El 30 de septiembre próximo será el debut de la nueva Ley de Alquileres, aprobada hace menos de 24 horas por 41 votos afirmativos de senadores nacionales, cuando concluya la operatividad del Decreto 320 del Ejecutivo nacional. El proyecto sancionado en la Cámara alta modifica el Código Civil y Comercial de la Nación, y extiende el plazo mínimo de los contratos de alquiler de dos a tres años.
Otro cambio en el escenario, es que estipula una actualización anual del precio de todos los contratos (independientemente de su valor), sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación (IPC) y de los salarios (RIPTE).
De reglamentarse tal como salió de Senadores, el depósito de entrada que pagan los inquilinos al comienzo del contrato no podrá ser de un monto mayor al valor del primer mes de alquiler. En cuanto a las garantías, amplía la gama de opciones a presentar al locatario, por lo que además de los inmuebles y recibos de sueldo, se aceptarán certificación de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.
En tanto, los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino. Por otro lado, los inquilinos tendrán la posibilidad de suspender el contrato y dejar la propiedad sin pagar indemnización, por medio de un aviso enviado con tres meses de antelación.
Finalmente, la iniciativa estableció como obligatoria la inscripción en AFIP de todos los contratos, con la finalidad de evitar la evasión impositiva, al igual que abusos producidos por fuera de esta formalidad. La sanción en la Cámara Alta se produjo con la ausencia de los representantes de Juntos por el Cambio y en el debate se estimó que beneficiará a cerca de 9 millones de inquilinos de todo el país.
La entrada en vigencia, a partir del último día de septiembre se producirá al expirar el plazo del DNU 320, el cual dispuso la prórroga de contratos, el congelamiento de cuotas de renta y prohibición de los desalojos, en vistas de la cuarentena por la pandemia de coronavirus.