Una auditoría realizada concluye que el instituto de salud de la provincia posee “cuestiones financieras de alto riesgo”, además que no cumple con las prestaciones médicas específicas que los afiliados solicitan. (Andrea Sz)
El periodo auditado fue el 2012, año en que el IPSS seguía en estado de intervención a cargo del ahora presidente de la institución y ex ministro de salud, Gabriel Chagra Dib. El doctor fue interventor en dos periodos no consecutivos: en el 2010 y en el 2011 cuando los reclamos por la falta de transparencia en la administración de la obra social eran constantes y se hablaba de un déficit de más de 11 millones. Aunque la Auditoría, publicada el 18 de este mes, señala que el IPSS no proporcionó un Informe Financiero como tampoco otra información que permita evaluar la Gestión Financiera. El informe señala que en 11 puntos el IPSS posee debilidades de los controles administrativos, que involucran cuestiones financieras de alto riesgo. En ese análisis se concluye que las cifras expuestas en planillas confeccionadas por el IPSS y los acreditados en los resúmenes bancarios, no son coincidentes, sin poder precisarse la cuenta en la que se registraron tales diferencias ni las razones de las mismas. Por ejemplo “la cuenta Ingresos Pendientes de Clasificar-Sueldos presenta un saldo acreedor de $16.145.247, demostrando que existen cobranzas no registradas por ese monto”.
Lo mismo ocurre cuando se analiza las Cobranzas percibidas durante el ejercicio 2012 “de acuerdo con el Módulo Ventas-Archivo Cobranzas Realizadas, del Sistema Tango, se pudo constatar que ascienden a $568.979.299,15. Efectuada la compulsa con los ingresos mensuales registrados en los resúmenes de cuenta bancarias, que totalizan la suma de $ 601.472.638,61, se determinó una diferencia de $ 32.493.339,46 que muestra una debilidad del control interno de las registraciones en el Sistema de Gestión”, señala el informe.
Otras riesgosas observaciones surgen al analizar la principal fuente de ingresos del IPSS: los fondos que por Aportes y Contribuciones del Sector Público Activo, reciben por transferencias bancarias desde la Tesorería General de la Provincia, de acuerdo al cronograma de pagos establecido por la Secretaría de Finanzas de la Provincia. Los auditores concluyeron que “entre los ingresos del Ejercicio 2012, informados por el IPSS de $ 437.511.748,85 y los de la Tesorería General de la Provincia de $ 427.437.690,78, surge una diferencia acumulada al 31/12/2012, de $ 10.074.058,07”.
Otra de las fuentes de ingresos del IPSS, la constituyen las Afiliaciones Individuales y las cuotas mensuales abonadas por estos afiliados, la auditoría en cuestión señala como observación que “El cierre de estas cuentas de ingresos no se realiza en forma sistemática mediante la utilización del Sistema Tango, lo que tiene como consecuencia el saldo acreedor de ambas al cierre del ejercicio 2012: para la primera un saldo de $ 21.187.276,05 y para la segunda de $ 411.040,77”.
Con respecto al Copago (monto que por no estar cubierto por la obra social, debe ser abonado por el afiliado), los auditores señalaron en este punto que “El IPSS no registra en forma oportuna contablemente los créditos que surgen por los Copagos abonados por el afiliado directamente a las instituciones sanatoriales, alterando así el monto y la exposición de las cuentas a cobrar, debido a la presentación extemporánea de las facturaciones para sus respectivas liquidaciones”.
Finalmente, y en relación a los convenios con algunos prestadores entre los que se encuentran el Circulo Médico de Salta, Asociación Odontológica Salteña, Federación Médico Gremial del Interior de la Provincia de Salta (FE.ME.IN.SA), Asociación de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de Salta y la Asociación Bioquímica de Salta, se señala que el IPSS a través de un instrumento financiero creado por el instituto, denominado “Techo Financiero”, se constató que “no traslada los saldos a favor del prestador de manera uniforme, a los períodos sub siguientes y no expone con la debida claridad dichos saldos en cada liquidación y la aplicación del Techo Financiero no se aplica en forma homogénea al momento de determinar los valores adeudados a los prestadores a fin de evitar un tratamiento diferencial de los mismos”.