente y sin interrupción, coordinando los mismos con instituciones nacionales e internacionales. A tal fin se habilita una página de Internet donde se difunde toda la información obrante en el Registro Provincial de Información de Personas Extraviadas que contribuya a la localización e identificación de las personas extraviadas”.