Tras una serie de inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo bonaerense el año pasado, el Tribunal del Trabajo Nº 4 de La Plata confirmó multas que el gobierno provincial de Buenos Aires, le aplicó a la plataforma digital Glovo por incumplimiento de las normativas laborales. Hablamos de 6,3 millones de pesos. Glovo, empezó siendo una empresa de capitales españoles, pero en septiembre del a´ño pasado vendió sus operaciones a Pedidos Ya, en quien habría recaído la sanción.
«Al quedar firme el fallo, el siguiente paso es hablar con la AFIP para activar la deuda previsional. Además del pago de la multa, la empresa tiene que hacerse cargo de las deudas con los 25 trabajadores de esa empresa que inspeccionó el ministerio», asegura el subsecretario de Inspección del Trabajo de la cartera bonaerense, Emiliano Ré.
Para el gobierno de Kicillof este fallo significa un apoyo a continuar regularizando la actividad. Con miras al futuro, se prevé la realización de controles más masivos, incluso con los propios registros que la plataforma utiliza para funcionar. «Glovo no puede desconocer su carácter de organizador, mediante su plataforma digital, de los medios personales, materiales e inmateriales, para el logro de fines económicos o beneficios», sentencia claramente el fallo en el que dl Ministerio basa sus conclusiones.
Se trata de la primera vez que un ente estatal determinó la responsabilidad que tienen las empresas con los trabajadores. «En la provincia de Buenos Aires tuvieron el coraje político necesario para llamar a las cosas por su nombre y reconocer que existe relación de dependencia», confirmó el comunicado de la Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASIMM).
Tras un relevamiento a 172 trabajadores de tres empresas de delivery en distintos municipios bonaerenses, se detectó la falta de cobertura en materia de salud laboral, así como la falta de pago de aguinaldo y el otorgamiento de vacaciones. La enorme mayoría de los trabajadores no contaba con ART o seguro ante riesgos del trabajo y en aquellos casos que indicaron tener alguna cobertura, en general se trataba de seguros de accidentes o contra terceros financiados por el propio trabajador, a título personal.
El Ministerio determinó que estaban en relación de dependencia técnica, jurídica y económica, por lo tanto, corresponde registrarlos para que accedan a sus derechos laborales como ART, aguinaldo y vacaciones. Aún falta que se expidan los dos tribunales que tienen las denuncias a Pedidos Ya y a Rappi, con multas que ascienden a 17,7 y 16,4 millones de pesos respectivamente.
La Justicia del Trabajo también resolvió que existió una relación laboral entre un chofer y Cabify y le ordenó a la aplicación el pago de la indemnización por despido. Se trata del primer fallo en el que se reconoce que los trabajadores de plataformas digitales no son independientes. «Tanto la sentencia que establece la legalidad de las sanciones impuestas por el ministerio de trabajo de la provincia de Buenos Aires como las dos sentencias de primera instancia de la justicia nacional del trabajo que reconocieron la relación de trabajo que existe entre Cabify y los choferes de la aplicación, son antecedentes positivos de importancia regional», explica el abogado laboralista, Juan Manuel Ottaviano.
Como jurisprudencia, hasta el momento, solo existía un antecedente de primera instancia en el caso Rojas, del sindicato APP contra Rappi. También una sentencia similar en Uruguay sobre Uber. Ambas se basan fundamentalmente en el principio de realidad, Quien conduce un vehículo de una empresa, se presume un trabajador, aunque se lo quiera mostrar como autónomo. Se plantea en este momento, la necesidad de una protección especial para los trabajadores de plataformas, para que las particularidades de la relación de trabajo no perforen derechos fundamentales del trabajo, incorporando nuevas protecciones. El debate se seguirá dando en sede judicial.