Un proyecto busca sancionar una ley para darle un marco regulatorio legal al ejercicio de la profesión Obstétrica en Salta. En la actualidad se rige mediante una ley del gobierno de facto que sigue en vigencia y establece que sólo las mujeres pueden ejercer.

Andrea Sztychmasjter

El proyecto fue presentado por la diputada y médica sanitarista, Gladys Paredes, en función a un pedido histórico de obstetras. El ejercicio de la profesión está limitado actualmente al cumplimiento de la Ley nacional 17.132 del año 1967, única ley vigente de un gobierno de facto.

Los profesionales que mantuvieron una reunión la semana pasada con diputadxs aclararon que su actividad es regulada y está supeditada al Ministerio de Salud Pública, quien se ha expedido con la aprobación de las incumbencias profesionales de obstétricas y licenciadas en obstetricia con la resolución 620/2017 para el ejercicio profesional y otorgamiento a través de RRHH de la matrícula profesional. “Nosotros hay muchos temas que tenemos que manejar como complicaciones en el embarazo, abortos mal practicados o cualquier otro tema relacionados para los cuales no tenemos la reglamentación necesaria para actuar”, revelaron las profesionales.

En este sentido, las obstetras destacaron que permitirles colocar el DIU y trabajar con las pacientes sobre diferentes métodos anticonceptivos ayudó a suplir la falta de ginecólogos en los centros de salud de la capital y, sobre todo, en el interior de la provincia.

En relación al proyecto presentado y que espera dictamen de la Comisión de Legislación General, entre los fundamentos se lee: “La creación de colegios profesionales que regulan el ejercicio de las diferentes profesiones relacionadas con el ‘arte de curar’ han hecho luz sobre la regulación y el ejercicio legal de las mismas. En Salta, no contamos con colegio profesional ni con ley, encontrándonos en un vacío legal importante”.

Ley de facto

La Ley nacional 17.132 estipula que el ejercicio de la obstetricia queda reservado sólo “a las personas de sexo femenino” que posean el título universitario de obstétrica o partera, en las condiciones establecidas en el artículo 44. En la actualidad se encuentra la Licenciatura en Obstetricia, las conocidas como “parteras” habilitadas a realizar asesoramiento preconcepcional, el control de embarazo, asistencia del parto normal, control del puerperio, asesoramiento en lactancia y salud sexual y reproductiva. Por otro lado, el/la médico/a obstetra es el que primero hace la carrera de medicina y luego debe realizar la especialización en ginecología y obstetricia, además de controles normales y tratado de patologías ginecológicas.

El Artículo 50 de la ley nacional justamente retrata que las obstétricas o parteras no podrán prestar asistencia a la mujer en estado de embarazo, parto o puerperio patológico, debiendo limitar su actuación a lo que específicamente se reglamente, y ante la comprobación de cualquier síntoma anormal en el transcurso del embarazo, parto y/o puerperio deberán requerir la presencia de un médico, de preferencia especializado en obstetricia.

Medicalización

En Argentina, cada 60 segundos nace 1 bebé. Cada día cientos de mujeres dan a luz en hospitales y clínicas. 1 de cada 3 bebés nace por cesárea según datos del Observatorio de violencia obstétrica Las Casildas. En la actualidad, el porcentaje de cesáreas en Argentina es del 31% en el sector público y de casi el 66% en el sector privado. ¿Cuál es el porcentaje de embarazos que necesitan terminar en cesárea realmente? Según la Organización Mundial de la Salud, no más del 15%.

La realidad actual demuestra que el sistema de salud patologiza y medicaliza tanto el embarazo como el parto. El hecho de que los partos sean atendidos mayormente por obstetras da cuenta de esta patologización, ya que el/la obstetra es un profesional entrenado para atender la patología y la emergencia. La profesional entrenada e idónea para acompañar y atender los embarazos y partos sanos es la Licenciada en Obstetricia.

En Salta no existe un registro oficial que dé cuenta de la cantidad de mujeres que sufrieron violencia obstétrica. La falta de información de las pacientes sobre lo que contempla este tipo de violencia y la posterior burocracia al efectuar una denuncia son algunos de los impedimentos. Luego de las sentencias judiciales descriptas a continuación, primeras a nivel país, el Estado en conjunto con organismos oficiales ha puesto en marcha algunos mecanismos para darle visibilidad a la problemática.

Siempre violentxs

En nuestra provincia la Ley Nº 7888 en su Art. 3 refiere específicamente a la violencia obstétrica. Dos casos del sistema público y privado, y posteriores fallos judiciales, ponen una vez más a nuestra provincia en la cúspide de la violencia, en este caso la obstétrica.

El primero se refiere a una denuncia realizada por una mujer luego de ser (des)atendida en el hospital Papa Francisco por el doctor  H.J.G.C., médico ginecólogo de guardia. Según surge del propio relato de la mujer cuando se encontraba cursando el cuarto mes de embarazo, concurrió a la guardia para ser asistida por una situación de emergencia que se encontraba atravesando (hemorragia, ataque de nervios y presión alta en 15), siendo atendida luego de una hora y media desde su ingreso. Luego el médico le dispensó malos tratos, realizándole tacto vaginal de “manera torpe, agresiva y deshumanizada”, por lo que la denunciante lloraba y gritaba de dolor, mientras que el médico interviniente le daba golpes con sus manos en las piernas, se reía y burlaba de ella. Ante esta situación, la denunciante le reclamó su destrato, por lo que el médico se enojó y la echó del consultorio llamando a personal de seguridad, sin esperar a que la paciente se vistiera, quedando expuesta ante los mismos.

La mujer, según contó en su denuncia, debió trasladarse por sus propios medios al hospital Público Infantil en donde finalmente fue atendida a las 05.00 de la mañana, lugar en el que le indujeron el parto, naciendo su hijo vivo para fallecer horas después. En la sentencia se insta a los directivos del hospital a promover las acciones administrativas internas tendientes a determinar la responsabilidad que le cabe al médico denunciado. Por otro lado se pide que el Ministerio de Salud Pública elabore un protocolo de atención y que el nosocomio informe a través de cartelería toda lo pertinente para prevenir este tipo de violencia.

El otro de los casos se dio en el hospital privado de Tres Cerritos, la mujer se presentó cursando la semana 39 de su embarazo para un control obstétrico con el médico F.B., su médico obstetra, quien le informo que tenía dos de dilatación y que su parto sería en el transcurso de esa semana. Luego le realizó, sin consentimiento informado, tacto ginecológico que le produjo un desprendimiento de membrana, el médico le solicitó que controle sus contracciones y que cualquier cosa vuelva a la clínica. Según contó la mujer, vive algunos kilómetros en las afueras de la cuidad y tuvo que ir y volver de urgencia pues las contracciones iban en aumento. Ya en la clínica privada la mujer informó que estaba incómoda para pujar, que deseaba otra posición, se lo manifestó al enfermero. La mujer denunció que se sintió agraviada moralmente, angustiada y vulnerable, que su esposo no pudo acompañarla en el momento del parto por estar buscando médicos para que pudiera ser atendida. Que su hija estuvo expuesta en condiciones de insalubridad, y que a pesar de tener obra social, tuvo el parto sola.

En un fallo inédito en el país, la jueza de violencia familiar y de género de Primera Nominación, Noemí Valdez, ordenó que las autoridades del sanatorio privado adopten medidas urgentes de protección contra la violencia obstétrica.

Un observatorio local

Macarena Villena es médica de familia e integrante del Observatorio de violencia obstétrica. Según comentó a este semanario, su tarea es reflejo de su militancia y de entender como profesional médica la importancia del pleno conocimiento de las pacientes de sus derechos, y por otro, el trato conservador que se vive en el día a día en los hospitales públicos y privados locales.

“Como profesional no puedo hacer la vista gorda a la situaciones por las que siguen atravesando las mujeres. En referencia al trato conservador, todavía tiene vigencia un modelo médico hegemónico, donde es el médico el que posee el saber y es el que ordena, mientras él o la paciente se encuentran en un estado interpasivo, que sólo acata y acepta las ordenes”, describió y señaló que desde el Observatorio se encuentran realizando algunas actividades como difusión de los derechos para que las mujeres se encuentren informadas.

*La mayéutica (del griego μαιευτικóς, maieutikós, «perito en partos»; μαιευτικη, maieutiké, «técnica de asistir en los partos».