Muchos salteños no cuentan con trabajos en blanco, no tienen aportes jubilatorios ni obra social. Una alternativa para los emprendedores y trabajadores independientes es el monotributo social donde con un aporte mínimo pueden facturar y acceder al servicio de salud. 

Por Guadalupe Macedo

Monotributo Social, es una alternativa para los ciudadanos que están iniciando sus emprendimientos. Es para las personas que se encuentran dados de alta en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Fue habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. No es un trámite con la AFIP, es un régimen especial para los pequeños contribuyentes. 

Es un régimen tributario que tiene como objetivo “promueve la inserción de emprendedoras y emprendedores en situación de vulnerabilidad, que realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado formal laboral o trabajando en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores” según el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Busca que los emprendedores puedan registrar sus productos y poder facturar por los productos o servicios. Le otorga la posibilidad de acceder a una obra social para el trabajador y su familia a pesar de que hay sólo 214 obras sociales a las que se puede adherir, pero no todas están en todas las provincias. A la vez permite ingresar al sistema jubilatorio y ser proveedor del estado. 

Este monotributo está destinado a trabajadores y trabajadoras que tengan una única actividad económica productiva, comercial o de servicios. También pueden acceder al mismo es para integrantes de proyectos productivos o de servicios de 2 a 20 integrantes y cooperativas de trabajo con un mínimo de 6 asociados.

Lo que se necesita para poder asociarse es ser mayores de 18 años, presentar el documento Nacional de Identidad. Ser argentino nativo o naturalizado. También pueden inscribirse extranjero con residencia permanente o temporaria. Otra condición es: “encontrarse en condiciones de vulnerabilidad social, o en situación de desempleo, o ser titular de programas de inclusión y encontrarse desarrollando, o querer iniciar, emprendimientos económicos vinculados al Desarrollo Local y la Economía Social, sean productivos, comerciales o de servicios”

Las personas solo podrán ser dueñas de dos bienes de inmuebles, pero uno de ellos debe estar destinado al trabajo declarado. También pueden ser propietarios de hasta un máximo de tres bienes muebles registrables. Una condición es no ser empleador, ni sujeto tributario del impuesto a los bienes personales ni ganancias según los establecido por el Ministerio de Desarrollo Social. 

Solo podrán inscribirse las personas que tengan: “ingresos procedentes sólo de la actividad económica declarada; salvo aquellos provenientes de programas de inclusión social, pensiones no contributivas, jubilaciones, pensiones o relación de dependencia cuando los ingresos brutos no superen el haber previsional mínimo (artículo 125 de la Ley 24.241), Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo para la Protección Social”.

Algunas de las actividades que pueden acceder al monotributo son los artesanos, pequeños trabajadores agropecuarios, cultivadores, criadores de ganado, pescadores, vendedores de diversos productos, cocineros, fabricantes de ropa, instrumentos musicales, juguetes y otros y proveedores de servicios como por ejemplo fotografía, informática, limpieza, enseñanza. Quienes no declaren una única actividad que no se encuentre en la lista establecida por el Anses no podrá acceder a este beneficio y deberán asociarse al régimen común que tiene un costo más elevado y está asociada a AFIP. 

Para poder adherirse al Monotributo social se lo puede realizar de manera presencial solicitando turno en línea o en la línea telefónica 130 también se lo puede realizar vía online a través de Mi Anses. Pero se debe contar con la clave de seguridad social y tener los datos acreditados de Anses. Cuando las personas ya se encuentren inscriptas en el monotributo podrán facturar por año hasta $466.201,59. Por mes el contribuyente deberá abonar $887,59 entre el 1 y el 20 de cada mes. 

Los beneficios son tener menor carga impositiva es decir que se paga una cuota mensual mínima que te permitirá facturar tus ventas de productos y servicios. Se pagará el mismo monto de impuesto mientras no se supere el límite de facturación de esta categoría. A diferencia del Responsable Inscripto, en cambio, pagará mensualmente el IVA en proporción a los ingresos que haya tenido en el mes. También ofrece menos obligaciones administrativas porque no deberá realizar declaraciones juradas mensuales ni anuales a AFIP, mientras que el responsable inscripto debe realizar las declaraciones juradas del IVA de manera mensual del cual surge el monto a pagar por mes.

El beneficio más atractivo es poder tener aportes jubilatorios y obra social que están incluidos en la cuota mensual que se paga como monotributista. También podrán acceder al sistema bancario y a créditos que otorga el estado nacional para fomentar las pequeñas actividades comerciales.