El intendente de la localidad norteña vetó la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante para incluir a personas trans en la administración pública. Lo hizo por considerarla lesiva del «principio de idoneidad».
Los ediles oranenses habían conseguido lo que no pudieron sus colegas capitalinos: aprobar una ley de inclusión laboral para personas trans en el municipio. Sin embargo, el derecho conquistado quedó en la nada tras la reciente publicación de la resolución 13.935/18 firmada por el intendente Marcelo Lara Gros.
La ordenanza 136/2018 establecía que la Municipalidad debía «incorporar a la planta de trabajadores a personas travestis, transexuales y transgéneros. Entendiéndose por personas trans y travestis a todas aquellas personas con identidad de género que difiere de la asignación sexo-genérico que se realizó sobre ellas al nacer».
Tras la aprobación de la ordenanza hace algunas semanas, en la jornada de hoy se especulaba con la posibilidad de que el jefe comunal de la localidad norteña dejara sin efecto la norma. Finalmente los rumores se confirmaron.
En los argumentos de la resolución, se remarca que: «la redacción tiene un contenido altamente descalificante» ya que «no determina en qué lugar de la Ordenanza 61/84 será incorporado el nuevo artículo».
Por otro lado, el escrito resalta artículos de la Constitución provincial y del Estatuto del Empleado Público Municipal. De la primera rescata que «todos los habitantes de la provincia son admisibles en los empleos públicos sin otra condición que la idoneidad»; principio que, según el intendente, se ve lesionado «gravemente». Del Estatuto del empleado Municipal, en cambio, rescata los designios del artículo 17.